En Nuevo León, la Fiscalía General del Estado dio a conocer la detención de un hombre de 24 años, quien fue acusado por difundir imágenes y videos íntimos de su ex pareja sentimental, con quien sostuvo una relación hace un par de años.
Un juez de control de la entidad fue quien concedió la orden de aprehensión en contra de Diego "N", quien dijo desempeñarse como influencer y modelo fitness. Las imputaciones que pesan sobre él son violación a la intimidad personal y chantaje. Es relevante puntualizar que el varón fue detenido en Cancún, Quintana Roo, y remitido al Centro de Reinserción Social de Apodaca, en Nuevo León.
De acuerdo con la querella, el material de la mujer fue publicado en redes sociales y después se viralizó entre los días 19 y 20 de mayo. Los abogados de la mujer denunciante usaron dicho contenido como evidencia, así como las amenazas con las que Diego "N" la habría extorsionado para no publicarlas.
Mientras se desarrollaba la comparecencia, el acusado solicitó tiempo al juez con el fin de presentar pruebas a su favor, antes de que se determine su situación jurídica, por lo que será este viernes cuando se determine si se vincula a proceso al imputado.
La determinación de las autoridades tendrá relación con la Ley Olimpia, la cual se aprobó en la entidad en octubre de 2019 y establece de cuatro a ocho años de prisión para quien divulgue contenido sexual de una persona sin su consentimiento. Por otra parte, las multas económicas pueden ir de 800 a 2,000 cuotas.
Otro de los puntos de esta medida es que las autoridades judiciales deberán solicitar a las páginas de internet retirar el contenido sexual de la persona que haya sido divulgado sin su consentimiento.
Cabe mencionar que la Ley Olimpia no se refiere a una legislación en específico, sino a un conjunto de reformas legislativas, cuyo objetivo es el de reconocer la violencia digital, así como sancionar los delitos que violen la intimidad de sexual de las personas a través de medios virtuales.
Las conductas que atentan en contra de este tipo de intimidad y son parte de un delito son grabar audio o video, fotografiar o elaborar cualquier tipo de contenido real o simulado sexual íntimo de una persona sin su consentimiento.
Asimismo, la exposición, distribución, difusión, exhibición, reproducción, transmisión, comercialización e intercambio de imágenes, audios o videos de contenido sexual íntimo a sabiendas de que no existe el consentimiento mediante materiales impresos, correo electrónico, mensajes, redes sociales o cualquier otro medio.
Otro caso favorable para la víctima sucedió en febrero de este año, en el distrito de Putla, Oaxaca, donde un hombre fue detenido y presentado ante las autoridades por compartir imágenes íntimas de una joven. Este fue el primer proceso en la entidad de esta naturaleza desde que se aprobó la Ley Olimpia contra la violencia sexual digital en ese estado.
Según el periódico El Universal, el varón presionó a la mujer para que aceptara tener relaciones sexuales a cambio de no difundir las fotografías que él tenía en su poder. El presunto responsable fue acusado por la Fiscalía General del Estado de Oaxaca del delito de violación a la intimidad sexual.
El probable responsable fue aprehendido por Agentes Estatales de Investigación, adscritos a la Fiscalía, y fue presentado ante la autoridad ministerial. Rubén Vasconcelos Méndez, fiscal general, destacó el hecho de que se trató del primer caso en Oaxaca judicializado por este crimen.
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