
El Tribunal Penal Colegiado N° 2 de Maipú condenó a un ex policía de Mendoza, acusado de haber torturado y golpeado a dos detenidos, que se encontraban alojados en la comisaría 10 de esa localidad el día de los hechos. Durante el mismo proceso, otro ex agente fue acusado de haber sido testigo y no intervenir en los hechos.
El fallo, dictado por el juez Luis Correa Llanos en el Polo Judicial provincial, impuso una pena de 6 años y 6 meses de prisión e inhabilitación por 10 años para ejercer cargos públicos a Juan Adolfo Vega Agüero, quien ocupaba el cargo de ex auxiliar de la fuerza de seguridad. Además, el ex oficial subayudante Marco Antonio Mamaní recibió 3 años de prisión en suspenso, inhabilitación por 5 años y la obligación de cumplir reglas de conducta.
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La Fiscalía de Homicidios, bajo la dirección de la fiscal Andrea Lazo, había solicitado penas idénticas a las finalmente impuestas por el tribunal. De esta manera, Vega Agüero fue encontrado culpable de los delitos de lesiones graves calificadas, vejaciones agravadas y amenazas coactivas.
De acuerdo con la información publicada por Los Andes, el primer episodio se produjo el 20 de octubre de 2020, alrededor de las 22:30 horas. En ese momento, P. A. R., quien había ingresado a la dependencia policial bajo una simple averiguación de antecedentes, fue sometido a una serie de agresiones físicas y tratos degradantes a manos de Vega Agüero.
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Según la acusación, el ex policía golpeó reiteradamente al detenido, quien se encontraba esposado y arrodillado. Como resultado de la golpiza, el acusado le ocasionó una fractura mandibular y lesiones con una incapacidad laboral superior a un mes.
Al mes siguiente, el 7 de noviembre de 2020, cerca de las 19.30 horas, la víctima fue nuevamente atacada por el ex auxiliar policial mientras permanecía en los calabozos de la comisaría situada en la calle Padre Vázquez 110.
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Sobre esa jornada, en el informe judicial detallaron que el ex policía obligó al detenido a limpiar un vómito con las manos y una prenda, para luego golpearlo en las costillas y el abdomen, provocando que cayera al suelo. Una vez en el piso, continuó la agresión con más golpes y dos puntapiés que derivaron en la rotura de costillas y bazo.
En simultáneo, el relato judicial presentado en el juicio señaló que durante esta última agresión, Marco Mamaní presenció los hechos desde la puerta de los calabozos sin intervenir ni alertar a sus superiores sobre las agresiones que estaban ocurriendo.
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Por otro lado, los exámenes realizados por el Cuerpo Médico Forense confirmaron que las lesiones sufridas por la víctima requerían más de un mes de recuperación. Asimismo, los profesionales indicaron que la gravedad de estas causaba inutilidad temporal para el trabajo.
No obstante, en la causa también se mencionó como fecha clave que el 10 de noviembre de 2020, tras regresar del Cuerpo Médico Forense, la víctima fue objeto de amenazas por parte de Vega Agüero. Según declaró, el ex policía le había exigido que se retractara de su declaración ante la médica forense y amenazó con presentar falsos testigos que declararían en su contra si no lo hacía.
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Frente a la cantidad de pruebas presentadas por la fiscal Lazo, el tribunal consideró probada la participación de los acusados en los hechos y dictó las penas solicitadas por la Fiscalía de Homicidios, en línea con lo que exige la normativa vigente para delitos de esta gravedad.
Condenaron a cuatro policías por detener, torturar y amenazar a siete jóvenes de Rosario
A siete años del episodio, cuatro policías fueron condenados a prisión efectiva por las vejaciones agravadas cometidas en contra de siete jóvenes de entre 21 y 24 años en la ex Comisaría 14.ª de Rosario. Los hechos ocurrieron la madrugada del 23 de marzo de 2018, cuando las víctimas fueron detenidas, torturadas y amenazadas tras ser interceptadas por patrulleros. Sin embargo, otros ocho policías recibieron condenas por omisión de denuncia, y nueve resultaron absueltos.
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El tribunal integrado por Florentino Malaponte, Fernando Sosa y Gonzalo López Quintana sentenció a Roberto Salinas, Santiago Morgan, Sergio Romero y Diego Ojeda. Los tres primeros recibieron cuatro años de prisión y inhabilitación perpetua por vejaciones agravadas, lesiones leves dolosas y falsedad ideológica de instrumento público agravada por su condición de policías. Ojeda fue condenado a tres años y seis meses de prisión, al no atribuírsele falsedad ideológica.
La fiscal Karina Bartocci había solicitado penas de entre cinco y diez años de prisión, aunque la sentencia fue menor. A pesar de esto, Bartocci expresó conformidad con que los responsables hayan sido condenados, pero señaló que el Código Penal establece un mínimo de un año para el delito de vejaciones, lo que implica una pena baja frente a la gravedad de los hechos.
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De acuerdo con la información publicada por Rosario 3, el proceso judicial involucró a 21 policías. Según la reconstrucción de la Fiscalía, la noche de los hechos, dos jóvenes se alejaron en motocicleta hacia un kiosco y fueron seguidos por un patrullero sin luces ni identificación. Ariel G. y Gastón F. interceptaron al conductor, lo golpearon y esposaron pese a comprobar que la moto era de su propiedad.
Simultáneamente, Mariano S. y Erica D. abordaron a la acompañante, la forzaron a ingresar al móvil policial y agredieron a otro joven con un golpe en la frente usando un arma reglamentaria. Así, los jóvenes fueron trasladados a la ex Comisaría 14.ª, donde los seis varones quedaron esposados entre sí y de pie durante horas, sufriendo insultos, burlas y amenazas de muerte.
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En el interior, Mariano S. y Erica D. documentaron la escena con sus teléfonos celulares. De esta manera, el expediente judicial incluyó pruebas de que cortaron el cabello a una de las víctimas como forma de castigo y que uno de los jóvenes fue herido con una escopeta antitumulto al intentar escapar.
Finalmente, el fallo sentó un antecedente sobre la respuesta judicial a la violencia institucional ejercida por fuerzas de seguridad. La acusación incluyó también cargos de hurto y falsedad ideológica, de los que varios resultaron absueltos. La resolución distinguió entre los autores materiales de los abusos y quienes, en funciones de garantes de la ley, permitieron la impunidad al no denunciar los hechos.
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