Oliva López Arellano, secretaria de Salud de la Ciudad de México, confirmó a finales de marzo que el protocolo de manejo de cadáveres para las personas afectadas por el coronavirus se comenzó a impartir a manera de capacitación a funerarias por parte de la Agencia de Protección Sanitaria de la CDMX. Dentro de este personal se consideró tanto al sector público como al privado.
Sin embargo, fue a partir de la actualización de la Guía de Manejo de Cadáveres por COVID-19 el pasado 5 de abril que el Gobierno de México a través de la Secretaría de Salud, estipula una serie de procesos a llevar, que toman en cuentan diferentes entornos que rodean a las víctimas mortales por coronavirus, entre los que se contemplan: la separación abrupta de ser querido, procesos de duelo, procesos de comunicación, así como de recepción y entrega de cuerpos en seguimiento a las instrucciones y protocolos funerarios y de sana distancia correspondientes.
A pesar de que no existe evidencia actual que dicte que exista riesgo de infección a partir de cadáveres de personas fallecidas, las medidas preventivas en materia sanitaria se han tomado, a fin de no exponer tanto a familiares de las víctimas por la COVID-19, como a las autoridades sanitarias y servicios funerarios encargados de gestionarlos.
El respeto a la decisión de los familiares de ver el cuerpo
Un cadáver afectado por coronavirus, además de la sensibilidad al identificar las condiciones por las que están pasando sus familiares, implica varios procesos, entre los que se encuentran compromisos económicos, laborales y de organización familiar. En tanto que por parte del Estado y de lo servicios públicos y/o privados de salud, requieren respetar la decisión de los familiares de ver el cuerpo si así lo solicitan después de su extracción de la sala de aislamiento o del área de urgencias.
Sin embargo, puede considerarse que estos cuerpos podrían suponer un riesgo de infección para las personas que entren en contacto directo con ellos, razón suficiente para que sean manejados conforme a lo establecido en el Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos, Cadáveres de Seres Humanos y las Normas Oficiales Mexicanas relacionadas, sin dejar de lado la dignidad humana en el tratamiento de los cuerpos y la relación con los familiares del fallecido.
De las obligaciones de los familiares del fallecido
Es importante que a las familias afectadas se les explique en lo términos más sencillos y respetuosos la importancia de reservarse la necesidad de tocar o besar al cuerpo, ello bajo los mecanismos de transmisión de la enfermedad (por contacto y gotas).
La familia también ha de contar con un plan de disposición del cuerpo y con los servicios funerarios contratados al momento en que, personal capacitado de la institución de salud les haga entrega del cadáver.
Sobre el tratamiento del cadáver en la unidad de salud
En cuanto a las unidades de salud, éstas han de verificar la capacidad y funcionamiento de su morgue, reporte que habrán de entregar a las autoridades correspondientes.
Los cuidados y medidas que el personal en contacto con el cadáver debe mantener a lo largo de todo el proceso, es decir, desde el momento de su muerte, hasta la disposición final del cadáver se basan en:
- Los principios de precaución y dignidad humana que se deben cumplir siempre en todo momento de la manipulación del cadáver
- Cumplir las normas de bioseguridad y el uso del equipo de protección personal por parte de los que interviene en el manejo, traslado y disposición final de los cadáveres confirmados o sospechosos de COVID-19
- Realizar lavado de manos con agua y jabón después de la manipulación de los cuerpos. No se recomienda higiene de manos con alcohol-gel
- Uso de equipo de protección personal:
- Uso de Equipo de Protección Personal (EPP) según el procedimiento a realizar (tabla 1)
- Evitar tocar ojos, nariz y boca
- Prohibida la ingestión de alimentos o agua en el área de manejo de cadáveres
En relación al traslado del cuerpo
- El cadáver debe ser transferido lo antes posible a la morgue de la unidad después del fallecimiento siguiendo las recomendaciones de bioseguridad de acuerdo con el procedimiento que realicen (tabla 1).
- El personal de salud deberá utilizar precauciones de contacto y gotas (lavado de manos con agua y jabón, uso de guantes, mascarilla quirúrgica, bata impermeable con manga larga y protección ocular) para retirar todos los dispositivos que tenga el paciente con el fin de disminuir riesgos de contaminación por derrame de secreciones
- Antes de realizar el traslado del cadáver a la morgue de la unidad, puede permitirse el acceso de los familiares y amigos, restringiéndolo a los más próximos y cercanos, quienes deberán de utilizar precauciones de contacto y gotas; se les dará la recomendación de no establecer contacto físico con el cadáver, ni con las superficies de su entorno que pudieran estar contaminados
- El cadáver debe introducirse en una bolsa de traslado biodegradable, que reúna las características técnicas sanitarias de resistencia a la presión de los gases en su interior e impermeabilidad. La introducción en la bolsa se debe realizar dentro de la propia habitación. Una vez que el cadáver esté adecuadamente empacado en la bolsa, se recomienda la desinfección externa de la bolsa
- Se debe realizar la clara identificación del cuerpo de acuerdo con los lineamientos de las Instituciones, notificando al camillero para su transporte al mortuorio
- La camilla de traslado se deberá desinfectar con soluciones con hipoclorito 0.1% (1000 ppm) posterior a dejar el cuerpo en la morgue, de acuerdo con los lineamientos de manejo de RPBI (NOM-087-ECOL-SSA1-2002), limpieza y desinfección
- En el área hospitalaria donde ocurrió el deceso, el personal del aseo debe realizar la limpieza y desinfección de toda la zona y elementos (cama, equipos de la cabecera, colchonetas, puertas, cerraduras, etc.) siguiendo la técnica del triple balde conforme a los lineamientos de prevención y control de infecciones
Sobre el estudio post mortem
Se podrá llevar a cabo solo si se puede garantizar que se realiza en un ambiente seguro, cumpliendo con las recomendaciones de bioseguridad y uso adecuado del equipo de protección personal (Tabla 1).
