El Tribunal Oral Federal N°2 de Salta condenó a dos cajeros del Banco Nación por robar dinero de clientes que realizaban depósitos en la sucursal de Orán. Silvia Verónica Castro recibió una pena de dos años de prisión en suspenso y Fernando Horacio Arias Knudsen, seis meses, también en suspenso.
El juez Domingo Batule los declaró responsables del delito de estafa en concurso ideal con incumplimiento de los deberes de funcionario público. Ambos también quedaron inhabilitados para ejercer cargos públicos por el doble del tiempo de sus condenas. Es decir, Castro deberá cumplir una inhabilitación de cuatro años, mientras que Arias Knudsen no podrá ocupar cargos públicos durante un año.
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Además, deberán someterse durante dos años al control de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal y abstenerse de consumir estupefacientes o abusar de bebidas alcohólicas, entre otras reglas de conducta impuestas por el magistrado.
La información fue difundida por el Ministerio Público Fiscal, que intervino en el debate a través del fiscal federal Marcos Romero, titular de la Sede Fiscal Descentralizada Orán.
La investigación había identificado 22 maniobras realizadas en 2023: 20 atribuidas a Castro y dos a Arias Knudsen. El tribunal consideró acreditados 18 hechos, de los cuales 17 correspondieron a la cajera y uno a su pareja.
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La modalidad consistía en retirar algunos billetes de los fajos que los clientes entregaban para depositar. Castro trasladaba el dinero hacia una máquina contadora ubicada fuera del campo visual de los depositantes y ocultaba parte de los billetes en un folleto publicitario de la entidad.
En algunos casos, la sustracción se producía antes de que el efectivo pasara por la máquina. En otros, ocurría después de una primera cuenta. La distribución de las cajas y la presencia de un vidrio esmerilado impedían que los clientes observaran el procedimiento.

Las víctimas eran, en su mayoría, clientes habituales que depositaban sumas importantes, entre ellos representantes de empresas locales. Cuando aparecía una diferencia, varios asumían que se habían equivocado al contar el dinero y reponían el faltante sin presentar reclamos.
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La maniobra -conocida como “pellizco” en la jerga policial- quedó al descubierto el 17 de noviembre de 2023. Un compañero de trabajo de Castro advirtió que la mujer retiraba billetes de un depósito y los guardaba en un folleto. Luego revisó el material y encontró el dinero que había sido separado del fajo.
A partir de ese episodio, las autoridades del banco revisaron las cámaras de seguridad. Las imágenes, registradas desde el 19 de julio de 2023, permitieron detectar otras operaciones similares y dieron origen a la denuncia penal.
Durante el juicio se exhibieron los videos y declararon clientes que habían sufrido faltantes. Varios aseguraron que desconocían que el dinero había sido retirado y que, hasta entonces, habían atribuido las diferencias a errores propios.
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Los condenados negaron los hechos y sostuvieron que la acusación respondía a conflictos laborales dentro de la sucursal. Sin embargo, el juez descartó esa explicación, valoró el abuso de confianza hacia los clientes y señaló que la maniobra también afectó la imagen de la entidad bancaria.
El fiscal Romero había solicitado dos años y seis meses de prisión en suspenso para Castro y un año para Arias Knudsen. La sentencia finalmente fijó penas menores, aunque mantuvo la calificación legal planteada por la acusación.
Los damnificados ahora podrán iniciar reclamos por los perjuicios sufridos.

Castro tenía una trayectoria de más de 30 años de trabajo en esa sucursal. En su alegato, el fiscal resaltó que ninguno de los acusados atravesaba una situación de necesidad económica que pudiera explicar su accionar. Al respecto, recordó un informe que daba cuenta de que ambos residían en una vivienda de importantes dimensiones, en un buen barrio, y que en el mismo inmueble funcionaba un comercio de venta de piscinas y productos de limpieza.
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Romero señaló que, sumados los ingresos provenientes de esa actividad comercial y de sus salarios, los condenados contaban con un buen nivel económico.
“Solo la necesidad de lucro es lo que los ha motivado a cometer estos hechos”, concluyó el juez Batule en su resolución.
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