
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes condenó a 8 años de prisión a seis de los militares acusados de la muerte de Matías Chirino, el soldado de 22 años que perdió la vida en 2022, luego de haber sido sometido a un salvaje ritual de “bautismo” en el Casino de Oficiales del Grupo de Artillería de Monte 3, ubicado en Paso de los Libres. Los otros tres oficiales acusados en la causa fueron absueltos.
Los condenados son los capitanes Rubén Darío Ruiz, Claudio Andrés Luna y Hugo Reclus Martínez Tárraga, el teniente Exequiel Emanuel Aguilar, el teniente primero Darío Emanuel Martínez y el subteniente Luis Facundo Acosta. Fueron hallados culpables de ser coautores de los delitos abandono de persona en concurso con abuso de autoridad.
También fueron condenados por abuso de autoridad en perjuicio de los subtenientes Rufino Ezequiel Meza y Jorge Manuel Chaile, quienes -al igual que Matías- estaban a punto de iniciar su carrera militar.
Por su parte, el también subteniente Gerardo Sebastián Bautista, el teniente Franco Damián Grupico y la subteniente Claudia Daniela Cayata -estos dos últimos señalados como partícipes necesarios-, fueron absueltos.
Ninguno de los nueve imputados fue condenado por homicidio, la calificación que llegó al juicio. Una vez que firme, Bautista, quien llegó detenido al debate- será excarcelado.

El debate, presidido por el juez Víctor Alonso, junto a los magistrados Fermín Ceroleni y Juan Manuel Iglesias, comenzó a principios de octubre. El titular de la Fiscalía General de Corrientes, Carlos Schaefer, consideró que los acusados debían cumplir una condena de 20 años en prisión, mientras que la defensa de la familia Chirino pidió penas de 21 años de cárcel para los coautores del hecho. Para los otros dos, el fiscal pidió 8 años, mientras que la familia exigió que fueran condenado a 9.
Los resuelto por el tribunal está muy por debajo de las pretensiones del Ministerio Público Fiscal y de la querella. Los fundamentos del tribunal para su veredicto se leerán el próximo 5 de diciembre.
“Para nosotros fue salvaje y bestial lo que tuvo que soportar Matías Chirino. Por eso pedimos 21 años de pena”, explicó el abogado querellante, Claudio Orosz, en su momento. El padre de la víctima, Ezequiel Chirino, describió a los acusados como “personas sádicas, que le quitaron la vida, le hicieron abandono de persona, lo tiraron al piso en un colchón a la suerte de nadie”.
Chirino murió el 19 de junio de 2022 en el Casino de Oficiales del Grupo de Artillería de Monte 3, en Paso de los Libres. Según se consigna en la acusación, durante la fiesta, a él y a otros dos compañeros los obligaron a beber alcohol en exceso y a sumergirse en una pileta con temperaturas bajo cero. A lo largo de la madrugada en la que se produjo el bautismo, se constató que los soldados novatos fueron sometidos a realizar tareas denigrantes.
“Con el estómago vacío los obligaron a beber alcohol en exceso, extendiéndole sus copas, una de ella conteniendo vino con abundante sal, bajo la orden ‘tome, tome’, provocando que perdieran el conocimiento”, detallaron. Asimismo, les exigieron que se colocaran la ropa de verano ante temperaturas de entre 4 y 2 grados y se sumergieran a la pileta del casino de oficiales cuya agua se encontraba sucia, por un tiempo de 30 segundos aproximadamente.

Con el paso de las horas, las víctimas fueron perdiendo el conocimiento por la intoxicación alcohólica y las demás circunstancias de maltrato. En este contexto fueron abandonados en el lugar, donde quedaron recostados en unas colchonetas que estaban tiradas en el piso hasta las 06:09 que se emitió una alerta por el grave estado en el que se encontraba uno de los subtenientes, el joven Chirino.
De acuerdo con la autopsia, la causa de muerte fue una broncoaspiración, ocurrida después de que Chirino vomitara en estado de inconsciencia. Se detectaron 1,45 gramos de alcohol por litro de sangre en su organismo. Por este motivo, el Tribunal Oral Federal de Corrientes le atribuyó a los imputados el haber provocado la muerte del joven producto de “los maltratos que le dispensaron prevaliéndose de la autoridad que tenían sobre él”.
El caso Chirino impulsó que el entonces ministro de Defensa, Jorge Taiana, prohibiera la autorización y realización de festejos, “ritos y ceremonias de inicio”, reuniones sociales o cualquier tipo de actividad; así como también el ingreso, provisión y consumo de bebidas alcohólicas dentro de unidades y establecimientos militares con motivo del comienzo o la finalización de actividades de formación o entrenamiento.
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