WhatsApp: cuáles son los puntos de la actualización cuestionados por el gobierno argentino

El Ejecutivo ordenó la suspensión de la actualización de las nuevas condiciones del servicio por seis meses o hasta que concluyan las investigaciones en curso contra la empresa

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La nueva política de uso de WhatsApp comenzó a regir el 15 de mayo (REUTERS/Rupak De Chowdhuri/File Photo)
La nueva política de uso de WhatsApp comenzó a regir el 15 de mayo (REUTERS/Rupak De Chowdhuri/File Photo)

El 15 de mayo comenzó a regir la nueva política de privacidad de WhatsApp que implica algunos cambios vinculados a actualizaciones relacionadas con las funciones opcionales para las compañías. En este sentido está la opción de habilitar el servicio de atención al cliente, el cual simplificará el proceso a la hora de chatear con negocios que podrían usar los productos para empresas de Facebook.

Por otra parte, las empresas podrán utilizar los servicios de alojamiento web de Facebook si así lo desean. Cuando esto ocurra, el usuario verá una notificación en el chat con la compañía para que pueda decidir si quiere seguir conversando o no con esa cuenta.

Al igual que con otros anuncios en Facebook, si se elige hacer clic en ellos, esta información podría utilizarse para personalizar los anuncios que se vean en esa red social. Es importante recordar que, ni WhatsApp ni Facebook pueden ver el contenido de los mensajes cifrados de extremo a extremo.

Algunas empresas con tiendas en Facebook o Instagram también pueden tener la tienda en su perfil de empresa de WhatsApp. Esto permitirá observar los productos de una empresa en Facebook e Instagram y hacer la compra directamente en WhatsApp. Si se elige interactuar con las tiendas, se informará en WhatsApp cómo se comparten sus datos con Facebook.

La decisión de suspender las actualizaciones

En este contexto, el Gobierno Nacional ordenó la suspensión de la actualización de las nuevas condiciones del servicio por seis meses o hasta que concluyan las investigaciones en curso contra la empresa.

Este lunes, a través de la Resolución 429/2021 publicada en el Boletín Oficial la Secretaría de Comercio dispuso que las filiales argentinas de WhatsApp y Facebook se abstengan de de implementar y/o suspender la actualización de las condiciones de servicio y política de privacidad de la aplicación WhatsApp en la Argentina, “por el término de 180 días o hasta la finalización de la investigación que tramita por el presente expediente, lo que suceda primero de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 44 de la Ley N° 27.442″.

Esta medida cautelar de la Secretaría de Comercio surgió a raíz de un informe de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia.

¿Qué pasa después de que recibo un recordatorio persistente? En ese momento, te encontrarás con una funcionalidad limitada en WhatsApp hasta que aceptes las actualizaciones. Esto no sucederá para todos los usuarios al mismo tiempo, explican desde la empresa
¿Qué pasa después de que recibo un recordatorio persistente? En ese momento, te encontrarás con una funcionalidad limitada en WhatsApp hasta que aceptes las actualizaciones. Esto no sucederá para todos los usuarios al mismo tiempo, explican desde la empresa

Los dos grandes puntos que se plantean:

Según la Secretaría de Comercio

Por un lado está la presunta infracción de los Artículos 1° y 3°de la Ley 27.442 de Defensa de la Competencia, planteada por la Secretaría de Comercio a cargo de Paula Español.

Posición dominante

Se estima que más del 76% de los usuarios de telefonía móvil usan WhatsApp lo cual indica que hay una posición dominante de la compañía en el mercado.

También se plantea que hay una asimetría entre el poder de negociación del usuario y WhatsApp porque, dado al uso extensivo del servicio y a la imposibilidad de continuar usando la plataforma si no se aceptan las nuevas condiciones, se verán obligados a aceptar la nueva política de privacidad.

En relación a este punto, cabe aclarar que WhatsApp explicó justamente que eventualmente quienes no acepten la nueva normativa verán gradualmente sus funciones limitadas, con lo cual no hay opción de seguir utilizando plenamente el servicio sin aceptar las nuevas condiciones.

Excesiva recopilación de datos

Otro punto que plantea la Secretaría de Comercio es que “de verificarse el intercambio de información de los usuarios establecida para el día 15 de mayo del corriente año, se estaría conformando una base de datos de usuarios con un nivel de detalle no replicable por otras empresas, dando lugar a potenciales conductas exclusorias y explotativas”.

En este sentido se considera explotativa “la irrazonable y excesiva recopilación de información de los usuarios de estas plataformas; la ausencia de opciones reales para los usuarios de estas plataformas para limitar el tratamiento de su información por fuera de la plataforma en la que fue requerida u obtenida; y la subordinación de la prestación del servicio de mensajería de WhatsApp a la aceptación de la actualización de las condiciones de servicio y política de privacidad de la compañía”,

Se subraya que la recopilación e intercambio de datos que podría considerarse excesivo le estaría dando ventaja competitiva a Facebook que es un actor dominante del mercado.

“Asimismo, podría verificarse la exclusión de competidores de FACEBOOK INC. y sus controladas, en virtud de un abuso por el tratamiento, entrecruzamiento y consolidación de la información obtenida de los usuarios de todas sus plataformas, práctica que proporcionaría al grupo Facebook una ventaja competitiva difícilmente reproducible por sus competidores en el mercado de publicidad online”, se menciona.

La compañía todavía no se pronunció en relación a estos puntos planteados por la Secretaría de Comercio que derivaron en la suspensión de la actualización del servicio.

Según la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales

Por otro lado hay un requerimiento de información a WhatsApp por parte de la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales para saber si las nueva políticas se adaptarán a la legislación argentina, puntualmente a la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales, el Decreto reglamentario 1558/01 y la Ley 27.483 que aprueba el Convenio para la Protección de las Personas con respecto al Tratamiento Automatizado de Datos de Carácter Personal del Consejo de Europa.

Hubo un primer requerimiento el 3 de marzo y la empresa contestó algunos puntos y otros de forma inespecífica por eso se solicitó un nuevo requerimiento hace unos días, según explicaron a Infobae desde la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales.

El 19 de mayo se vence el plazo para que la compañía responda este segundo pedido y en función de lo que se responda se podrá determinar si hay una infracción de la normativa vigente en el país o no en relación al tratamiento y recopilación de datos personales.

En relación a ese punto, la compañía dijo la semana pasada lo siguiente:

WhatsApp está en contacto con las autoridades competentes y continuará brindando la información necesaria sobre la actualización de la política de privacidad. La empresa resalta que no se eliminará la cuenta de ningún usuario ni se quitará el acceso a las funciones de WhatsApp el 15 de mayo y en las semanas siguientes debido a esta actualización”.

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