El presidente de Colombia, Iván Duque, anunció este viernes que el Gobierno nacional, a través del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo expidió un decreto que establece la prohibición de la fabricación y comercialización de productos con mercurio añadido en el país.
A través del decreto 419 del 22 de abril de 2021, el Gobierno nacional cumple con lo pactado en el ‘Convenio de Minamata’, suscrito por Colombia el 10 de octubre de 2013 en Kumamoto, Japón, con la intención de proteger la salud de los ciudadanos y el medio ambiente de las afectaciones causadas por este elemento.
“En campaña nos comprometimos con los colombianos para tener un país libre de mercurio. Con este decreto buscamos regular los productos que contienen este componente, muchos de los cuales pueden ser de uso diario, con el fin de proteger la salud y la biodiversidad”, señaló el primer mandatario.
Este decreto aplica para todo ciudadano o empresa que realice actividades de fabricación, importación y exportación en el país con relación a productos que tengan este elemento añadido como productos de belleza, maquillaje, jabones, telas, pilas, herbicidas, baterías, lámparas, termómetros, entre otros.
El mercurio es un producto químico que presenta unas características que pueden causar afectaciones en la salud de los ciudadanos y el medio ambiente debido al transporte de larga distancia en la atmósfera y su permanencia en los ecosistemas, así como su capacidad de bioacumulación.
Según la Organización Mundial para la Salud (OMS), el mercurio representa uno de los diez productos que mayores problemas representa para la salud pública, generando graves afectaciones en el desarrollo intrauterino y en las primera etapas de vida.
Sin embargo, en el ‘Convenio de Minamata’ se establecieron unas exclusiones frente a la prohibición en productos esenciales de protección civil y uso militar, en elementos para la investigación y calibración de instrumentos, así como en elementos utilizados en ceremonias religiosas, vacunas que contengan Timerosal como conservante y repuestos de algunos elementos tecnológicos.
En este convenio internacional busca proteger a la población de los países suscritos y al medio ambiente de las emisiones y liberaciones “antropógenas de mercurio y compuestos de mercurio y reconoce que es un producto químico de preocupación mundial”, señala el documento que rige a partir de este viernes.
Prohibida la importación y exportación de asbesto en Colombia
El sábado 17 de abril, el presidente de Colombia, Iván Duque, firmó el decreto que establece la prohibición de la exportación e importación de cualquier variedad de asbesto y productos elaborados con este material, que según diferentes estudios científicos, está asociado al aumento del riesgo de cáncer de pulmón.
A través del decreto 0402 del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de Colombia, que desarrolla la Ley 1968 de 2019, se establecen las nuevas disposiciones frente a este material, utilizado especialmente en la construcción, con la intención de proteger la integridad y la vida de quienes trabajan con estos productos y de la población en general.
“La Ley 1968 o Ley Ana Cecilia Niño, en homenaje a esta luchadora contra el uso del asbesto, prohíbe producción y utilización de estos productos, por lo que desde el 1° de enero de 2021 no se pueden instalar y utilizar, a pesar de que se hayan importado antes de la vigencia”, aseguró el primer mandatario.
Este decreto prohíbe a toda persona jurídica o natural, de naturaleza pública o privada, bien sea nacional o extranjera, que desarrolle actividades de exportación o importación en cualquiera de las clases de asbesto y de los productos que se realizan con este material.
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