El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) consideró inconstitucional la reforma que aprobó el Congreso de Baja California para extender de dos a cinco años el mandato del gobernador Jaime Bonilla, de acuerdo a la opinión constitucional que la máxima autoridad electoral emitió a solicitud de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y que está en poder de Infobae México.
El Decreto 351, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Baja California el diecisiete de octubre de dos mil diecinueve por el que se reforma el artículo Octavo Transitorio del Decreto 112 de la Constitución local, de once de septiembre de dos mil catorce, se aparta de la regularidad constitucional
El recurso SUP-OP-005/2019 fue aprobado por unanimidad y fue enviado el 31 de octubre pasado, como opinión jurídica, a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para resolver las acciones de inconstitucionalidad pendientes en el más alto Tribunal de justicia mexicano.
Hasta el 6 de noviembre pasado, la SCJN había recibido un total de siete acciones de inconstitucionalidad contra la reforma que busca ampliar de dos a cinco años la gubernatura de Jaime Bonilla en Baja California. Sólo desechó el recurso presentado por el Instituto Nacional Electoral (INE), por lo que quedan pendientes de analizar las seis acciones de inconstitucionalidad presentadas por los partidos Acción Nacional (PAN), Movimiento Ciudadano (MC), de la Revolución Democrática (PRD), Revolucionario Institucional (PRI) y el partido local de Baja California (PBC), así como la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
En la resolución, disponible en los estrados electrónicos, los magistrados electorales determinaron no pronunciarse sobre el procedimiento legislativo a través del cual los diputados locales reformaron el octavo transitorio de la Constitución política de Baja California, ni sobre el principio de retroactividad de las leyes, al considerar que dichos motivos de invalidez no son de carácter electoral y sólo corresponde a los ministros de la Corte determinar su constitucionalidad o no.
No son materia de opinión los motivos de invalidez relacionados con las violaciones al procedimiento legislativo, y a los principios constitucionales de retroactividad, división de poderes prohibición de leyes privativas y conclusión de los efectos del artículo Octavo Transitorio del Decreto 112, por no ser de naturaleza electoral
En 2014, el Congreso mexicano aprobó la reforma electoral que contempló ajustar los periodos de gobierno de algunas entidades federativas, para empatarlas con los comicios federales y así reducir los gastos correspondientes a la organización electoral. Conforme a estas modificaciones, el siguiente gobernador de Baja California entraría en funciones el 1 de noviembre de 2019 y concluiría el el 31 de octubre de 2021.
Inconforme, el empresario Jaime Bonilla, quien fue abanderado del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), acudió al tribunal electoral de Baja California y al federal para impugnar las reformas a la Constitución local, con la intención de extender de dos a cinco años el periodo de gobierno.
Incluso, el 29 de mayo -apenas unas horas antes de concluir el periodo de campañas proselitistas de los aspirantes a gobernar el estado de Baja California y la víspera del día de la votación programado para el 2 de junio- la Sala Superior del TEPJF resolvió confirmar que el periodo de gobierno sería de dos años.
El 8 de julio de 2019, los diputados del Congreso de Baja California aprobaron reformar el artículo transitorio de la Constitución local, para extender el mandato a cinco años y a partir de entonces, ciudadanos, empresarios, candidatos, partidos políticos y hasta la CNDH han impugnado la reforma y sus efectos.
Una consulta de los estrados electrónicos del TEPJF revela que la Sala Superior tiene un total de 20 juicios de protección de los derechos político electorales presentados (JDCs) pendientes de resolver, relacionados con la Gubernatura de Jaime Bonilla.
En gran parte de los recursos presentados ante los magistrados electorales, los actores o autores de la impugnación son los ex candidatos a la gubernatura Óscar Vega Marín del PAN y Jaime Martínez Veloz, del PRD. Todos los JDCs están en la ponencia de la magistrada Janine Otálora Malassis a quien corresponderá elaborar los proyectos de sentencia que sus pares deberán confirmar o, en su caso, rechazar durante una sesión pública.
De estos 20 recursos, 16 impugnan la toma de protesta de Jaime Bonilla ante el Congreso del Estado de Baja California, como gobernador del Estado para un periodo de cinco años, que inició el primero de noviembre del presente año y concluirá en el año dos mil veinticuatro; dos cuestionan el acto de aplicación del Decreto 351 por el que se reformó el artículo octavo transitorio de la Constitución de Baja California; y uno más refuta el bando solemne expedido para la toma de protesta del Gobernador Jaime Bonilla Valdez, ante el Congreso del mencionado estado, por periodo de mandato del 1° de noviembre de 2019 al 31 de octubre de 2024.
En la Suprema Corte, las acciones de inconstitucionalidad que presentaron PAN, PRI, MC, PRD, PBC y la CNDH están en la ponencia del ministro Fernando Franco González Salas, quien fue presidente del Tribunal Electoral de 1990 a 1996.
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