Ante una coyuntura totalmente desconocida en relación a cómo adecuar las políticas públicas en materia funeraria, el país entero se enfrenta ante una nueva problemática, especialmente cuando se trata del manejo general y masivo de cadáveres de frente a la pandemia por coronavirus.
El pasado miércoles 23 de abril, la Secretaría de Salud (Ssa) publicó la más reciente versión de los lineamientos de manejo general y masivo de cuerpos. A través de este extenso documento, las autoridades de salud, esbozan un panorama de frente a la entrada del país a la Fase 3 del coronavirus, en la que la consideración y disposición de espacios, así como de servicios funerarios suficientes forman parte de la preparación para un incremento súbito de muertes.
Sin embargo, Mexicanos contra la Corrupción y la Impunidad (MCCI) publicó recientemente una investigación que lidera el periodista Raúl Olmos. Esta señala que en los estados sí existen lineamientos, aunque las disposiciones son diversas, es decir, desde el estado que limita a tres horas el tiempo de velación, al que pide que el cuerpo sea cremado a las cinco horas de haber sido entregado.
Igualmente, MCCI, señala que las disparidades incluyen que en algunos estados sí se pueda abrir el ataúd, mientras que en otras no. En contraste, el documento que contiene los lineamientos recién editados y adecuados por la Ssa sobre lo relacionado a la disposición de cuerpos, es muy claro en ese sentido, pues recomienda que los familiares y seres queridos del fallecido al momento de recibir el cuerpo, sólo sean dos y que, durante dicha acción, éstos se abstengan de tocar o besar el cuerpo debido a que éste puede emitir sustancias que promuevan el contagio de la enfermedad que los llevó al lecho de muerte.
Respecto del tiempo de velación que comparte MCCI en relación a las disparidades de tiempos contemplados en los diferentes estados, éstos no están muy lejos de las consideraciones que hace el Estado en materia de salud en ese sentido, pues de nuevo los lineamientos señalan como tiempo considerable el de menor a cuatro horas, así como el hecho de que en caso de realizarse la velación, ésta tampoco debe contar con más de 20 personas, además de mantener el ataúd cerrado y de garantizar las medidas higiénico-sanitarias, así como de sana distancia en la sala o espacio en el que se lleve a cabo la ceremonia.
Por otro lado, Raúl Olmos comparte a través de su investigación que en algunos estados están prohibidas las necropsias, mientras en otros se dejan a criterio. Haciendo retrospectiva de nueva cuenta con el documento oficial, en materia de necropsias, los nuevos lineamientos del 23 de abril de 2020, señalan que para los cadáveres con sospecha o confirmación por el virus SARS-CoV-2, se podrá solicitar la dispensa de la necropsia, ello de acuerdo a lo establecido en el Artículo 271 del Código Nacional de Procedimientos Penales. La manipulación y alistamiento del cadáver será realizado en el mismo sitio del deceso, y para ello, el personal del equipo forense o de la funeraria, deberá contar con los elementos de protección personal definidos y seguir los procedimientos de bioseguridad establecidos en este documento.
Los señalamientos hechos por MCCI, sin duda son acertados y apuntan a un México sin políticas públicas aplicables en el manejo masivo de cadáveres, al menos en el corto plazo y en medio de un contexto lúgubre como lo es el de la COVID-19, aunque ello también signifique que por la novedad de la problemática en el país y la continua adecuación de los procesos en los distintos niveles en los que se divide el país entre sus diversas instituciones, los lineamientos del manejo masivo de cuerpos requieran una mejor difusión, adopción, implementación y seguimiento por parte de las diferentes autoridades sanitarias responsables de ello.
Con base en lo anterior, cabe señalar que Olmos apunta que sólo la mitad de los estados del país han definido las estrategias a seguir en el manejo de los cuerpos de personas fallecidas por coronavirus. En contraste con los estados que hasta la fecha no han formalizado sus estrategias por escrito, siguiendo la pasada guía del 5 de abril de la Ssa, cuando la más reciente es la del 23 del mismo mes.
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