Este 20 de febrero, el Gobierno nacional dio a conocer que a través de los Ministerios de Salud, Justicia y Agricultura, expidió la Resolución 227, de 2022, con la que se permite, define y establece todos los mecanismos y procedimientos para el uso industrial del cannabis.
“Colombia también se sitúa hoy a la vanguardia de la reglamentación del uso del cannabis medicinal y por supuesto sus derivaciones de usos industriales”, declaró este domingo el presidente de la República, Iván Duque Márquez, desde la Casa de Nariño.
Asimismo, el mandatario aseguró que con la nueva reglamentación se da “un paso muy importante para el desarrollo de esos usos industriales del cannabis medicinal —sin sus componentes psicoactivos— en sectores como alimentos, bebidas y textiles”.
Esto quiere decir, según agregó el jefe de Estado, que “en el sector de alimentos, que, en el sector de textiles, que, en el sector de bebidas, que sean alcohólicas y no alcohólicas, se pueda hacer uso de los componentes no psicoactivos y por lo tanto también ofrecer para el mercado nacional y extranjero, productos que están siendo demandados”.
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Del mismo modo, el presidente colombiano aclaró que esta nueva reglamentación complementa la adoptada por el Gobierno con el Decreto 811 del 2021, que definió los protocolos y los mecanismos para la exportación de flor seca de cannabis.
El presidente Duque también mencionó que este desarrollo se logró gracias a la articulación entre los ministerios, “que permite, entre otras tareas, avanzar en los créditos para pequeños y medianos productores de cannabis medicinal”.
Lo anterior se haría a través de la gestión del Banco Agrario, con lo que se facilitarán los temas de manejo de divisas, monetización y comercialización desde Colombia.
“Con esto, una de las promesas nuestras en campaña, de darle un alcance dinámico, empresarial, emprendedor, al cannabis medicinal, adquiere una nueva etapa, un nuevo momento, y Colombia por lo tanto se posiciona en este mercado”, puntualizó Duque.
En ese sentido, el primer mandatario precisó además que la nueva reglamentación establece los cupos y tarifas para la exportación de productos no psicoactivos derivados de la flor de cannabis, y que deben quedar definidos antes de un mes.
Producción de suplementos alimenticios con base de cannabis medicinal
Ante las declaraciones del presidente de la República, el ministro de Salud, Fernando Ruiz, explicó que con la nueva medida “se abre la puerta también para la producción de suplementos alimenticios, con base en los componentes de la flor de cannabis”. Estos no deberán generar problemas psicoactivos y a su vez tendrán que complementar los dietarios existentes en Colombia.
“Para poder avanzar en todo el proceso de apoyo a la nutrición y al soporte para personas que requieren suplementos dietarios”, dijo.
Además, el jefe de cartera recordó que los ministerios se habían comprometido con el presidente Duque hace un mes a expedir la resolución, que también “reglamenta las actuaciones del Fondo Nacional de Estupefacientes para el licenciamiento de cannabis”.
“También, muy importante, reglamenta las diferentes disposiciones sanitarias que deben tener lugar por parte del Invima, con buenas prácticas de manufactura, y todos los requerimientos de etiquetado y demás, que son fundamentales para todo el avance de la industria”, concluyó el ministro Ruiz.
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