El aborto en México es un crimen y los espacios para que las mujeres decidan sobre su propio cuerpo son muy estrechos. La vida y la salud reproductiva de millones de mujeres depende de una espiral de prejuicios, cárcel y muerte.
El aborto es la quinta causa de muerte materna en el país. De acuerdo al Instituto Nacional de la Mujeres (Inmujeres) y el Consejo Nacional de Población (Conapo), cada año se practican entre 750,000 y 1 millón de abortos clandestinos; y seis de cada 10 mujeres fallecen por complicaciones que se presentaron durante la interrupción del embarazo, debido a que fueron atendidas bajo condiciones insalubres.
Las consecuencias de la criminalización del aborto no terminan en la falta de atención médica, la perspectiva legal evidencia otra tragedia, porque en 30 de las 32 entidades federativas, el aborto es un delito. Según cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SNSP) se registraron 2,135 carpetas de averiguaciones previas contra mujeres que abortaron, sólo en el periodo comprendido entre 2015 y 2018.
Es decir, más de 2,000 mujeres fueron encarceladas, sancionadas con multas y/o obligadas a realizar servicios comunitarios porque en Chiapas, Chihuahua, Colima, Durango, Guanajuato, Jalisco, Morelos, Nayarit, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sonora, Tamaulipas, Veracruz, Yucatán y Nuevo León el aborto es criminalizado.
Las mujeres pueden interrumpir su embarazo legalmente, sin importar la causa, sólo en la Ciudad de México y Oaxaca. En cambio, Guanajuato y Querétaro son los estados que tienen las leyes más restrictivas, porque la interrupción del embarazo sólo es permitida en casos de violación o debido a un accidente. Destacan los estados de Michoacán y Yucatán, porque consideran la pobreza una causa legal para consentirlo.
El Diagnóstico
Un diagnóstico del Grupo de Información de Reproducción Elegida (GIRE) revela que la lucha feminista por despenalizar el aborto en México es lenta y dolorosa.
Si bien todos los estados del país contemplan la violación como una causante legal para interrumpir el embarazo, existen múltiples variantes y diferencias en los códigos penales de los estados.
Las legislaciones de la Ciudad de México, desde 2007, y de Oaxaca, septiembre de 2019, permiten la interrupción legal del embarazo en todos los casos, porque privilegian el derecho a decidir de las mujeres.
Yucatán y Michoacán no consideran el derecho al aborto electivo, pero sí es legal en caso de violación, que exista peligro de muerte para la mujer, que el embarazo implique daños a la salud de la mujer o alteraciones genéticas del producto, que el aborto sea imprudencial o por inseminación no consentida, así como razones económicas.
Colima, Baja California Sur y Tlaxcala contemplan todas las causantes anteriores, salvo la causal de pobreza; Veracruz, Hidalgo, Morelos y Guerrero no consideran legal el aborto por elección propia, las razones económicas ni el peligro de muerte; Tamaulipas, Baja California, Chihuahua, Coahuila, San Luis Potosí, Zacatecas, Jalisco, Oaxaca, Quintana Roo, Nayarit, Puebla y el Estado de México sólo avalan las causas de violación, accidente, peligro de muerte y alteraciones genéticas.
Mientras que Chiapas, Sinaloa, Sonora, Durango, Nuevo León, Aguascalientes, Campeche y Tabasco manejan tres causales: violación, peligro de muerte y alteraciones genéticas.
Hace apenas unas semanas, el congreso de Nuevo León aprobó reformas constitucionales para incorporar “la protección de la vida desde la concepción y hasta la muerte natural”. Es decir, que el aborto ahora es motivo de cárcel para las mujeres que recurran a esta práctica.
Querétaro y Guanajuato solo justifican penalmente el aborto cuando el embarazo fue por una violación, o si la interrupción fue por una imprudencia y no hubo intención alguna; los códigos penales de las dos entidades contemplan hasta tres años de prisión para sancionar “a la mujer que se procure el aborto o consienta en que otro la haga abortar”.
Por lo tanto, en Querétaro y Guanajuato, si el embarazo de una mujer pone en riesgo su vida, el embarazo no puede ser interrumpido legalmente y ella tendría que morir.
Hasta agosto pasado, en los estados de Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Colima, Durango, Guerrero e Hidalgo exigían la autorización de un juez o del Ministerio Público. Incluso, en San Luis Potosí y Tabasco, requerían una “comprobación de los hechos” de violación para acceder al aborto.
