
Cinco integrantes del Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB) recuperaron la libertad en la causa que investiga presuntas torturas y abusos sexuales contra mujeres detenidas en la Unidad Penal N° 51 de Magdalena. La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de La Plata concluyó que, por ahora, no había elementos suficientes para sostener sus prisiones preventivas. Otras cuatro penitenciarias continuarán detenidas.
La decisión revisó las medidas que el Juzgado de Garantías N° 4 de La Plata había dictado el 28 de septiembre. El expediente, que tramita ante la Unidad Funcional de Instrucción N° 11, investiga hechos denunciados el 3 de junio de 2026 durante un operativo dentro de la cárcel.
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Según informó 0221, las denuncias incluidas en la causa describen golpes, amenazas, humillaciones, uso de gas pimienta y episodios de violencia sexual. También se investigan agresiones contra detenidas esposadas, traslados violentos, exigencias para que algunas internas besaran las botas del personal y cuestionamientos sobre la atención sanitaria posterior y el registro de lesiones.
El fallo estableció diferencias entre los nueve integrantes del SPB alcanzados por medidas cautelares. Para los cinco liberados, los camaristas entendieron que las pruebas reunidas no alcanzaban el nivel de sospecha requerido para mantener una prisión preventiva. Esa decisión no implica un cierre de la causa ni una absolución.
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La Cámara dispuso la libertad por falta de mérito de Miguel Ángel Villota, subdirector de Inclusión; Carlos Miguel Tocci, subdirector de Seguridad; Agustina Ailén Oroná, encargada de turno; y Gisela Mailín Iguarán, integrante del Grupo de Intervención ante Emergencias. También revocó la preventiva de la enfermera Raquel Noemí Boccardo, aunque mantuvo la imputación en su contra por incumplimiento de los deberes de funcionario público y le concedió la excarcelación bajo caución juratoria.
En el caso de Villota, los testimonios lo ubicaron en la Unidad 51 durante los hechos. Sin embargo, los jueces señalaron que esos elementos no permitían atribuirle una intervención directa en las agresiones ni establecer que hubiera impartido órdenes relacionadas con los delitos denunciados.
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Para Tocci, la resolución advirtió contradicciones entre la descripción física dada por una denunciante y otros datos aportados al expediente. El exsubdirector de Seguridad había sido imputado por presuntos actos de tortura, abuso sexual e incumplimiento de sus deberes como funcionario público.
Respecto de Oroná, la Cámara sostuvo que no encontró elementos para asignarle una participación concreta en los hechos. Además, ordenó excluir una imputación por abuso sexual que había quedado incluida en la parte resolutiva de la decisión de primera instancia. En cuanto a Iguarán, el tribunal consideró que su presencia en el operativo y el uso de gas pimienta no bastaban para vincularla con las torturas y agresiones sexuales denunciadas.
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Tres imputadas enfrentan cargos por torturas y abusos sexuales
Las cuatro penitenciarias que siguen detenidas no enfrentan las mismas acusaciones. Daiana Belén Balmaceda, María Belén Toledo y Daiana Ayelén Villafañe están imputadas como presuntas autoras de torturas e incumplimiento de los deberes de funcionario público. Además, la acusación las señala como coautoras de abuso sexual con acceso carnal gravemente ultrajante, agravado por haber sido atribuido a personal de las fuerzas de seguridad.

En cambio, Florencia Anahí Ortiz, inspectora de Vigilancia, está acusada de tortura e incumplimiento de los deberes de funcionario público. La Cámara confirmó su prisión preventiva al considerar que había señalamientos directos sobre acciones presuntamente vinculadas con las agresiones, además de elementos que la ubicaban en el lugar.
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Balmaceda era jefa de Vigilancia y Tratamiento; Toledo se desempeñaba como subjefa de Vigilancia; y Villafañe cumplía funciones como coordinadora de Régimen Abierto. Para los jueces, existen declaraciones de las denunciantes que identifican a las tres y describen conductas específicas atribuidas a cada una durante los procedimientos investigados.
El tribunal también valoró los testimonios de otros agentes penitenciarios que las ubicaron en distintos sectores del establecimiento. Esas declaraciones mencionaron comportamientos y expresiones intimidatorias, aspectos que la Cámara evaluó junto con los relatos de las internas. Ese conjunto de elementos fue considerado suficiente, en esta etapa, para mantener las cuatro prisiones preventivas.
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Las defensas de los acusados sostuvieron que el personal actuó de acuerdo con los protocolos ante una situación de conflicto dentro de la cárcel. También plantearon que algunas internas podían haber organizado las denuncias para desplazar a autoridades de la unidad, después de operativos contra la presencia de drogas en el establecimiento.
La Cámara consideró que esa hipótesis no tenía respaldo suficiente para desvirtuar los elementos reunidos contra las cuatro detenidas. En particular, señaló que un mensaje de WhatsApp presentado como descargo no contaba con trazabilidad ni con otros datos que permitieran sostener la existencia de una denuncia planificada.
La resolución fue notificada el jueves 5 de noviembre. La investigación continuará en la UFI N° 11 de La Plata y el Juzgado de Garantías N° 4 deberá intervenir en el cumplimiento de las medidas dispuestas por la Cámara.
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