Un Tribunal Federal ratificó el auto de vinculación a proceso en contra del abogado Juan Ramón Collado Mocelo, por supuesto lavado de dinero y delincuencia organizada, delitos por los que permanece en prisión preventiva en el Reclusorio Norte, de la Ciudad de México.
Ricardo Paredes Calderón, magistrado del Quinto Tribunal Unitario en Materia Penal con residencia en Ciudad de México declaró infundado el recurso de apelación que fue presentado por Collado en contra del auto de vinculación a proceso que le fue dictado por Jesús Eduardo Vázquez Rea, juez de control del Centro de Justicia Penal Federal con sede en el Reclusorio Norte.
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El magistrado señaló como infundado e inoperantes los argumentos presentados por el abogado.
"En virtud de lo expuesto y tomando como base el estándar probatorio requerido para el dictado de un auto de vinculación a proceso, es que este tribunal de alzada concluye que es apegado a derecho que se continúe con la investigación del imputado en su fase complementaria y por ende judicializada, respecto de los hechos que se le atribuyen".
"De ahí que lo procedente sea confirmar el auto por el cual se vinculó a proceso al imputado por los delitos de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita, establece la sentencia", explicaron los funcionarios judiciales.
Por su parte, Juan Collado argumentó que el crimen por delincuencia organizada del cual se le imputa, no existe y mucho menos se configura un delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita por una simple recepción de dinero a través del Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios (SPEI).
Señaló que tampoco se cumplió con el contenido de los artículos 2 de la Ley de Delincuencia Organizada y 400 del Código Penal Federal.
Su defensa dijo que no existen pruebas de que Juan Collado haya sido miembro del consejo de administración de la empresa Libertad Sociedad Financiera cuando indicaron que recibió un pago de 24 millones de pesos, por la supuesta venta de inmueble en Querétaro, que reclama el denunciante, Sergio Hugo Bustamante Figueroa, con un valor de 156 millones de pesos.
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La apelación también señala que la Suprema Corte de Justicia de la Nación se ha pronunciado sobre los conceptos y las consecuencias de la prueba ilícita. "Sus diferencias son nítidas y no es susceptible de convalidarse o sanearse".
Señalaron que en el apelación del artículo 4 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada no permite, ni autoriza la recalificación de los hechos.
También señalan que durante el debate de la audiencia inicial y de vinculación para Juan Collado, la Representación Social de la Federación no se hizo cargo de múltiples argumentos expuestos por la defensa y que el juez de control soslayó "justipreciar" la totalidad de los argumentos e ignoró el dato de prueba presentado.
Fue el empresario Sergio Hugo Bustamante Figueroa quien denunció al abogado Juan Collado ante la Fiscalía General de la República (FGR), el 7 de junio por supuestamente haber recibido 24 millones de pesos en 2015, por la venta de un terreno de su propiedad.
El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) informó que las pruebas presentadas hasta el momento, por el Ministerio Público al juez de control, sugieren la participación del abogado en una organización que a través de una simulación de actos jurídicos que lograron la venta ilícita de un inmueble.