A más de cuatro años del crimen de Fernando Báez Sosa en Villa Gesell y el comienzo de su respectiva investigación, la Justicia rechazó la demanda realizada por Pablo Ventura contra el Poder Judicial y el Ministerio Público Fiscal bonaerense por los daños que sufrió al principio del procedimiento, cuando lo detuvieron luego de que lo acusaran falsamente de haber participado en el ataque fatal ocurrido en enero de 2020.
El reclamo había sido presentado en noviembre de 2021 por su abogado patrocinante, Marcelo Olmos, quien definió como “infundada e injusta” la captura al joven de Zárate que permaneció preso durante cuatro días. Su aprehensión se concretó luego de que fuera mencionado como parte del grupo que golpeó brutalmente a Fernando a la salida de un boliche.
Por su paso por el calabozo y la consecuente exposición pública que sufrió su cliente -que ni siquiera estaba en la ciudad balnearia cuando se cometió el asesinato- fue que el letrado le exigió un total de 10 millones de pesos al Estado a modo de resarcimiento.
El expediente lo tramitó el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N°1 de Dolores. Y este viernes, finalmente, tuvo resolución: según indicaron fuentes del caso a Infobae, las autoridades no dieron lugar a la demanda tras considerar que “no existe una actuación material imputable” a las partes acusadas.
En detalle, el fallo señala que el Estado no tuvo responsabilidad en la “pérdida de la libertad y la alteración de la paz” de Ventura, ni en “la exposición pública resultante, con la consecuente violación de su privacidad e intimidad”, tal como se había señalado en el documento presentado por el representante del joven. “Se ha entendido que el error judicial puede tener su origen en una actuación ilegítima por parte del funcionario interviniente o simplemente en un pronunciamiento que presente marcados sesgos de arbitrariedad”, alegaron en la resolución judicial.
La demanda de Ventura al Estado
Olmos había denunciado el accionar del Ministerio Público Fiscal al comienzo de la investigación por el caso de Báez Sosa y lo acusó de que “sin detenerse siquiera a evaluar la seriedad y procedencia del ‘dato’ hizo suya la versión del personal policial y con estos elementos paupérrimos e infundados ordenó la detención de su cliente”.
“Lo razonable, aconsejable y deseable hubiera sido que exigiera una mínima acreditación de la hipótesis planteada por la investigación e inquiriera del personal policial el origen del ‘dato’ y que plasmara por escrito el origen de la información arrimada para dar sustento lógico a la medida cautelar ordenada”, reclamó el abogado de Ventura en 2021.
La demanda continuaba: “(...) La mera insinuación de la supuesta existencia de una denuncia anónima alegada por la policía no es razón suficiente para que nos encontremos dentro de los conceptos de ‘causa probable’, ‘sospecha razonable’ o ‘razones urgentes’ tal como los delineó la jurisprudencia de la Corte Suprema y así se desencadene lícitamente la ilegítima detención de Pablo Ventura (...)”.
En el texto, Olmos también describió el sufrimiento por el que pasó su representado, a quien se llevaron esposado de la casa mientras dormía la siesta. Tras llegar a Villa Gesell y encerrarlo en un calabozo “fue alojado en una suerte de comedor en donde había una mesa y un jergón en el que dormía, siempre amarrado al caño. Iba al baño esposado. El padre le llevaba comida dos veces al día”, detalló.
Ventura, de acuerdo al texto de la demanda, “fue ofendido en su honor y en su dignidad por haber sido injustamente acusado de un delito y se vio impedido de realizar actividades sociales en su vida de relación durante mucho tiempo (...) Su imagen fue reproducida junto a la de los demás detenidos y al momento de ser liberado decenas de reporteros y las cámaras de los principales canales de televisión y de innumerables medios gráficos fueron apostados en la puerta de la comisaría”.