Punto por punto: la Ley Olimpia con la que diputados pretenden frenar el acoso sexual en internet

La regulación contempla que la difusión sin consentimiento de los llamados “packs” sería tipificada como conducta irregular a quien haga mal uso de dichas imágenes y las haga públicas a través de textos, fotografía, videos y/o datos personales

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La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad la "Ley Olimpia" (Foto: Mario Jasso/Cuartoscuro)
La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad la "Ley Olimpia" (Foto: Mario Jasso/Cuartoscuro)

La Ley Olimpia avanzó en la Cámara de Diputados con una serie de lineamientos vanguardistas para terminar con la difusión de imágenes con connotación sexual, sin el permiso de quienes aparecen en ellas. La minuta de la nueva legislación fue enviada al Senado para que su anàlisis, discusión y eventual aprobación. No obstante, la ley será letra muerta si el Congreso mexicano no reforma el Código Penal para establecer sanciones específicas.

Con 400 votos a favor, la Ley Olimpia considera que la difusión sin consentimiento de los llamados “packs” sería tipificada como conducta irregular a quien haga mal uso de dichas imágenes y las difunda a través de textos, fotografía, videos y/o datos personales o cualquier tipo de impresiones gráficas, o sonoras, en su versión original o alterada e incluso, a través de internet, redes sociales, correo electrónico, aplicaciones o cualquier otro avance tecnológico que surja en el futuro y que sean empleados para violentar a las mujeres.

Los packs son el conjunto de fotos con connotación sexual que se intercambian mensajes de textos, video o foto.

De esta manera, los legisladores pretenden eliminar la violencia sexual en el espacio digital, ofrecer mejores garantías de protección a las víctimas de acoso y garantizar una actuación eficaz de las autoridades ante las denuncias que sean presentadas.

El internet en México tiene un alto porcentaje de penetración entre la población mexicana; la Asociación de Internet Mx informó a través de su estudio de hábitos a lo largo de 2019 que el país cuenta con el 71% de alcance entre personas de 6 años en adelante, con un total de 79.1 millones de usuarios conectados.

En contraste, el Módulo sobre Ciberacoso (MOCIBA) realizado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) durante 2017 señaló que el ciberacoso afecta al 16.8% de la población de entre 12 a 59 años. Por acoso se entienden todas las situaciones experimentadas con mayor frecuencia por quienes lo viven a través de mensajes ofensivos (40.1 por ciento); ser contactados mediante identidades falsas (31.4 por ciento) y recibir llamadas ofensivas (27.5 por ciento).

Los estados que el INEGI identificó con mayor número de incidencias, en materia de ciberacoso a través del MOCIBA fueron: Tabasco, en primer lugar, seguido de Veracruz, Zacatecas, Guanajuato, Aguascalientes e Hidalgo.

Cabe señalar que los adolescentes y los jóvenes son los más expuestos a este tipo de casos, en los que uno de cada cinco usuarios de 12 a 29 años señalaron haber vivido algún tipo de ciberacoso.

La Ley Olimpia tiene versiones locales en los estados como Oaxaca, Baja California Sur, Coahuila, Zacatecas, Guanajuato, Querétaro, Veracruz, Puebla, Yucatán y Chiapas (Foto: Archivo)
La Ley Olimpia tiene versiones locales en los estados como Oaxaca, Baja California Sur, Coahuila, Zacatecas, Guanajuato, Querétaro, Veracruz, Puebla, Yucatán y Chiapas (Foto: Archivo)

Por ello, ante las nuevas formas de hostigamiento que han encontrado los agresores en el ámbito digital, la Ley Olimpia significaría un gran avance al incluirse como parte del sistema penal mexicano, además de potenciar la posibilidad de que se reduzca el número de menores de edad implicados en el tráfico de imágenes y en la atención pronta y expedita a denuncias realizadas por grupos feministas y la población en general.

Hasta la fecha, la ley ha avanzado con legislaciones parecidas de aplicación local, en estados como Oaxaca, Baja California Sur, Coahuila, Zacatecas, Guanajuato, Querétaro, Veracruz, Puebla, Yucatán y Chiapas. En todos ellos, la visibilización y definición de la violencia digital ha significado un nuevo camino para eliminar el acoso, hostigamientos, amenazas, insultos, vulneración de datos e información privada o apócrifa, mensajes de odio y difusión de contenido sexual sin consentimiento.

“Habrá que acelerar su tipificación y sus implicaciones a través de sanciones severas para que la reforma evite convertirse en letra muerta”, apuntó la diputada del PRD Guadalupe Almaguer. En tanto que su homóloga perteneciente a la bancada de Morena, Lizeth Amayrani Guerra, subrayó que “el ciberacoso es un monstruo invisible que podrá enfrentarse con la reforma y su tipificación en el Código Penal”.

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