Recientemente, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la Norma Oficial Mexicana (NOM) que ordena a todos los hospitales públicos garantizar la interrupción legal de embarazos que sean productos de violación, sin necesidad de que las solicitantes del servicio presenten una denuncia previamente por el delito.
SCJN avala aborto por violación sin denuncia y permiso del MP
En 2016, Baja California y Aguascalientes impugnaron la reforma que garantiza a las víctimas de violación el derecho a practicarse un aborto sin autorización del Ministerio Público.
Tres años después, la SCJN avaló la Norma Oficial Mexicana y desechó las controversias constitucionales. De esta manera, en caso de embarazo por violación, las instituciones públicas prestadoras de servicios de atención médica, deberán prestar servicios de interrupción voluntaria del embarazo y bastará que la víctima presente una solicitud por escrito bajo protesta de decir verdad de que su embarazo es producto de violación.
"El personal de salud que participe en el procedimiento de interrupción voluntaria del embarazo no estará obligado a verificar el dicho de la solicitante, entendiéndose su actuación, basada en el principio de buena fe a que hace referencia el artículo 5 de la Ley General de Víctimas ", señala la reforma que avaló la SCJN en la sesión del 5 de agosto de 2019.
Antes de esta reforma, la NOM ponía como requisito que las víctimas de violación tuvieran la autorización del Ministerio Público para acceder a una interrupción legal del embarazo.
El aborto en la CdMx
Desde que se aprobó la despenalización del aborto en 2007, la Ciudad de México se ha convertido en un lugar al que acuden mujeres de otros estados, e incluso de otros países, para interrumpir sus embarazos de manera legal y segura, sin recurrir a la clandestinidad.
La legalización en la CdMx ha logrado que la clandestinidad disminuya; por lo tanto, hay más garantías y cuidados para las personas que han tomado la decisión de interrumpir el embarazo de manera voluntaria.
La Secretaría de Salud de la Ciudad de México informó que desde abril de 2007 hasta julio de 2019 se atendieron a 21,165 mujeres para la interrupción legal del embarazo en sus diferentes centros de atención clínica. El 97.66 % de las pacientes que fueron atendidas son de la Ciudad de México y de los estados de Puebla, Morelos, Hidalgo, Querétaro y Estado de México.
Cifras oficiales destacan que se han presentado 505 casos de mujeres que provienen de Jalisco, 432 de Michoacán, 430 de Veracruz, 375 de Guanajuato y 322 de Oaxaca. Se trata, en su mayoría, de jóvenes de entre 18 y 24 años, aunque hay otro grupo importante de mujeres de 24 a 29 años. Más de la mitad de las pacientes son solteras.
Para que las mujeres interesadas puedan atenderse en los centros de salud de la Ciudad de México, es necesario tener 12 semanas de embarazo o menos, presentar una identificación oficial original con una copia de la misma y un acompañante que también lleve su identificación y copia. En ningún caso se exige mayoría de edad ni residencia en la capital del país.
Los mitos
Aunque hay personas que consideran peligroso legalizar la práctica del aborto, porque será utilizado como método conceptivo, la realidad es que el porcentaje de reincidencia es del 1% en la Ciudad de México.
Se ha hablado del “dolor” que sienten los “bebés” durante la realización del legrado. En la La interrupción legal del embarazo se realiza hasta las primera 12 semanas de gestación y un estudio de la Universidad de Londres demuestra hasta la semana 35-37, el cerebro del feto es capaz de procesar el dolor. Hasta entonces, y no antes, el cerebro ha desarrollado suficientes conexiones neuronales para distinguir el dolor.
El aborto en el mundo
La Organización Mundial de la Salud (OMS) recomienda ocho causales para interrumpir un embarazo: económicas, deterioro fetal, violación, incesto, discapacidad intelectual, salud mental y salud física.
A nivel América Latina, los únicos lugares en los que la práctica del aborto es legal, sin importar la razón por la que la mujer decidió realizarlo, son Cuba, Uruguay, Guyana, Guyana Francesa y Puerto Rico.
Quienes promueven la penalización del aborto, se dicen a favor de la vida. Sin embargo, los abortos clandestinos se realizan en condiciones insalubres y utilizando métodos peligrosos, como brebajes con hierbas, ganchos, pastillas no controladas, clínicas clandestinas. La mayoría de estos casos terminan en la muerte por hemorragia o infecciones. Por lo tanto, al estar contra el aborto, en realidad no están a favor de la vida.