La Cámara Segunda del Crimen de Río Cuarto confirmó la elevación a juicio de los únicos dos imputados por la causa iniciada por Pablo Musse, el hombre que denunció a las autoridades por no poder viajar a Córdoba durante la pandemia de COVID-19 para despedirse de su hija Solange Musse, quien cursaba un cáncer de mama terminal y murió a mediados de agosto de 2020. Asimismo, el tribunal aceptó la solicitud para que el ex presidente Alberto Fernández sea investigado por el hecho.
La investigación derivó en la acusación del médico Eduardo Javier Andrada, quien en ese momento era director del Hospital de Huinca Renancó y estaba a cargo del Centro de Operaciones de Emergencia (COE), y Analía Morales, una mujer que trabaja en el mismo organismo cuando ocurrió la denuncia. Ambos enfrentarán cargos como presuntos coautores de los delitos de abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público.
El caso tomó relevancia pública a mediados de 2020, cuando a Pablo Musse se le impidió viajar a la provincia de Córdoba para despedirse de su hija Solange, quien padecía cáncer de mama en estadio 4 con metástasis y falleció poco después. El 15 de agosto de ese año, el hombre había emprendido un viaje desde Neuquén hacia la localidad cordobesa de Alta Gracia para visitar a la joven en el Sanatorio Allende, pero nunca pudo llegar porque le impidieron el paso en el puesto de control sanitario de Huinca Renancó, ubicado en el sur cordobés.
La reciente resolución de la Cámara también avaló un planteo del juez de Control de Huinca Renancó, Claudio Mazuqui, quien solicitó investigar al ex presidente Alberto Fernández por su posible responsabilidad en las políticas y decisiones implementadas en ese contexto. En línea con esto, el magistrado señaló que podrían haberse producido omisiones por parte de la máxima autoridad del Poder Ejecutivo en ese momento y otros funcionarios involucrados.
“La Cámara confirma el auto que nosotros, junto con mi equipo de trabajo, dedicadamente y con mucho compromiso, hemos solicitado”, expresó Mazuqui durante una entrevista con el medio local Cadena 3. De la misma manera, remarcó: “No olvidemos que, en ese momento, la falta de humanidad privó a muchas personas de despedirse de sus seres queridos”.
Por este motivo, el juez amplió: “Pedimos que se investigue a los funcionarios que actuaron en ese momento, ya que privaron a muchos de dar el último adiós a sus familiares”. Asimismo, resaltó la importancia de analizar el rol de las autoridades responsables en la implementación de estas normativas, debido al impacto que tuvo el caso a nivel local y nacional.
Luego de que se confirmara la muerte de la joven el 21 de agosto de 2020, es decir, una semana más tarde de que el padre de Solange no pudiera continuar el viaje por no poseer un hisopado con resultado negativo de COVID-19. Por esta razón, el hombre denunció penalmente a un sargento primero de la Policía Caminera, con base en Huinca Renancó; dos médicos del Centro de Operaciones de Emergencia (COE), dependiente del Ministerio de Salud de Córdoba; y a una trabajadora social en esa órbita.
Según reconstruyó el fiscal Marcelo Saragusti, titular de la Fiscalía de Instrucción de Huinca Renancó, Musse viajaba acompañado de su cuñada, Paola Oviedo, una persona que diferentes discapacidades, cuando les solicitaron que se frenen en la banquina hasta que comenzara el horario de los testeos. “En el horario indicado personal de ‘Emerghr’, empresa contratada para efectuar los testeos, testeó a Pablo Musse con test rápido de detección de anticuerpos, los que arrojaron resultados positivos en dos oportunidades, que no fueron confirmativos del diagnóstico de COVID-19, el cual debía confirmarse por prueba P.C.R.”, cuestionó.
De la misma manera, precisó que las autoridades se comunicaron con los doctores Andrada, director del Hospital de Huinca Renancó y a cargo del COE local, y Sergio José Alí, médico policial, quienes estaban al frente del operativo y tenían “conocimiento de la situación de emergencia impostergable” por la que atravesaba el padre de Solange.
Asimismo, se consultó a la asistente social Analía Morales, quien también se encontraba a cargo del puesto sanitario, y “todos en conjunto acordaron que debía impedirse el paso” de este hombre y obligarlo a volver a Neuquén. “Con tal decisión, asumida en conjunto por Alí, Andrada y Morales desatendieron la directriz que ordena que para estos supuestos impostergables, se debe escoltar hacia el domicilio de la persona discapacitada y al de residencia de quien, por su padecimiento límite, hacía impostergable su presencia”, sostuvo el fiscal, tras mencionar que el hombre nunca había tenido síntomas compatibles con la enfermedad, ni estaba infectado, según confirmó una tercera prueba que se realizó al regresar a su ciudad de residencia.