Sobreseyeron a una mujer que mató a su pareja para defenderse de un ataque: “Fue un acto de supervivencia frente a una amenaza”

Uno de los pilares de la Justicia fue el reconocimiento de los antecedentes de violencia de género sistemática que sufrió Laura Beatriz Herrera (29) durante su relación con Sergio Gastón Pavón, que tenía 47 años cuando murió en 2020

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Laura Beatriz Herrera
Laura Beatriz Herrera

La Justicia resolvió sobreseer a una mujer que mató a su pareja a puñaladas en 2020 en su casa de Lomas de Zamora: consideró que actuó en legítima defensa cuando el hombre trató de estrangularla y en el marco de un contexto de violencia de género que había llevado a la víctima a denunciarlo ante un Juzgado de Familia, que dictó medidas de protección, aunque insuficientes para evitar nuevos ataques.

“Fue una reacción desesperada”, según el fallo al que accedió Infobae.

Fue el Juzgado de Garantías N° 8 de Lomas de Zamora el que resolvió en las últimas horas sobreseer a Laura Beatriz Herrera (29), quien había sido acusada de homicidio agravado por el vínculo tras la muerte de su ex pareja Sergio Gastón Pavón (47) por la fiscal Marcela Juan.

El juez Gabriel Vitale consideró que Herrera actuó en legítima defensa en el contexto de una relación marcada por episodios previos de violencia de género. La defensa de la mujer estuvo a cargo de Raquel Hermida Leyenda.

La foto de la mujer cuando fue detenida durante los primeros días de agosto
La foto de la mujer cuando fue detenida durante los primeros días de agosto

El crimen ocurrió la madrugada del 22 de julio de 2020, en el domicilio ubicado la calle La Haya al 600, en la localidad de Villa Centenario. Allí, Herrera le asestó dos puñaladas en el muslo derecho de Pavón, causándole una hemorragia aguda que lo llevó a la muerte.

Según la mujer, respondió a un violento altercado iniciado por Pavón, quien la habría agredido físicamente y tratado de estrangularla. En ese contexto y en medio del forcejeo, alcanzó un cuchillo en la cocina y lo utilizó para defenderse. Declaró que su intención no era causar la muerte de su ex, sino frenar un ataque que puso en riesgo su vida.

Tras el incidente, ella solicitó ayuda de emergencias, pero Pavón murió antes de recibir asistencia médica.

La Justicia valoró numerosos elementos para sustentar su resolución:

  • Pruebas forenses: El protocolo de autopsia determinó que Pavón murió por lesiones en la arteria y vena femoral, pero concluyó que estas heridas fueron fortuitas y no resultado de una intención deliberada de causar la muerte.
  • Testimonios: Personas cercanas a Herrera declararon que ella había sido víctima de violencia física y psicológica recurrente por parte de Pavón. Una amiga cercana dijo haberla visto con marcas de golpes y moretones en múltiples ocasiones y relató episodios en los que era encerrada en su domicilio. Mientras que su cuñada habló de incidentes en los que el fallecido la agredía durante discusiones.
  • Denuncias previas: En el marco de una relación de pareja que duró más de dos años, Herrera había presentado denuncias por violencia de género ante el Juzgado de Familia N° 11 de Lomas de Zamora. Este tribunal dictó medidas de protección, incluyendo la restricción perimetral y el cese de hostigamiento por parte de Pavón. Sin embargo, estas acciones no lograron prevenir nuevos episodios de agresión. Esos ataques sistemáticos fueron uno de los pilares fundamentales para justificar el sobreseimiento de la mujer.
La Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Lomás de Zamora revocó la prisión domiciliaria en octubre de 2029
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Perspectiva de Género

El tribunal reconoció que este entorno de agresiones generó en Herrera un estado de alerta constante y temor por su seguridad. Este contexto fue esencial para interpretar su reacción durante el altercado del 22 de julio de 2020, cuando actuó en legítima defensa al verse atacada por Pavón.

La sentencia enfatizó que la situación de violencia previa no puede desvincularse del análisis del hecho. En palabras del fallo, las agresiones no deben considerarse eventos aislados, sino parte de un proceso de violencia continuada que “condicionó la conducta de Herrera”.

Este enfoque contextualizado, y con perspectiva de género, permitió entender que el acto de Herrera no fue una agresión deliberada, sino “un acto de supervivencia frente a una amenaza inmediata”.

“El sobreseimiento implica la libertad absoluta y definitiva antes del juicio. Esta chica no va a ir a debate oral, es el primer caso así para una mujer que se defendió en un homicidio agravado por el vínculo”, contó en diálogo con Infobae la abogada Raquel Hermida Leyenda, defensora de Laura Herrera.

En este marco, el juez Vitale concluyó que Herrera actuó en defensa propia, sin intención de provocar la muerte de Pavón. Se consideró que el uso del cuchillo fue una reacción desesperada y proporcional al ataque violento que enfrentaba.

El fallo subraya que, en casos de violencia de género, la legítima defensa debe interpretarse de manera contextualizada, teniendo en cuenta las condiciones de desventaja física, psicológica y social en las que se encuentra la víctima.

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