El ponente de la iniciativa es Héctor Chaparro, representante a la Cámara por el departamento de Boyacá, con escaño del Partido Liberal, y se cuestiona que el mecanismo de comunicación de los pacientes es la tutela, desde el agendamiento de citas con un profesional, hasta la realización de procedimientos se tiene que solicitar con este mecanismo, pues muchas EPS, por negligencia o el motivo que sea, dilatan el proceso o lo niegan, vulnerando así la vida de los usuarios. El proyecto de ley busca ponerle un “tatequieto” a las entidades públicas o privadas que incurran en repetidas ocasiones en dichas fallas.
La iniciativa le haría una adición a la Ley 2591 de 1991, la cual permitió crear las acciones de tutela, como mecanismo en que las personas pueden reclamar cuando sientan una vulneración de sus derechos fundamentales.
Al respecto, el congresista detalló que la iniciativa busca fortalecer el trámite, con el fin que realmente surta efecto:
“Esta iniciativa busca ponerle un tatequieto a esas entidades públicas y privadas que reiteradamente violan los derechos fundamentales (...) Queremos fortalecer este mecanismo debido a que hoy en día la tutela se ha convertido en un trámite casi obligatorio para que los ciudadanos puedan acceder a sus derechos (...) Si este mecanismo de sanción hubiera sido aplicado el año pasado, tan solo en temas de salud se hubieran podido recaudar hasta 8 billones de pesos que hoy contribuirían a apoyar los cambios sociales que necesita Colombia”.
La idea sería sancionar a aquellas EPS e IPS, que hayan sido entuteladas por negarse a suministrar servicios complementarios, citas, medicamentos, entre otros, de manera oportuna, con el agravante, por decirlo de alguna manera, que esto sea una conducta reincidente.
El tema con las tutelas se ha vuelto un trámite sin valor, o al menos es lo que reseña la radicación de la ponencia, por lo que pude que se reajuste, dándole la validez e importancia que el recurso debería tener, y que este deje de ser uno de los motivos de entorpecimiento del sistema judicial, ya que es de las principales causas de radicación en la justicia nacional. Según los cálculos presentados, desde el año de 1992, cuando se habilitó este mecanismo, la Corte Constitucional ha recibido unos 9 millones de solicitudes.
En varias ocasiones se han presentado estas judicializaciones contra las EPS, pues se da cuenta de la desatención y afectación que tiene esto en la vida de los pacientes, solo por tomar una referencia reciente, la superintendencia Nacional de Salud, sancionó a la Asociación Indígena del Cauca, por 250 millones de pesos, por negarse a atender a menores de cinco años con diagnóstico de desnutrición severa en La Guajira.
“La atención a la población infantil, debe ser una atención priorizada por parte de cada uno de los actores que intervienen en el sistema de salud colombiano, dada la condición de vulnerabilidad de los niños que precisamente lleva a que exista una protección especial sobre ellos y por eso resulta inaceptable que quienes tienen la responsabilidad de proteger y garantizar sus derechos no los atiendan oportunamente ni les brinden toda la atención médica especializada que requieren”, destacó el superintendente nacional de salud, Ulahí Beltrán López.
El proyecto ya se anda discutiendo en el Congreso, y aunque no se tiene una noción sobre cuando se pueda tener un fallo o resolución, pues el año pasado, según cifras presentadas por la Defensoría del Pueblo, dan cuenta que los usuarios reclaman principalmente por negación de servicios, principalmente los relacionados con tratamientos, en mayor medida las que se consideran de enfermedades de alto costo como el cáncer; otro de los servicios son las consultas médicas especializadas.
A esto se suman los elementos no asistencias y las demandas por medicamentos.
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