Las audiencias orales del caso de Abril Pérez en las que jueces decidieron tratar su caso como violencia familiar, en lugar de intento de feminicidio, no serán públicas, contrario a lo que dice la ley.
El medio digital Animal Político realizó una solicitud de transparencia al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México (TSJ) para acceder al audio y video del procedimiento judicial que dejó en libertad a Juan Carlos Pérez García, esposo de Abril, quien fue asesinada el pasado 25 de noviembre. Él es el principal sospechoso del feminicidio.
La información que se tiene sobre el caso se ha conocido por filtraciones. Ninguna de las audiencias se ha revelado de manera íntegra a pesar de tener interés público.
Aún así, la respuesta de la institución fue negativa. El organismo se respaldó en que el proceso no se encuentra totalmente concluido, por lo que la información es reservada y los expedientes judiciales pueden clasificarse.
Esta contestación deja ver la opacidad e incumplimento de leyes de transparencia del poder judicial, según expertos. “El caso de Abril muestra las injusticias se cometen a lo largo del proceso. ¿Cuántos casos más como el de Abril hay? Con el criterio del TSJ (que está respaldado por la ley), no sabremos hasta que ya sea muy tarde, hasta que las vulneraciones estén consumadas, prácticamente. Esto es un revés para la justicia que no veo cómo sustentar constitucionalmente”, dijo a al medio mexicano Estefanía Vela, directora de la organización Intersecta.
En el artículo 20 de la Constitución Política de México, se indica que uno de los principios del sistema penal acusatorio es la publicidad de los procesos. Mientras que en el artículo 17 se señala que las resoluciones de los casos deben ser dadas a conocer y explicadas en audiencias públicas.
De la misma manera, en el Código Nacional de Procedimientos Penales se reitera que estos procedimientos deben ser abiertos al público en general, a menos que se traten temas que ponen en riesgo la seguridad nacional, un secreto oficial, que afecte el interés de niñas o niños, entre otros, informó Animal Político.
Sin embargo, son pocas las instituciones que llevan a cabo estos preceptos. Según la organización Equis Justicia, ningún poder judicial de los 32 estados cumple con las obligaciones de transparencia ni siquiera en 50%. Además, en 18 entidades no sólo no se hacen públicas las sentencias, sino que no informan cuántas se emiten al año.
“Hay una falla institucional grave debido a que, en general, los poderes judiciales locales en México no conocen sus obligaciones en transparencia y acceso a la información, y quienes conocen sus obligaciones no tienen voluntad de cumplirlas”, dice un informe de la organización.
También 22 entidades consideran que ninguna sentencia es de interés público, en 16 estados los poderes no publican ninguna resolución. En el caso particular de la Ciudad de México, aunque la reforma a la ley de transparencia obliga a las instituciones a abrir versiones de las sentencias, no hay ni una sola transparentada en su página de internet.
“Es preocupante que los jueces, pese a contar con disposiciones en la Constitución que les obligan a darle publicidad a los procedimientos penales, están buscando en los hechos hacer todo lo posible por no hacerlo y por seguir en la opacidad. La justicia y la verdad es responsabilidad de todos, pero es muy duro ir contra corriente en la opacidad judicial y eso debe cambiar”, dijo a al portal Estefanía Medina, cofundadora del despacho de abogados TOJIL: Estrategia contra la impunidad.
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