La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) presentó el simulador de presentación de declaración anual de personas físicas para el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
La finalidad de esta plataforma es familiarizar al contribuyente con los formatos y protocolos a seguir para realizar la declaración anual. Y es de vital importancia, puesto que la fecha límite para presentar la declaración anual de impuestos es el 30 de abril.
Muchas personas que están sujetas a esta declaración desconocen el proceso para realizarla, incluso también ignoran que están obligados fiscalmente a cumplirlas.
¿Qué es una persona física?
En materia fiscal existen dos tipos de personas: físicas y morales. Cada una de éstas se rigen bajo términos y condiciones distintas de acuerdo a su constitución y sus obligaciones con el Estado.
En la página del SAT se especifica que las personas físicas son “el individuo miembro de una comunidad, con derechos y obligaciones, determinados por un ordenamiento jurídico”. Mientras que la persona moral es “el conjunto de personas físicas, que se unen para la realización de un fin colectivo, son entes creados por el derecho, no tienen una realidad material o corporal (no se pueden tocar como tal como en el caso de una persona física), sin embargo la ley les otorga capacidad jurídica para tener derechos y obligaciones”.
Esto quiere decir que la persona física es un individuo que presta su mano de obra, brinda un servicio o realiza actividades comerciales a cambio de un salario pactado con un patrón mediante la celebración de un contrato.
Entonces, ante la duda de el tipo de persona física, se puede reducir a que si estás contratado en una empresa, eres persona física.
¿Estoy obligado a realizar mi declaración?
Una vez despejada esta duda, se tiene que saber si te corresponde presentar la declaración. Resolver esta inquietud resultará pertinente a la mayoría de los trabajadores, pues, muchas veces la responsabilidad de realizar la declaración corre por cuenta del patrón; sin embargo, existen ciertas circunstancias en las que no es así.
En México, presentarán su declaración anual de impuestos todas las personas físicas que cumplan con las siguientes siete características:
1.- Si obtuviste ingresos mayores a 400 mil pesos en el año.
2.- Si trabajaste para dos o más patrones en el mismo año, aún cuando no hayas rebasado los 400 mil pesos
3.- Si solicitaste por escrito a tu patrón que no presente tu Declaración Anual.
4.- Si dejaste de prestar tus servicios antes del 31 de diciembre del año de que se trate.
5.- Si prestaste servicios por salarios a personas que no efectúan retención como embajadas u organismos internacionales.
6.- Si obtuviste otros ingresos acumulables (honorarios, arrendamiento, actividades empresariales, entre otros) además de salarios.
7.- Si percibiste ingresos por concepto de jubilación, pensión, liquidación o algún tipo de indemnización laboral.
El fundamento legal para cumplir con las obligaciones fiscales se estipula en la Ley del Impuesto Sobre la Renta, el Código Fiscal de la Federación y el Reglamento del Código Fiscal de la Federación; asimismo, se explican las multas a las que te puedes hacer acreedor en caso de incumplirlas.
El trámite es fácil y rápido, en las oficinas del SAT hay personal capacitado para atender a todos los contribuyentes que acudan para aclarar sus dudas; sin embargo, a partir del mes de abril, muchas personas se quejan que la demanda es demasiada y se puede volver lento el servicio.
Por este motivo, el SAT instauró el simulador de presentación de declaración anual de personas físicas, una plataforma en la que podrás conocer tus ingresos, gastos y retenciones que fueron precargadas en el sistema tributario del Estado para calcular el Impuesto Sobre la Renta (ISR) que te corresponde pagar.
Ante cualquier queja puedes consultar a la Prodecon, la dependencia encargada de defender los derechos de los contribuyentes.
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