Colombianos que trabajen y aporten a seguridad social en el exterior podrán acceder a pensiones de vejez, invalidez y sobrevivencia

Según el ministro de Trabajo, Ángel Custodio, gracias al convenio quedaron incluidos 15 países iberoamericanos y, con este se verían beneficiados 4.7 millones de colombianos en materia de pensiones.

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Los colombianos en el exterior que cotizan a pensión y han realizado sus aportes al sistema de seguridad en algún país iberoamericano podrán acceder a pensiones de vejez, invalidez y sobrevivencia de origen común.

Así lo confirmó el ministro de Trabajo, Ángel Custodio Cabrera, quien señaló que esta iniciativa hace parte de un proyecto de ley aceptado en el Congreso, con la aprobación del Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social (CMISS). “El texto fue admitido el 10 de noviembre de 2007, en Santiago de Chile, por la XVII Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado”, dijo Custodio.

Según el ministro, en dicho convenio quedaron incluidos 15 países iberoamericanos y, con este se verían beneficiados 4.7 millones de colombianos en materia de pensiones.

“Con la implementación de esta alianza se amplían los mecanismos de protección social para los colombianos que han laborado, se encuentran laborando o se trasladan a alguno de los 15 países que firmaron este pacto, así como a los extranjeros provenientes de esos países que estén empleados en Colombia”, anotó.

De acuerdo con el funcionario, los países en los que colombianos podrán acceder a este beneficio pensional son: Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Chile, Ecuador, El Salvador, España, Paraguay, Perú, Portugal, República Dominicana, Uruguay y Venezuela.

Cabe recordar que, hasta el momento, este convenio se venía aplicando de forma bilateral únicamente con España, Uruguay, Argentina, Chile y Ecuador. Ahora, con este avance se amplia el número de países y la posibilidad de que más colombianos puedan acceder a este beneficio.

De acuerdo con el ministro, este convenio busca “la coordinación de legislaciones nacionales en materia de pensiones, como garantía de la seguridad económica en la vejez, la incapacidad o muerte, protegidos bajo los esquemas de Seguridad Social de los diferentes Estados Iberoamericanos”.

El jefe de la cartera de Trabajo aseguró que esta iniciativa también facilita los canales de migración regular, con miras a reducir la vulnerabilidad de esta clase de población, “garantizando el principio de igualdad de trato para con los nacionales de los Estados que hacen parte del convenio y se busque que hayan más pensionados”.

“Estamos en Colombia y se está buscando que más colombianos tengan la posibilidad de pensionarse, pero también se fortalece la formalización laboral al generar escenarios más justos y equitativos, donde se tenga acceso a oportunidades dignas, decentes y de calidad, que retribuyan en bienestar y desarrollo”, explicó el funcionario.

El ministro de Trabajo dijo que este convenio afianzará las relaciones entre Colombia y los países iberoamericanos, en beneficio de sus nacionales migrantes, garantizando su protección social. Además, “admite la totalización de los periodos de cotización a pensión, acreditados en los distintos países que hacen parte del convenio; garantizándose la conservación de los derechos en curso de adquisición”

Otro de los objetivos de este convenio es que, “asegura la conservación de los derechos adquiridos, no perdiéndose las prestaciones por trasladarse a otro país”. Así mismo “permite la aplicación de las disposiciones más favorables al trabajador en el caso de que existan un convenio bilateral”.

Desde el Ministerio de Trabajo aseguraron que ellos mismos se encargarán de “establecer la colaboración administrativa y técnica entre las instituciones gestoras para facilitar la aplicación de los derechos de los beneficiarios”.

Según el Gobierno, la implementación del convenio:

- Garantiza la igualdad de trato de los trabajadores iberoamericanos con independencia de la nacionalidad cuando trabajen en un país diferente al suyo.

- Admite la totalización de los periodos de cotización a pensión, acreditados en los distintos países que hacen parte del convenio; garantizándose la conservación de los derechos en curso de adquisición.

- Asegura la conservación de los derechos adquiridos, no perdiéndose las prestaciones por trasladarse a otro país.

- Permite la aplicación de las disposiciones más favorables al trabajador en el caso de que existan un convenio bilateral.

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