Se deberá de tener una habitación adecuadamente ventilada para el procedimiento y dirección controlada del flujo de aire. El Equipo de Protección Personal (EPP) se deberá colocar en la antesala (antes de entrar en la sala de autopsias) y retirar en la habitación de vestir designado. También queda fuera del marco de protección las salpicaduras al extirpar, manipular o lavar órganos, especialmente el tejido pulmonar y los intestinos. Si se abren los intestinos, deberá hacerse bajo el agua y el cadáver deberá de colocarse en una nueva bolsa al finalizar el procedimiento, siguiendo todas las precauciones referidas con anterioridad.
Al finalizar la autopsia
Se deben limpiar y desinfectar las superficies que se han contaminado con tejidos o líquidos y secreciones corporales.
La atención en la morgue
- Las áreas de acopio de cadáveres deberán estar bien iluminadas y con climatización
- Todas las superficies en contacto con los cuerpos deberán ser descontaminadas una vez se han retirado los cuerpos
- El acceso a esta área debe ser limitado a sólo personal autorizado para la recepción y entrega de los cuerpos
- El equipo de protección personal de las personas responsables de traslado y entrega del cuerpo deberá ser eliminado bajo etiqueta de RPBI (NOM-087-ECOL-SSA1-2002)
- Se deberá realizar el control de la entrega de cuerpos en función de lo establecido por los lineamientos de cada Institución
- En caso de que los familiares no acudan a reclamar el cuerpo se deberá dar aviso inmediato a trabajo social para tratar de localizarlos y en caso de no encontrarlos, se dará aviso al la autoridad correspondiente a fin de que se proceda conforme a derecho
Sobre el ataúd y el destino final
Se usa una bolsa para el traslado del cadáver y ésta puede introducirse en el ataúd siempre y cuando éste se desinfecte de manera externa, todo ello a fin de facilitar su manipulación y evitar cualquier tipo de riesgo.
Forma parte de los derechos del personal de traslado del cadáver el estar informados previamente sobre ello, además de contar con un procedimiento a seguir en caso de que ocurriera algún incidente.
La guía de manejo de cadáveres por COVID-19 señala que la disposición del cadáver debe darse lo más pronto posible, de manera preferente por cremación, sin embargo, no es una obligación el hacerlo y se puede optar por el entierro en las condiciones habituales. En tanto que en el caso de las cenizas, éstas pueden manipularse sin que supongan ningún riesgo.
Atención funeraria y atención en casa
Por parte del personal de la funeraria y de sus directivos han de seguir las recomendaciones de la Jornada de Sana Distancia. Tampoco pueden realizar embalsamamiento en caso de no contar con equipo de protección personal y capacitación sobre su uso adecuado.
En relación a la familia, cada uno de los integrantes podrá recibir el pésame por parte de los familiares y conocidos en su casa, siempre y cuando no estén contagiados de coronavirus o tengan sospechas de estarlo. Ello no debe de implicar la gran concentración de personas en áreas pequeñas, además de asegurar la adecuada ventilación del área de recepción y se tomen en cuenta los lineamientos de la Jornada de Sana Distancia.
En caso de que se vele al cuerpo, no se aconseja que éste permanezca en el sitio más de 4 horas y, que mientras lo esté, el ataúd permanezca cerrado y con menos de 20 personas, siempre y cuando se pueda asegurar la sana distancia.
Para los casos de muerte en casa o durante traslado al centro de salud
A quienes se le haya muerto un familiar en casa a razón de la COVD-19 o que tengan sospecha de tenerla; para quienes no hayan recibido atención médica e incluso se tenga conocimiento sobre la existencia de enfermedad precedente compatible con infección respiratoria no determinada, se deberán coordinar con las autoridades forenses para que les asignen el equipo correspondiente para desplazarse al domicilio, garantizando a través de autopsia verbal la documentación de las circunstancias que rodearon el deceso, establecer las posibles causas de muerte, así como la respectiva toma de muestras que sean procedentes y la remisión inmediata al Laboratorio de Vigilancia Epidemiológica correspondiente.
El alistamiento del cadáver será realizado en el mismo sitio del deceso, y para ello, el personal de salud de equipo forense para la manipulación del cadáver deberá contar con los elementos de protección personal definidos y seguir los procedimientos de bioseguridad establecidos en este documento.
Para casos de repatriación de cadáveres por COVID-19
Se aplicarán las disposiciones nacionales e internacionales para el manejo y transporte de cadáveres, y en caso de decidir la repatriación se deberán realizar los tramites a través de las embajadas o consulados mexicanos pertinentes por los familiares.
En este sentido, los consulados de México en el extranjero tienen la encomienda de apoyar a todos los mexicanos con problemas independientemente si están con documentos o sin ellos.
Una vez que los familiares de un fallecido en el exterior deseen que sus restos mortuorios sean trasladados a México para su disposición final, se deberán realizar los pasos y trámites que las autoridades mexicanas y locales determinen.
Se sugiere tener disponible la información relacionada con datos personales de la persona fallecida, así como el sitio donde se encuentra el cuerpo y a dónde se desea trasladar, debiendo contactar al Departamento de Protección del Consulado de México más cercano.
Puede recibir orientación y ayuda es la Dirección de Protección a Mexicanos en el Exterior, específicamente en la Dirección de Protección para Estados Unidos, Teléfono: +52 (55) 3686 5100, extensión 5880 http://www.sre.gob.mx/acerca/directorio/oficinas/dgpac.htm
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