El asesinato de Ingrid Escamilla desató críticas por, además del atroz crimen, la manera en la que fue manejada la información que surgió posterior a su muerte. Medios de comunicación y usuarios redes sociales divulgaron imágenes de sus restos y del sitio en el que fue atacada. Además, publicaron una declaración confesa de su presunto agresor.
Las fotografías no sólo revectimizaron a la joven, sino que pusieron en riesgo la investigación sobre su feminicidio, dijo el colectivo de expertas en materia jurídica, Abogadas con glitter. Las “filtraciones” podrían provocar que el acusado quede en libertad o reciba una pena menor, ya que son pruebas de una carpeta de investigación abierta "lo cual representaría una grave violación al acceso a la justicia para Ingrid Escamilla y su familia. Al darlas a conocer al público, pueden considerarse viciadas e inválidas.
“En otros casos, ha ocurrido que al divulgar esta información se desvirtúan como elementos probatorios, y estas inconsistencias pueden violar el debido proceso y tirar una vinculación a proceso, aunque el señalado sea confeso”, explicó el colectivo a Infobae México.
El peso de la difusión de las imágenes y datos, radica en que muestra un mal manejo de información, filtración y difamación, además de no observancia en los protocolos para la recolección y manejo de pruebas, recalcaron las expertas. Si esta evidencia que fue mal recolectada quedare no admisible y no hubieran más elementos para comprobar la culpabilidad del acusado, se podría derivar en un caso de impunidad.
Pero no sólo las imágenes pueden interferir en el proceso. También el domicilio, religión, sexo, preferencias sexuales, estado civil, ocupación, de salud, presencia o no de adicciones, al ser datos confidenciales y difundirse sin autorización se constituye un elemento violatorio al debido proceso legal.
“Las Leyes de Transparencia y Protección de Datos personales en México distinguen a los datos personales sensibles y de especial protección como todos aquellos que revelan origen racial y étnico, opiniones políticas, convicciones religiosas, filosóficas o morales, afiliación sindical e información referente a la salud o a la vida sexual”, precisó el colectivo.
También existen inconvenientes cuando se afirma que una persona es culpable de haber cometido un delito, ya que se viola el principio de presunción de inocencia. Este es una garantía del debido proceso que dicta que nadie puede ser acusado de un delito si no es mediante un juicio por un Tribunal. Es decir, cuando los medios de comunicación o usuarios de redes sociales afirman la culpabilidad de una persona en un delito es violatorio a sus derechos, aun si fue detenido en flagrancia o confesó.
La responsabilidad
Hay seis personas investigadas por posible responsabilidad en la difusión del video y las fotografías. Si se comprueba su culpabilidad, podrían ser sancionadas “ya que el uso indebido de las imágenes a las que tuvieron acceso en ejercicio de su empleo, cargo o comisión, genera la posibilidad de sancionarlos administrativamente en tanto que se trata de servidores públicos, con independencia de que resultan civil y penalmente responsables del inadecuado ejercicio de su labor”, explicó Abogadas con glitter.
Pero en los casos en que la filtración hubiera sido por parte de un reportero, también quedaría sujeto a responsabilidades de carácter penal y civil. “Máxime cuando de las propias imágenes se advierte que se encontraba dentro del área de resguardo de la escena del crimen y tendría que correr a su cargo justificar legalmente la causa por la cual no respetó el cerco policial o si en su caso, alguien le permitió indebidamente el acceso”, explicó el colectivo.
Además de las personas que directamente grabaron el material, también tienen responsabilidad los medios de comunicación y usuarios de redes sociales que compartieron el contenido. Además de interferir en procesos penales, atentaron contra la dignidad de Ingrid y su familia.
Para no incurrir en provocar inconvenientes en la investigación ni violaron los derechos de la víctima y su familia, se debe omitir publicar imágenes crudas, comentarios agresivos, sarcásticos, irónicos e infundados. Igualmente de la identidad del responsable y los detalles de la comisión de delito.
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