La Secretaría de Bienestar publicó el nuevo acuerdo por el que se emiten las reglas de operación de la pensión para el bienestar de las personas con discapacidad permanente.
Su implementación busca contribuir al bienestar social y a la disminución de la pobreza. El apoyo económico, que será de 1.275 pesos mensuales, se realizará a través de una transferencia, misma que contribuirá al acceso de una mejor calidad de vida.
En un primer término, tendrán prioridad las personas de las comunidades indígenas, aquellas que vivan en zonas con mayor grado de marginación o áreas con altos índices de violencia.
Asimismo, el orden preferente será el siguiente: niñas, niños, jóvenes con discapacidad permanente de 0 a 29 años cumplidos; personas indígenas de 30 a 64 años de edad; y adultos con discapacidad permanente de 30 a 67 años.
Requisitos
Para tener acceso al programa, se tendrán que cubrir los siguientes requisitos:
1.- Presentar acta de nacimiento original para registro de imagen o escaneo.
2.- Contar con alguna identificación oficial.
3.- A falta de identificación del solicitante, se requiere la identificación oficial de un auxiliar de la persona con discapacidad permanente.
4. Exhibir un documento que acredite la discapacidad permanente, el cual debe ser emitido por alguna institución pública del sector salud federal, estatal o municipal. Dicho documento debe contener el certificado médico en el que se señale el diagnóstico. Las personas con discapacidad notoria quedarán exentos de este requisito.
5. Mostrar comprobante de domicilio expedido con máximo 6 meses a la fecha del trámite. O a falta de tal documento, protesta de decir la verdad ante dos testigos.
6. Llenado de Solicitud de Incorporación a Programas de Desarrollo.
Criterio de selección
Primero se identificarán a las personas que pretenden acceder a la pensión; posteriormente, personal autorizado por la Secretaría de Bienestar recabará la Solicitud de Incorporación a Programas de Desarrollo por parte de la persona con discapacidad o de su auxiliar.
Una vez validado el registro, se iniciará el proceso de entrega del pago, el cual se hará de manera bimestral, a través del medio de pago establecido.
La responsable estatal en coordinación con la Unidad Responsable, determinará, con base en las estimaciones y la disponibilidad presupuestal, el momento en el que cerrará el proceso para la identificación de nuevos beneficiarios, así como los períodos de incorporación.
Teléfonos de contacto
Los interesados en la pensión pueden solicitar información o en su defecto, presentar una denuncia, ante las Oficinas de la Información Pública o a las oficinas que ocupa el Órgano de Control Interno de la Secretaría.
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