El Ministerio de Salud emitió la resolución 840, en la cual, la entidad estableció los requisitos especiales para la importación, adquisición, y aplicación de las vacunas contra el covid-19 por parte de privados en Colombia. En el documento además se autorizó que las empresas también podrán inmunizar a los familiares de sus empleados.
“Una vez se encuentren vacunadas las personas con las que tienen un vínculo laboral o contractual vigente, podrán vacunar a los familiares de estas, siempre que habiten en el territorio nacional. En ningún caso, podrán vacunar poblaciones distintas a las ya autorizadas.”, estableció la resolución.
El documento además señaló que la aplicación de las vacunas contra el covid-19 por parte de privados, solo se podrá realizar a aquellas personas naturales que vivan en Colombia y que tengan un vínculo laboral o contractual con la respectiva empresa.
La resolución igualmente indicó que la inmunización se realizará de acuerdo con la disponibilidad de los biológicos, sin excluir a nadie, excepto si la personas manifiestan expresamente que no quieren ser vacunadas contra el covid-19.
Por otro lado, el documento así mismo dejó en claro los requisitos que debe cumplir el sector privado para la importación de los biológicos contra el covid-19. Según detalló la resolución, las compañías deben figurar como importadores en la Autorización Sanitaria de Uso de Emergencia (Asue), la cual es entregada por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima).
En caso de que la empresa no cuente con la Asue, el titular de la autorización será el encargado de presentar la solicitud para incluir al nuevo importador.
De acuerdo con la resolución, los privados además tendrán que “garantizar el cumplimiento de las condiciones de almacenamiento establecidas por el fabricante para la conservación de las vacunas objeto de importación y que se encuentran en el acto administrativo mediante el cual se otorgó la Autorización Sanitaria de Uso de Emergencia.”
De igual manera, las empresas tendrán que asumir los costos de los fármacos, incluyendo su distribución, almacenamiento, distribución y aplicación. Así mismo, los privados deberán garantizar la aplicación de las vacunas con prestadores de servicios de salud habilitados para realizar el proceso de inmunización, ya sea por la Secretaría de Salud Departamental o distrital.
El documento además deja en claro que las empresas podrán utilizar la red existente para la aplicación de los biológicos, siempre y cuando el talento humano que se utilice sea diferente a los equipos con los que opera y funciona el Plan Nacional de Vacunación.
Cabe recordar que además de estas disposiciones, el pasado lunes 28 de junio, durante la entrega oficial de las primeras 1,5 millones de vacunas de Sinovac contra el covid-19 al sector privado, el presidente de la Asociación Nacional de Empresarios de Colombia (Andi), Bruce Mac Master, aseguró que todos los empleados recibirán ambas dosis del biológico, incluso si renuncian a la respectiva empresa.
Según conoció Blu Radio, Mac Master indicó que garantizarán la segunda dosis de la vacuna contra el covid-19, a las personas que recibieron la primera trabajando para alguna empresa, pero que por distintos motivos decidieron renunciar antes de recibir la siguiente. De acuerdo con el presidente de la Andi, la medida se toma con el fin de contribuir con la meta del sector privado de que más colombianos tengan su esquema completo de vacunación contra el virus.
El medio bogotano además señaló que desde la Andi esperan que la inmunización por parte del sector privado inicie este fin de semana. Para ello, de acuerdo con Mac Master, las organizaciones tendrán que hacer llegar el listado de los empleados que van a vacunar, de tal manera que las IPS y Cajas de Compensación comiencen a agendar las citas.
Aquí la resolución 840 de 2021
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