Desde junio, Mercado Libre aplicará el IVA y el ISR a personas físicas que vendan productos nuevos

La retención comenzará el 1 de junio, basándose en las reformas aprobadas por el Senado durante el 2019

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Los impuestos aplicarán a todas
Los impuestos aplicarán a todas las ventas de productos nuevos, realizadas por personas físicas, en Mercado Libre (Foto: Facebook @MercadoLibre)

Mercado Libre, empresa dedicada a compras y ventas por Internet, anunció que a partir del 1 de junio aplicará a sus transacciones la retención del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Impuesto Sobre la Renta (ISR) en México.

La plataforma de ventas señaló esta semana a través de un comunicado que la aplicación de los nuevos impuestos en México se debe a las reformas de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y la Ley del Impuesto al Valor Agregado, aprobadas por el Senado en el 2019.

Los impuestos aplicarán a todas las ventas de productos nuevos, realizadas por personas físicas, en Mercado Libre. Empresas como Netflix, Prime Video, Claro Video, Apple TV, HBO GO, YouTube Premium, Spotify, PlayStation, Xbox, Amazon, Mercado Libre, Uber, y Didi, entre otras, también se verán afectadas y tendrán que aplicar los impuestos que ya cobran los comercios físicos.

El comunicado detalló que para los usuarios con Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de persona física aplicará el 8% de IVA. Aquellos que no cuenten con esta información registrada en la plataforma será de 16 por ciento: las ventas diarias y la condición fiscal declarada de los usuarios se verán afectadas.

Porcentajes de retención por venta
Porcentajes de retención por venta (Foto: vendedores.mercadolibre.com.mx)

El porcentaje de retención del ISR para personas físicas comienza siendo de 0.4% hasta el monto acumulado durante el día de $49.34 pesos, y llega al 5.4% cuando son más de $3,289.47. El porcentaje será de 20% para los usuarios que no registren su condición fiscal.

Sin embargo, para la aplicación de Mercado Pago no aplicarán las nuevas retenciones porque sus operaciones son independientes de las ventas de Mercado Libre.

Para ver el cobro de retención, el comunicado explicó que “podrás ver los montos en tu vista general de facturación dentro del detalle de las facturas posteriores al 1 de junio. Ahí deberás ingresar a Cargos y después a Impuestos”, recordando que la retención se descontará directamente de cada una de las ventas. Los montos retenidos se podrán consultar en la sección de Facturación.

Para tomar la retención como saldo a favor del Servicio de Administración Tributaria (SAT) se podrá presentar un certificado que indica que las retenciones sí fueron aplicadas sobre las ventas. El certificado, emitido por Mercado Libre, se podrá incluir en las declaraciones de IVA e ISR para tomarlo como saldo a favor o para pedirlo en devolución. El certificado se puede descargar al final del mes en la sección de Facturación e Impuestos percibidos.

Montos acumulados durante el día
Montos acumulados durante el día (Foto: vendedores.mercadolibre.com.mx)

La plataforma pidió a sus usuarios actualizar sus datos fiscales para que se puedan aplicar las retenciones correspondientes.

A principios de este mes la empresa de contenido de streaming Netflix hizo llegar a sus suscriptores un anuncio donde informó el aumento de 16% por concepto de IVA en su mensualidad a partir del próximo 1 de junio.

Horas más tarde, usuarios de PlayStation fueron notificados de este incremento en su tienda y en los servicios que provee la empresa.

A principios de este mes
A principios de este mes Netflix hizo llegar a sus suscriptores un anuncio donde informó el aumento de 16% por concepto de IVA en su mensualidad (Foto: Dado Ruvic/ Reuters)

Desde septiembre de 2019, el Congreso aprobó una reforma a la Ley de Impuesto al Valor Agregado (IVA) debido a que existe un bajo cumplimiento fiscal en relación a los servicios digitales que no residen en el país, es decir, no enteran el impuesto como lo hacen los proveedores mexicanos.

Dicha reforma fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y ahora tiene un capítulo llamado “De la prestación de servicios digitales por residentes en el extranjero sin establecimiento en México”.

A través del artículo 18-B, señala que los servicios digitales que deberán recaudar IVA serán aquellos que proveen “la descarga o acceso a imágenes, películas, texto, información, video, audio, música, juegos; incluyendo los juegos de azar”.

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