El 22 de agosto 2019, luego de 5 años, 4 meses y 15 días, el capitán Juan Carlos Nieto Quintero salió de la cárcel militar de Fuerte Tiuna y sentenció: “Esto no ha terminado; la lucha por la libertad continua”. Él había sido secuestrado y torturado por funcionarios de la Dirección General de Contrainteligencia Militar (DGCIM), luego lo dejaron cerca de un grupo de funcionarios de la GNB, posteriormente formalizan su detención y lo imputan como parte del Golpe Azul 2014, sin pruebas de convicción. Aunque identificó claramente a los torturadores, entre ellos al actual vicepresidente del Instituto de los Espacios Acuáticos (INEA), y los denunció nunca fueron procesados; solo detuvieron a los guardias nacionales que lo recibieron después de torturado.
En conversación con Infobae, denuncia que “que este lunes 19 de junio el Tribunal 36 de Ejecución piensan condenar y enjuiciar a los funcionarios que me recibieron después de torturado, pero no a los autores materiales e intelectuales”.
“Estoy así alertando a la Corte Penal Internacional (CPI), quien investiga los casos de lesa humanidad, entre ellos los cometidos contra mí por tortura y desaparición forzada, que actualmente se ha convertido en política de Estado someter a juicio y condenar no a todos los responsables de los referidos delitos”.
“El lunes, en el Tribunal 36 de Control, a cargo del juez Iván Bustamante Prieto, enjuiciarán a los Guardia Nacionales Luis Eduardo Esteban Martínez, Luis Alberto Torres Castro, Yeiber Ricardo Albarracin Quintero y a Johan Eliezer Araujo Quintero, por Simulación de Hecho Punible, ya que participaron en el supuesto rescate de mi persona, luego que los Torturadores de la Dirección General de Contrainteligencia Militar (DGCIM) me dejaron abandonado en la Cota Mil de Caracas. Dichos funcionarios me recogen, me llevan a la Guardia del Pueblo y al siguiente día me llevan a la medicatura Forense donde formalmente se me notifica de la aprehensión”.
Manifiesta indignación al expresar que “los verdaderos autores intelectuales y materiales de mi tortura y desaparición forzada, no son investigados y sometidos a juicio”, dice mencionando al Jefe de la Dgcim, MG (Ej) Iván Hernández Dala; al entonces Director de Investigaciones, General Wilman Nabor Hernández Aquino. Al actual capitán de Navío y vicepresidente del INEA Germán Eduardo Gómez Lárez, que era el Jefe de Detenciones Especiales, quien fue su compañero en el pelotón en la Escuela Básica de la Fuerza Armada en Maracay lo identificó plenamente como uno de los torturadores. Y al Agente 1 José Camarillo.
Nieto Quintero asevera que denuncia “porque creo en la justicia internacional, sé que ellos investigarán debidamente, llevarán a los responsables ante la justicia y harán que se respeten los derechos humanos de todos los venezolanos. Mi caso está denunciado ante la Corte Penal por secuestro y desaparición forzada”.
Asegura que la CPI tiene videos cuando fue secuestrado en el centro comercial Plaza Las Américas en Caracas, frente a su esposa embarazada y su hija. “Yo aparezco a las 48 horas. Todo ha sido denunciado en instancias nacionales e internacionales, con testigos y en las instancias nacionales no se ha hecho la debida investigación a pesar que reconocí y vi a los torturadores”.
La detención
La pesadilla para el capitán retirado de la GNB Nieto Quintero empieza el 2 de abril 2014, estando con su esposa Bethzaida y su niña en el CC Plaza Las Américas. Hombres que se identificaron como funcionarios de la Dirección General de Contrainteligencia Militar (DGCIM), lo esposan, lo apuntan con una pistola y se lo llevan. La señora de Nieto, quien estaba embarazada, trata de oponerse, pero le colocan la pistola en la cabeza y debió quedarse entre lágrimas abrazada a su niña.
Se traslada a la DGCIM pero, como ocurre en muchos casos, le dijeron que no se encontraba ahí; horas después, a las 10 de la noche, recibe la primera llamada, desde el Nro. 0424-1004853, de quienes se identifican como los secuestradores, solicitan Bs. 200 mil. Se producen ocho llamadas en total; el jueves 3 de abril hubo dos llamadas, una desde el Nro. 0424-2741566 y otra desde el Nro. 0424-2255682. La esposa relató después que oía los gritos de Juan Carlos al otro lado del teléfono, mientras lo torturaban.
El cuarto día recibe la llamada de un oficial de la Guardia del Pueblo diciéndole que rescataron a Juan Carlos en un operativo. Pero en realidad, los funcionarios de la DGCIM, después que lo torturan lo llevan, en un carro blanco pequeño, y lo entregan al capitán Landaeta de la Guardia del Pueblo.
