A partir de la fecha, el Instituto Penitenciario y Carcelario de Colombia, Inpec, tendrá que comenzar a generar y publicar informes semanales de la evolución de los contagios por covid-19 al interior de todas las cárceles del país. El cambio se da por orden expresa de la Corte Constitucional.
De acuerdo con el alto tribunal, que toma la decisión a causa de dos tutelas que buscan proteger los derechos fundamentales de la población reclusa, estos nuevos informes deberán ser presentados ante la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo, así como estar disponibles para la población colombiana en general.
Paralelamente, la Corte también ordenó en el documento que el Instituto vaya ajustando los protocolos de prevención y atención de cada cárcel según como crezcan o disminuyan el número de personas que contraen o se curan del virus. Con ello se pretende dar seguimiento al tratamiento que la autoridad carcelaria le da a la pandemia y, por ende, generar mayores garantías para los penados.
Bajo esos criterios, también se elevó un llamado para que el Inpec mantenga un trabajo en alianza con la Unidad de Servicios Penitenciarios, Uspec, y las autoridades territoriales, con el objetivo de mantener y fortalecer las labores de higiene, distribución de implementos de autocuidado y aseo personal; y de asegurar la disponibilidad de personal médico capaz de buscar e identificar posibles contagios de coronavirus.
Ello, agregó la Corte, acarrea responsabilidades como jornadas periódicas de desinfección de todas las instalaciones y de toma de muestras de laboratorio de los posibles infectados; así como de adecuación de lugares de aislamiento para que aquellos reclusos que sean diagnosticados con el virus puedan permanecer alejados del resto de la población carcelaria. Estos últimos, dice la corporación, deben garantizar condiciones de reclusión dignas y correctas medidas sanitarias. Tampoco pueden mostrar signos de hacinamiento.
Finalmente, un reporte de La FM señala que el tribunal exhortó al Inpec a mantener actualizadas las hojas de vida de los reclusos, de forma que la Defensoría del Pueblo pueda identificar quién necesita un abogado de oficio; así como que los defensores en general puedan saber quién tiene derecho a pasar a medida de reclusión en lugar de residencia.
Esto último en cumplimiento del Decreto 546 del 14 de abril de 2020, con el cual el Gobierno Nacional les otorga medidas de detención preventiva y de prisión domiciliaria en el lugar de residencia o donde el juez autorice a personas que se encuentren bajo medida de aseguramiento siempre y cuando estas cumplan uno o varios requisitos, como ser mayores de 60, madres gestantes, discapacitados o tener enfermedades graves como cáncer, VIH, insuficiencia renal crónica, diabetes, trastorno pulmonar, entre otros. Esto con el objetivo de disminuir, precisamente, el hacinamiento carcelario.
Vale recordar que, hasta el momento, el Inpec venía entregando informes de contagios de manera mensual. De acuerdo con el último de estos, publicado el 4 de febrero de 2021, 50 cárceles colombianas registraban un total de 784 casos positivos, de los cuales 100 correspondían al cuerpo de custodia y vigilancia, 23 a funcionarios administrativos, 13 a auxiliares y 648 a personas privadas de la libertad.
El mismo, señala que en los centros penitenciarios ya tienen al menos 22.954 personas recuperadas. De estas 1.277 pertenecen al cuerpo de custodia y vigilancia, 132 a las oficinas administrativas, 251 al equipo de auxiliares y 21.294 a reclusos.
De acuerdo con el decreto que legaliza el Plan Nacional de Vacunación, los primeros relacionados con el sistema carcelario en ser inmunizados serán los profesionales de salud que trabajen de manera intramural en los centros carcelarios de Colombia, en la etapa 2, seguidos por los privados de la libertad y el personal encargado de custodiarlos, en la etapa 4.
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