El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) designado por la dictadura de Nicolás Maduro anuló este jueves una disposición contenida en un artículo del Código Orgánico de Justicia Militar que imponía penas de prisión a militares que, siendo del mismo sexo, mantuvieran relaciones sexuales, tras diversas solicitudes hechas por la comunidad LGBTI del país caribeño.
La Sala Constitucional anuló, a solicitud del defensor del pueblo, Alfredo Ruiz, la disposición contenida “por carecer de suficiente claridad y precisión jurídica en lo que respecta a la conducta que pretendía sancionar”, señaló el TSJ en una nota de prensa.
Indicó que la norma imponía una pena de 1 a 3 años de cárcel al militar que cometiera “actos sexuales contra natura”, sin definir qué debe entenderse por tales actos, cuando los principios constitucionales exigen que la descripción de los delitos sean claras y precisas para evitar investigaciones y sanciones “al margen de los que quiso penar el legislador”.
“Inclusive, aun cuando se entendiera por actos sexuales contra natura a aquellos no destinados a la reproducción, dicha interpretación, a la luz de las concepciones científicas, sociales y jurídicas actuales, no resulta compatible con la Constitución ni con instrumentos internacionalmente ni válidamente suscritos”, puntualizó.
El TSJ servil a Maduro añadió que esta norma es contraria al postulado fundamental de progresividad en materia de garantía de derechos humanos.
El pasado 14 de febrero, activistas LGBTI de Venezuela exigieron al máximo tribunal una respuesta definitiva a peticiones como el matrimonio igualitario, el reconocimiento de identidad de género y la anulación de dicho artículo.
Unos 15 representantes del colectivo pidieron un “pronunciamiento definitivo” sobre demandas introducidas desde 2015 por la asociación civil Venezuela Igualitaria, relativas “al derecho al matrimonio civil igualitario”, a la “identidad de género” y al de “las personas a ser, existir y amar dentro de las Fuerzas Armadas”, dijo entonces a la agencia de noticias EFE el presidente de esta asociación, Giovanni Piermattei.
Por su parte, Yendri Velásquez, miembro del Observatorio de Violencia LGBTI, dijo a EFE que Venezuela es, “lamentablemente, uno de los últimos países en la región en avanzar en materia de derechos humanos para las personas” de este colectivo, con las que el “Estado tiene una gran deuda”.
“No nos están garantizando el derecho a nuestra integridad física y emocional, no existen políticas públicas que estén orientadas hacia ese objetivo (...) y, por eso, nos preocupa, además, el creciente espacio que se le está dando a grupos antiderechos dentro de las instituciones del Estado”, expresó Velásquez, quien espera que las autoridades “dejen de hacer promesas vacías a la comunidad LGBTI”.
En Venezuela, un hombre homosexual no puede donar sangre, una persona trans debe identificarse legalmente con un nombre que no la representa y las parejas del mismo sexo no tienen derecho a casarse, entre otras prohibiciones que enfrenta este colectivo.
En septiembre de 2022, la Misión Internacional Independiente de Determinación de Hechos de Naciones Unidas concluyó que en Venezuela se orquestó una “maquinaria” que cometió crímenes de lesa humanidad contra la disidencia, con el objetivo de mantenerse en el poder.
(Con información de EFE)
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