Producto de las torturas, Juan Carlos Nieto Quintero, sufrió trauma cráneo encefálico severo, según lo determinó el médico forense. Pero la pesdilla no había terminado, porque horas después la DGCIM se presenta con una orden de aprehensión de la Juez Militar Tercero, Laris María Ferrer y el capitán es imputado de instigación a rebelión y se ordenó que lo recluyeran en la Policía Militar.
El Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, le envió Comunicación al Gobierno de Venezuela, el 19 de junio de 2014relativa al caso de Juan Carlos Nieto Quintero, pero no obtuvo respuesta.
Uno de los hechos que resalta en un informe de esa Grupo es que “el 4 de abril de 2014, el Sr. Nieto Quintero fue llevado al Hospital Militar de Caracas para ser tratado de traumatismo craneoencefálico, hematomas, hemorragias y otras graves lesiones producidas durante su detención como resultado de las torturas sufridas. Afirma la fuente que los médicos que trataron al Sr. Nieto Quintero firmaron un certificado acreditando las lesiones que sufría. Sin embargo, funcionarios de la DIM buscaron a otros médicos, que no habían examinado al Sr. Nieto Quintero, y les conminaron a firmar certificados acreditando que éste gozaba de buena salud y que podía retornar al centro de detención”.
“El Sr. Nieto Quintero fue entonces sacado del hospital y conducido a un centro de detención militar de la DIM (hoy DGCIM), donde se le habría negado acceso a tratamiento médico y a recibir medicamentos”.
Agrega que cuando el capitán Nieto estaba en el Hospital Militar de Caracas, “se le presentó una orden de detención expedida por el juez del Tribunal Tercero de Control Militar, por la presunta comisión del delito de rebelión militar. Según la fuente, la detención del Sr. Nieto Quintero se produjo con el único objeto de presionarle, incluso mediante torturas, a que brindase los nombres de agentes de la Guardia Nacional contrarios al Gobierno. Su detención es en consecuencia arbitraria”.
“Al momento de su aprehensión no se le habría mostrado orden alguna de detención emitida por un tribunal o autoridad competente. Tampoco se le habría informado de los delitos que se le imputaban ni del lugar al cual le trasladaban. La detención se produjo con violencia, la cual alcanzó también a su esposa, embarazada, y se realizó frente a la hija de dos años de la pareja”.
Sobre las torturas le causaron traumatismo craneoencefálico; hematomas; hemorragias y otras lesiones graves y habrían consistido en “la aplicación de electricidad en los testículos y en el pecho, quemaduras con cigarrillos y golpes con la culata de armas largas en el rostro y otras partes del cuerpo. No estaría recibiendo tratamiento médico por las lesiones sufridas como resultado de la tortura ni se le estarían proporcionando medicamentos”.
“El Sr. Nieto Quintero es un capitán retirado de la Guardia Nacional Bolivariana que fue víctima de persecución política entre los años 2000 y 2011, a raíz de que tanto él como su hermano, Javier Nieto Quintero, hicieran uso de la libertad de expresión para criticar al gobierno, en particular la participación de personas de otra nacionalidad en el ejército de su país. Los dos hermanos fueron procesados por una corte marcial por el delito de rebelión militar y fueron encontrados inocentes. Sin embargo, Javier Nieto Quintero fue encarcelado; y después de purgar su pena, solicitó asilo en los Estados Unidos de América”.
“El Grupo de Trabajo comparte la opinión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el sentido de reconocer que la aplicación de la jurisdicción militar debe restringirse exclusivamente a militares en servicio activo, lo cual excluye a militares en retiro y a civiles. Este criterio lo reconoció dicha Corte incluso en un caso contra la República Bolivariana de Venezuela”.
“El Grupo de Trabajo es de la opinión que la detención del Sr. Nieto Quintero es arbitraria porque el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela no pudo acreditar el fundamento legal invocado para justificar la privación de la libertad. Pareciera que la detención del Sr. Nieto Quintero se motivó por sus declaraciones y críticas pasadas a la institución del ejército, particularmente, a la participación de no nacionales en los procesos decisorios de dicha institución”.
La detención también “es arbitraria debido a que en la misma se inobservaron gravemente normas internacionales relativas a un juicio imparcial, contempladas en los artículos 9 y 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos”.
“El Sr. Nieto Quintero es un militar que no estaba activo en las fuerzas armadas, por lo que debía ser juzgado por tribunales civiles”, determinando que “la detención de Juan Carlos Nieto Quintero es arbitraria conforme a las Categorías I y III de los métodos de trabajo del Grupo de Trabajo; por consiguiente se solicita la liberación inmediata de esta persona y se recomienda que se le repare integralmente al haber sido víctima de una detención arbitraria”.
“Por la información enviada por la fuente y que no fue contradicha por el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela, durante la detención y en los momentos posteriores a ella se violó el derecho del Sr. Nieto Quintero a ser tratado con humanidad; su derecho al respeto inherente a su dignidad y a no ser víctima de tortura”.
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