Dos diputados de la Asamblea Nacional de Venezuela fueron reemplazados por apoyar a Edmundo González Urrutia

La insólita decisión atenta contra los derechos de dos diputadosy además quita la representación de un estado y se la da a otro. También fueron amenazados otros legisladores

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Edmundo González Urrutia
Edmundo González Urrutia

Dos diputados de la facción de Acción Democrática (AD), Carmen Alicia Calderón y Ezequiel Pérez, quienes salieron electos a la Asamblea Nacional (AN) 2020, no han podido regresar a sus curules porque Bernabé Gutiérrez, el presidente ad hoc del partido blanco, decidió expulsarlos a motu proprio con el argumento que respaldaron al ahora presidente electo Edmundo González Urrutia. La insólita decisión no solo atenta contra los derechos de los dos diputados, sino que le quita la representación de un estado y se la da a otro.

Otros diputados regionales y nacionales están siendo amenazados con allanarles la inmunidad parlamentaria, desproclamarlos y sacarlos del parlamento. Violentando la Ley, desde julio de 2024, les han suspendido el beneficio de alimentación, así como el sueldo o dieta que deben recibir como parlamentarios.

La secretaria de la Asamblea Nacional, María Alejandra Hernández, le ha dicho a varios diputados: “No vengan a la Asamblea porque ustedes apoyaron a Edmundo González y a María Corina Machado¨.

La estrecha alianza de José Bernabé Gutiérrez Parra con el chavismo es decisiva para que, el 15 de junio de 2020, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), al servicio del régimen venezolano, lo nombrara presidente del partido Acción Democrática (AD) con la imposición de una junta ad hoc.

Diputada Carmen Alicia Calderón del estado Amazonas
Diputada Carmen Alicia Calderón del estado Amazonas

Así como con AD también el TSJ designó a las directivas de los partidos de Oposición: Copei, Voluntad Popular, Primero Justicia, entre otros, incluso de partidos de la revolución que le habían retirado el apoyo al gobierno: Tupamaros, Patria Para Todos, Partido Comunista, otros. Nicolás Maduro se presentó a las elecciones del 18J con las tarjetas de los partidos de izquierda usurpados. Mientras que las tarjetas usurpadas a la Oposición postularon candidatos que obtuvieron menos del 2% de los votos.

El diputado del Táchira Ezequiel Pérez Roa
El diputado del Táchira Ezequiel Pérez Roa

El argumento usado por Gutiérrez Parra es que, si los diputados Pérez y Calderón, fueron electos por AD, quien tenía como candidato a Luis Eduardo Martínez para las presidenciales, hubiesen apoyado al candidato de la Oposición Edmundo González Urrutia. “Se salieron de la línea del partido”, habría sido la respuesta de Gutiérrez.

No solo que es insólita la arbitrariedad de Bernabé Gutiérrez al irrespetar a quienes en el 2020 votaron por los diputados Carmen Alicia Calderón y Ezequiel Pérez Roa, sino que coloca como sustituto de Pérez, quien es diputado por el estado Táchira, al diputado suplente Carlos Granadillo del estado Carabobo.

José Bernabé Gutiérrez Parra es presidente de AD por orden del TSJ
José Bernabé Gutiérrez Parra es presidente de AD por orden del TSJ

Los diputados

El ingeniero agrónomo Ezequiel Eligio Pérez Roa, también es Técnico Superior Universitario; fue alcalde del municipio Libertador de Táchira y Secretario Agrario del partido Acción Democrática. Hoy lo desplazan de su curul en la Asamblea Nacional.

Resultó electo de número 1 en la lista de Acción Democrática ante la Asamblea Nacional, siendo así un diputado principal que representa al Táchira, y sus suplentes son Silvia Melina Vásquez, Gustavo Rangel y Azael Chacón, para el periodo 2021-2026, donde la gran mayoría de la Oposición venezolana no participó por una serie de vicios que el régimen venezolano llevó a cabo contra los parlamentarios del 2015, cuando la Oposición arrasó en las elecciones parlamentarias.

Juan Carlos Alvarado impuesto por el TSJ en la junta ad hoc del partido Copei
Juan Carlos Alvarado impuesto por el TSJ en la junta ad hoc del partido Copei

Bernabé Gutiérrez, en acuerdo con Jorge de Jesús Rodríguez Gómez, decide eliminarlo como diputado del estado fronterizo Táchira y nombrar a Granadillo del estado central Carabobo, porque como otros siete millones 300 mil venezolanos decidió apoyar el cambio.

En el caso de la diputada Carmen Alicia Calderón, de Amazonas, otro estado fronterizo, ha sido militante de Copei y de hecho la primera mujer en la historia del partido verde en ser subsecretaria nacional de la juventud. En el 2019 la designan Presidenta de Copei en Amazonas, y queda de Nr. 2 en la lista regional para la actual AN, pero el presidente de Copei y el secretario general que impuso el TSJ, Juan Carlos Alvarado, pretenden eliminarla de la lista porque no la consideraban incondicional.

Aun así, al no poder hacer los cambios, Calderón queda como primer suplente del Diputado Principal, Nixon Maniglia, quien fallece el 28 de junio 2024, por lo que Calderón, de acuerdo con el artículo 20 del Reglamento Interior y de Debates, queda como Diputada Principal, lo que hasta ahora no se materializa porque Bernabé Gutiérrez de AD, y Juan Carlos Alvarado Prato y Miguel Salazar de Copei han impedido su incorporación como Diputada Principal.

La Asamblea Nacional que el chavismo maneja de manera discrecional
La Asamblea Nacional que el chavismo maneja de manera discrecional

En el mismo estilo de lo ocurrido con el diputado tachirense Ezequiel Pérez, la diputada Calderón está siendo sustituida por el diputado suplente de AD Jesús Brito, que está en la lista nacional de suplentes, pero ni siquiera ha ido al estado Amazonas y no vota en esa jurisdicción.

Cuando Nixon Humberto Maniglia Véliz muere de un infarto, la diputada Calderón se incorpora solo una vez, porque de ahí en adelante la secretaria no le permite firmar la hoja de asistencia “por órdenes superiores”. Una fuente que habló con Infobae asegura que “a la diputada Calderón ni siquiera la dejan entrar al Palacio Federal”.

Con esa acción no solo están violentando la Soberanía y el Principio de la Libre Determinación de los pueblos del estado Indígena de Amazonas, sino que violan la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Ley Orgánica de los Derechos de la Mujer a una Vida Libre de Violencia.

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