Esta semana, a través de las redes sociales, se encendió un arduo debate luego de que se usara la expresión ‘personas menstruantes’ durante la Sesión Plenaria de la Cámara de Representantes en la que se aprobó el Proyecto de Ley 332/21. Margarita Rosa de Francisco, en sus redes sociales, se refirió al tema y, en tono humorístico, destacó que se sintió excluida por aquella frase, pues ahora se encuentra en la fase de ‘persona menopáusica’. Es de resaltar que el debate que ahora se lidia en Colombia también se mantiene en Chile, en donde, para incluir a hombres trans y otras poblaciones diversas, se omitió hablar con la palabra ‘mujer’.
A través de su cuenta de Twitter, la recordada actriz escribió: “Lo de persona menstruante me excluyó. Soy persona menopáusica”. El comentario fue tomado por parte de sus seguidores a modo de chiste, por lo que se tomaron un momento para contestarle y, a su vez, manifestar su inconformidad con esta clasificación. “Con todo lo que inventan hoy en día, solo falta que le digan que es una post - menstruante”, escribió una de las personas que respondió las publicaciones de la también escritora.
El proyecto de ley aprobado, en el que se plasman los derechos menstruales, surge en medio de la situación que vive la población que no tiene posibilidades de acceder a productos de higiene y la salud necesarios para afrontar sus periodos menstruales. De acuerdo con la más reciente encuesta Pulso Social del DANE, en Colombia el 14.8% de las mujeres no pudo acceder a los productos necesarios. A estas cifras se suma un estudio hecho por la Fundación Plan, desde donde se asegura que cinco de cada diez niñas en Colombia no pueden obtener dichos productos.
“El manejo de la menstruación es un asunto relevante de género. Existen evidencias sobre cómo la discriminación frente a la menstruación y la falta de acceso a elementos higiénicos durante el periodo menstrual se constituyen como obstáculos para el bienestar de las mujeres, y el acceso igualitario a trabajo y estudio”, destacó el Departamento Administrativo Nacional de Estadística.
“Nos antepusimos a la mezquindad de los que buscan imponer sus opiniones retardatarias sobre quiénes deben ser reconocidos como beneficiarixs de los derechos menstruales. Las mujeres menstruamos, sí, pero también los hombres trans, personas sexodiversas y no binarias”, destacó Susana Boreal, una de las funcionarias que festejó la aprobación del planteamiento que hace que ahora los tampones, toallas higiénicas, compresas y copas menstruales no tengan IVA.
“‘Personas menstruantes’ conceptualiza una realidad y es que biológicamente es bien sabido que la menstruación no es exclusiva de las mujeres. Es imperativo reconocer a los hombres TRANS y a las personas no binarias, reconocidas a su vez por la Corte Constitucional”, comentó, por su parte, Mafe Carrascal Rojas, representante a la Cámara por el Pacto Histórico.
A esta noticia se suma la novedad del pasado viernes 22 de julio, cuando el presidente de Colombia, Iván Duque, sancionó la ley que garantiza la entrega de artículos de higiene y salud menstrual a personas privadas de su libertad en los centros de detención en el país. A través de la Ley 2261 de 2022, el Gobierno nacional se comprometió a garantizar la entrega “gratuita, oportuna y suficiente” de toallas higiénicas, tampones y protectores diarios a las mujeres y personas menstruantes por parte de las autoridades carcelarias y penitenciarias de manera mensual.
“Toda mujer y persona menstruante privada de la libertad en edad fértil recibirá como mínimo un paquete de toallas higiénicas de diez unidades o una cantidad equivalente en cualquier otro producto de higiene y salud menstrual, de acuerdo con la reglamentación del Gobierno nacional para suplir el manejo de su período”, señala la ley firmada por el primer mandatario.
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