Todos los estados fronterizos de Venezuela son afectados por características particulares por el territorio que ocupen, por los vecinos que tienen, por la presencia de grupos irregulares y narcotráfico, por la extorsión castrense en los puntos de control y por la débil línea que hay en el cumplimiento de la ley. Pero Apure es el estado más complicado por la extensión de frontera con Colombia y los pasos terrestres, fluviales y aéreos existentes. Quizá porque la gran mayoría de su vida activa en el Gobierno ha sido detrás de los escritorios ministeriales de Caracas, el gobernador Germán Eduardo Piñate Rodríguez emitió un decreto desconociendo que finalmente se convierte en extorsión para los productores del frijol.
Con el argumento de “romper los precios especulativos, y evitar los monopolios y mafias que perjudican el sistema de precios en el territorio del estado”, el mandatario del fronterizo estado Apure, interviene en la fijación de precios en el frijol, según decreto 2015-1 del 20 de diciembre de 2022. El instrumento genera chantaje contra los productores de ese rubro y de monopolio con la empresa estatal, aunque el mandatario desmiente públicamente, a través de los medios de propaganda del Gobierno, que se les obligue a dejar a la planta el 20% de su producción además del 5% del aporte social o reserva.
La fijación de los precios del frijol traería consigo “desarrollar la fuerza de los motores productivos, para generar el nuevo sistema logístico, y formas económicas devenidas de la Gran Misión de Abastecimiento Soberano, establecidas en el Gran Objetivo Histórico Nº 3, del Proyecto Nacional Simón Bolívar, Tercer Plan Socialista de Desarrollo Económico de la Nación, 2.019-2025″, reza el decreto.
En el artículo Nº 1 se lee: “Se regula a partir del 20 de diciembre de 2022, la fijación de precios para la comercialización del frijol, arrime para la compra, arrime para la venta, y reserva de frijol para el aporte social, trámites de guiado, o permiso de movilización de frijol, entre la empresa de cereales y leguminosas la Apureña C.A, personas jurídicas y personas naturales”.
¿Quiénes son esas personas jurídicas? El decreto señala que son seis: Minimarket Cerabian C.A Rif J- 500286813, Arollanos-Villazana C.A Rif J- 410741457, Agroyoyo C.A Rif J- 404061606, Orta Comercializadora C.A Rif J- 409238393, Unidad de Producción la Morochera C.A Rif J- 11760737-9 y Agrosa C.A Rif J- 40610878-2.
Es significativo que en el instrumento legal emitido por el gobernador Piñate se establece que posee un rango sobre: comercializadores foráneos, productores internos sin financiamiento y productores internos financiados por instituciones públicas pertenecientes o adscritas a la gobernación del estado Apure.
En petros
En el artículo Nº 2 se indica que el precio de las transacciones, que bien establecieron en el “articulo Nº 1, arrime para la compra, arrime para la venta, y reserva de frijol para el aporte social, tramites de guiado, o permiso de movilización de frijol, entre la empresa de cereales y leguminosas la Apureña C.A, personas jurídicas y personas naturales” será de 0,0083 petros.
Si bien es cierto que el precio que se fija es beneficioso para la empresa del estado La Apureña, ubicada en el sector Biruaca, eso obliga a las seis empresas señaladas en el decreto a venderle al Estado un porcentaje al precio que la Gobernación fijó de forma unilateral.
Un productor, en conversación con Infobae, enfatizó que ese precio de 0,0083 es bajísimo, además de que el decreto se emitió para fijar el precio unilateralmente con el que la empresa La Apureña comprará el rubro. “Es decir que pagarán el frijol al precio que mejor les parece y nos obligan a tener que arrimar todo el producto y quien no lo haga pues no va a tener cómo comercializar su producto”.
