Nuevo freno para continuar las obras del Nuevo Aeropuerto de Santa Lucía: seguridad aérea y un centro de deshechos radioactivos cercano

Es la tercera suspensión dictada, la primera que manifiesta preocupaciones por la ausencia de estudios de seguridad, mientras que las dos anteriores pidieron concretar estudios en materia ambiental y arqueológica

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En el municipio de Temascalapa, en el Estado de México, y a 14 kilómetros de Santa Lucía, existe un centro de desechos radiactivo que no ha sido mencionado en el Manifiesto de Impacto Ambiental (MIA) para la construcción del aeropuerto de Santa Lucía Foto: Maps
En el municipio de Temascalapa, en el Estado de México, y a 14 kilómetros de Santa Lucía, existe un centro de desechos radiactivo que no ha sido mencionado en el Manifiesto de Impacto Ambiental (MIA) para la construcción del aeropuerto de Santa Lucía Foto: Maps

Un tribunal federal de la Ciudad de México prohibió este miércoles ejecutar obras para el nuevo Aeropuerto Internacional de Santa Lucía hasta que se cuente con todos los estudios de seguridad aérea.

El Décimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa notificó la suspensión provisional, informó el colectivo #NoMásDerroches, que ha promovido 147 amparos para impugnar la cancelación del NAIM.

Es la tercera suspensión dictada por la justicia federal para impedir obras en Santa Lucía, pero la primera que manifiesta preocupaciones por la ausencia de estudios de seguridad, previstos en la Ley de Aeropuertos y su

Reglamento, pues las dos anteriores pidieron concretar estudios en materia ambiental y arqueológica.

Según la Consulta Ciudadana, realizada el pasado octubre, el 69.5 por ciento de la población votó a favor de la Base aérea de Santa Lucía; el 29.1 por ciento apoyó la continuación del proyecto de Texcoco (Edomex) (Foto: aeropuertosantalucía.com)
Según la Consulta Ciudadana, realizada el pasado octubre, el 69.5 por ciento de la población votó a favor de la Base aérea de Santa Lucía; el 29.1 por ciento apoyó la continuación del proyecto de Texcoco (Edomex) (Foto: aeropuertosantalucía.com)

La suspensión provisional, votada en sesión de este lunes por unanimidad de los tres magistrados del tribunal, podría estar vigente momentáneamente debido a que el Juez Quinto de Distrito en Materia Administrativa, Juan Carlos Guzmán Rosas, notificaría los próximos días su sentencia definitiva en este amparo, que reemplazará a la provisional.
Guzmán Rosas ya negó el pasado 30 de mayo la suspensión definitiva en otro de estos juicios.

Polémica por centro de deshechos radioactivos cerca

En el municipio de Temascalapa, en el Estado de México, y a 14 kilómetros de Santa Lucía, existe un centro de desechos radiactivo que no ha sido mencionado en el Manifiesto de Impacto Ambiental (MIA) para la construcción del aeropuerto de Santa Lucía, elaborado por la Secretaría de la Defensa Nacional y el Instituto de Ingeniería de la UNAM.

La Comisión Federal de Electricidad (CFE) alertó desde 1992 sobre la existencia de un manto freático en el subsuelo del panteón radiactivo, declararon algunos medios mexicanos.

En el MIA se menciona que el funcionamiento hidrogeológico del acuífero Cuautitlán-Pachuca se encuentra en la porción noreste del valle, y el nivel estático se encuentra a una profundidad de 50 y 100 metros, en la parte central la profundidad varía entre los 100 y 120 metros y en el extremo sur la profundidad del nivel estático varía entre 65 y 120 metros. Sin embargo no su proximidad con el centro de desechos radioactivos.

El informe del ININ presentado a los diputados de la LVII legislatura, textualmente señala:
"En 1992, a petición del ININ, la Comisión Federal de Electricidad concluyó un estudio de caracterización de sitio, con la finalidad de determinar la factibilidad de depositar los desechos radiactivos de bajo nivel en forma definitiva.

"El almacenamiento definitivo de desechos radiactivos de bajo nivel cerca de la superficie debe cumplir con los requerimientos establecidos en las normas técnicas correspondientes, que incluyen, entre otros aspectos, criterios como la estabilidad del sitio a largo plazo (por lo menos 500 años) o características como que no deben existir fallas, pliegues, actividad sísmica o volcánica que afecten la capacidad del sitio".

La CNSNS dictaminó que el Cader únicamente podría utilizarse para el almacenamiento temporal de desechos radiactivos debido a que los estudios de caracterización mostraron que el sitio no es idóneo para ser utilizado para el almacenamiento definitivo, así como que el desarrollo urbano alcanzaría el sitio en el futuro y al incremento del uso agrícola de la tierra en los alrededores", dice el informe del ININ mostrado por Excélsior.

El documento del ININ explicaba a los diputados de la LVII Legislatura que recomendaron el 30 de abril de 1999 que "se prevea el cambio de este centro de almacenamiento a un lugar adecuado y definitivo para máxima tranquilidad de los habitantes, ya que éste es provisional, debiéndose realizar los estudios correspondientes para localizar el sitio idóneo, con la participación de autoridades municipales, estatales y federales, así como tramitar y obtener las autorizaciones de la MIA y el Estudio de Riesgo respectivo, ante las autoridades de Semarnat y las correspondientes ante la Secretaría de Energía".

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