Tras el primer día de Gustavo Petro como presidente de Colombia, el equipo económico del nuevo jefe de Estado radicó ante el Congreso de la República el proyecto de la Reforma Tributaria, que en su interior contiene el gravamen a 21 tipos de alimentos, lo que levantó la crítica en diferentes sectores, pues se aludía que esto afectaría importantemente los bolsillos de la clase trabajadora del país; es por eso que José Antonio Ocampo, ministro de Hacienda, salió al paso de las inconformidades generadas y aclaró que ese impuesto lo deberá pagar son las empresas, más no los consumidores.
“El impuesto lo paga quien lo produce o quien lo importa, es más, yo introduje ese principio basado en mi conversación con el presidente de las gaseosas, de Postobón”, señaló el ministro de Hacienda, José Antonio Ocampo en conversación con 6AM de Caracol Radio.
Ocampo señaló que este impuesto a los alimentos es un incentivo para que las empresas como Nutresa, Coca-Cola y Postobón creen y produzcan de alta calidad y que cumplan con los sellos de sanidad que ya se han establecido desde el gobierno pasado.
“En mi conversación con el gerente de Postón él me dijo dos cosas ‘pongan el sello de salud que ya está adoptado y cóbrenlo (el impuesto) a la empresa para que no se lo cobren a la tienda o al consumidor final, sino el primer actor de la cadena”, señaló Ocampo en ese medio.
El ministro de Hacienda afirmó que Salud Pública pedía un impuesto mucho más alto para estas bebidas azucaradas y alimentos ultra procesados.
“Quiero resaltar que esta es una parte pequeña de la reforma, o sea, tiene un efecto, un propósito que es la salud pública, no tiene un propósito de generar ingresos tributarios, básicamente es un tema e incentivar a que se cambiaba bebidas y comidas que no tengan esos problemas y que muchas de ellas también las pueden comprar más, aunque las empresas que las producen también produzcan bienes que llámese sean compatibles con lejano”, señaló Ocampo a 6AM.
¿Cuáles son los alimentos que serán gravados en la Reforma Tributaria?
1. Carne y despojos comestibles, salados o en salmuera, secos o ahumados; harina y polvo comestibles, de carne o de despojos.
2. Embutidos y productos similares de carne, despojos o sangre; preparaciones alimenticias a base de estos productos
.3. Las demás preparaciones y conservas de carne, despojos o sangre.
4. Papas fritas
.5. Patacones.
6. Chicharrones empacados.
7. Snacks o pasabocas empacados.
8. Galletas dulces con adición de edulcorante.
9. Barquillos y obleas, incluso rellenos y wafles.
10. Ponqués y tortas.
11. Bizcochos y pasteles de dulce.
12. Merengues.
13. Cacao en polvo con adición de azúcar u otro edulcorante.
14. Confites de chocolate.
15. Frutas recubiertas de chocolate y/u otros productos de confitería y repostería, y demás preparaciones alimenticias que contengan cacao, que no sean en bloques, tabletas o barras, y que tengan adición de azúcar u otros edulcorantes.
16. Artículos de confitería sin cacao.
17. Helados, incluso con cacao.
18. Postres a base de leche, incluido el arequipe.
19. Manjar blanco o dulce de leche.
20. Salsas y sopas.
21. Cereales.
¿Las mortadelas, y embutidos como la butifarra y el salchichón serán gravados en la reforma?
“Considerando la importancia de algunos de estos productos en la canasta básica de los hogares colombianos, algunos bienes no serán gravados por este impuesto para no afectar el ingreso de los hogares más vulnerables, entre los que se destacan la mortadela, la butifarra, el salchichón, entre otros”, señala el documento entregado por la cartera ministerial de Hacienda.
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