“Los más perjudicados van a ser aquellos pequeños productores que cuando salgan al mercado, al no tener la guía, le quitarán el producto o los extorsionarán. Además el Gobernador montó un espectáculo con la maquila esa, para que los medios lo difundieran, pero La Apureña está sin funcionar”, dice finalmente el productor que habló con Infobae.
Es relevante que el decreto no estipula, en ninguno de sus articulados, el precio de comercialización final del producto, ni a las denominadas empresas foráneas, ni mucho menos a la empresa del estado La Apureña.
Un productor de la zona le dijo a Infobae que “en todo caso se puede inferir una regulación y condicionamiento de precio que solo favorece a la empresa regional La Apureña C.A, dejando la comercialización al consumidor final a un precio de estimación libre”.
Analizando la justificación que Piñate Rodríguez dio para emitir el decreto 2015-1, que sería romper la especulación de precios y acabar con el monopolio, lo que causa con el mismo es un monopolio del estado, porque se asegura de que ninguna otra empresa participe, con el control de los permisos de guiado, que se imponen en el resto de los articulados. ¿A qué empresa, que no está en la lista, le darán guías de comercialización si el Estado las emite y el estado causa el monopolio?
Los porcentajes
Piñate negó que se obligue a los productores a arrimar porcentajes del producto a la empresa de la Gobernación de Apure, lo hace a sabiendas de que el artículo Nº 3 especifica que Cereales y Leguminosas La Apureña establece que las empresas mencionadas en el decreto tienen como porcentaje mínimo de arrime el 20 % por ciento de kilogramos adquiridos a productores financiados o no financiados.
Inmediatamente, en el artículo Nº 4, se indica que las empresas descritas, están obligadas a arrimar, en calidad de aporte social, el 5% de kilogramos de frijol, adquiridos o comprados a los productores internos no financiados y productores internos financiados por instituciones públicas, “todo ello con la finalidad de garantizar la proporcionalidad de consumo interno respecto a la comercialización externa del rubro frijol, en beneficios de los intereses del pueblo”.
El artículo Nº 5 establece que todos los productores, financiados o no, le deben arrimar a la empresa La Apureña el 100 por ciento de la producción de frijol, con el precio que ellos ya establecieron.
También deja abierta la posibilidad de vender el frijol a las empresas, toda vez que contraten el servicio de maquila, que no se le fijó precio en el decreto, se indica en el artículo Nº 6.
Extorsión oficial
Ahora viene uno de los artículos tramposos del decreto, como es el Nr. 7: “Las personas perceptibles del presente decreto, quedan obligadas a generar la solvencia de arrime, emitida por la empresa de Cereales y Leguminosas La Apureña C.A, certificado que implica el cumplimiento de todas las estipulaciones establecidas del proceso de producción, arrime para la compra, arrime para la venta, comercialización, movilización, reserva del frijol con el aporte social del 5%, de la actividad productiva y comercialización, con la empresa La Apureña para subsiguientemente gestionar el trámite de guiado, o permiso de movilización fuera del territorio del estado Apure, del rubro del frijol a través del Instituto de Salud Agrícola Integral (INSAI), quien anexará, para el permiso de movilización, la Boleta de Arrime emitida por La Apureña C.A.”.
El mandatario del estado Apure, quizá no se ha percatado que ese decreto que suscribe oculta una trampa, porque obliga a los productores a venderle, de manera que las empresas, sino lo hacen, no tendrán acceso a la guía que exigen las autoridades, entre ellos la Guardia Nacional Bolivariana (GNB) en cada punto de control, convirtiéndose así en una extorsión oficial.
El gobernador Piñate fija el precio de compra y venta del rubro para la empresa del Estado, y las empresas denominadas foráneas, con los productores financiados o no, en cuanto al arrime de rubro frijol, pero no establece precio de comercialización del rubro finalmente al consumidor final. Y así, con la excusa de garantizar el consumo de frijol en el estado Apure, les quita a los productores el 5 % del rubro “por interés social y beneficio del pueblo”.
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