Violación grupal en Palermo: condenaron a cuatro de los jóvenes acusados y otros dos fueron absueltos

La Justicia dispuso penas de seis años para dos de los involucrados y de un año para los otros dos por el hecho ocurrido en febrero de 2022

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Cuatro jóvenes fueron condenados por el caso ocurrido en febrero de 2022 en Palermo: dos a cuatro seis años de prisión y otros dos, a uno
Cuatro jóvenes fueron condenados por el caso ocurrido en febrero de 2022 en Palermo: dos a cuatro seis años de prisión y otros dos, a uno

Dos jóvenes fueron condenados esta tarde a seis años de prisión y otros dos a un año por el abuso sexual grupal de una joven de 21 años cometido en febrero de 2022 en el interior de un auto estacionado el barrio porteño de Palermo.

Las penas más altas impuestas por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 14 recayeron sobre Lautaro Dante Pasotti (25) y Ángel Pascual Ramos (24), y las más bajas en Thomas Fabián Domínguez (23) y Alexis Steven Cuzzoni (21); mientras que Ignacio Retondo (24) y Franco Jesús Lykan (24) quedaron absueltos.

Los jueces Gabriel Vega, Gustavo Valle y Domingo Altieri, del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°14 de la Capital Federal, comunicaron la sentencia este viernes y dieron por terminado el juicio, que había arrancado en septiembre pasado. Lykan y Retondo recuperaron inmediatamente la libertad, mientras que los condenados volverán al penal donde están alojados, donde deberán cumplir la condena y esperar las respectivas apelaciones de sus abogados defensores. Los fundamentos del fallo se conocerán el 26 de febrero de 2024.

Los jueces condenaron a seis años de prisión a Ángel Pascual Ramos (la fiscalía había pedido 13) y a Lautaro Dante Ciongo Passotti (el fiscal Fernando María Klappenbach había solicitado 12) al considerarlos autores del delito de “abuso sexual con acceso carnal”. “Yo los conocía previamente, no abusé de nadie y no hubo un plan para abusar de nadie”, había declarado Ramos en la primera audiencia del debate oral. Evidentemente, las pruebas no respaldaron su testimonio.

Los condenados: Lautaro Dante Pasotti, Ángel Pascual Ramos, Thomas Fabián Domínguez, Alexis Steven Cuzzoni
Los condenados: Lautaro Dante Pasotti, Ángel Pascual Ramos, Thomas Fabián Domínguez, Alexis Steven Cuzzoni

Con respecto a Thomas Fabián Domínguez y Steven Alexis Cuzzoni, los jueces les fijaron una pena de un año de prisión a cada uno por el delito de “abuso sexual simple”. Aunque Retondo y Lykan fueron absueltos del delito de abuso, al segundo lo condenaron a seis meses de prisión al considerarlo responsable del delito de lesiones leves por haber golpeado a un testigo.

El Tribunal determinó que una vez que quede firme el fallo se remitirá al Banco Nacional de Datos Genéticos el perfil de ADN de los cuatro condenados obtenido en la investigación para incorporarlo, como dispone la ley, al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.

Además, durante la última jornada y antes de las últimas palabras de los acusados, las defensas sostuvieron su pedido de nulidad del alegato de la querella. La fiscalía había considerado que la exposición era nula. En su veredicto, el Tribunal, por mayoría, declaró la nulidad del alegato.

“Entendemos que las penas fueron extremadamente bajas. Por el momento esperaremos los fundamentos y luego decidiremos los caminos a seguir”, comentó a Infobae Hugo Figueroa, abogado de la víctima.

La madrugada del hecho, la víctima estaba en un boliche de Palermo junto a un amigo. De allí salió a una plaza sobre la calle Soler donde conoció a alguno de sus abusadores. Luego fueron todos juntos a tomar cerveza a Plaza Serrano desde donde cerca del mediodía la chica fue llevada al auto donde se cometieron los abusos hasta que los dueños de una panadería vieron la situación y llamaron a la Policía. Los exámenes médicos hechos a la víctima ese mismo día confirmaron la agresión sexual.

Las cámaras de Plaza Serrano tomaron el momento en el que los abusadores llevan a la víctima al auto donde cometieron el crimen
Las cámaras de Plaza Serrano tomaron el momento en el que los abusadores llevan a la víctima al auto donde cometieron el crimen

R., la joven que fue abusada la mañana y la tarde del 28 de febrero de 2022, había declarado en la segunda audiencia del juicio y aseguró que no prestó consentimiento para tener relaciones sexuales con ninguno de ellos.

La víctima habló de manera presencial en los Tribunales de la calle Lavalle. Fue un testimonio de algo más de una hora y, como todo el juicio, a puertas cerradas, dado el carácter privado de los hechos. Lo hizo sin la presencia de los acusados, que fueron llevados a una sala contigua desde donde pudieron escuchar el testimonio de la mujer.

R. negó que haya prestado consentimiento a sus agresores sexuales. Dijo que no tiene orientación sexual como para estar con hombres. El fiscal del juicio, Fernando Klappenbach, le preguntó si ocasionalmente estaba con hombres y ella también lo negó. Fue una pregunta muy puntual en la que el representante del Ministerio Público intentó indagar si ocasionalmente podría estar con un hombre. La joven lo negó de manera categórica.

“Habló bastante de cuestiones atribuibles al estrés postraumático”, relataron las fuentes. Contó que tiene pesadillas y un sueño recurrente: “Siento que me voy a morir. Sueño que me secuestran, que me llevan en un auto a un lugar muy oscuro”.

El momento en el que los abusadores salen del auto alertados por un vecino que vio el hecho
El momento en el que los abusadores salen del auto alertados por un vecino que vio el hecho

También reconoció que le daba “mucho miedo” salir a la calle, que le daba “vergüenza” su situación y que tenía temor a que la reconozcan por la repercusión mediática que tuvo el caso. De hecho, explicó que había tenido que cambiar de sector en su trabajo, donde hacía atención al público, porque le resultaba muy difícil el contacto con personas que no fueran de un círculo muy íntimo. También contó que había tenido que dejar su carrera de Ingeniería en Sistemas y que el presunto abuso cambió totalmente su vida cotidiana.

En el requerimiento de elevación a juicio, el fiscal de instrucción, Eduardo Rosende, consideró que la “falta de posibilidad de resistirse o falta de capacidad de manifestarse por la negativa, o de poner algún tipo de freno a las situaciones que la victimizaron, resultó palmaria dada su evidente vulnerabilidad, y ciertamente aprovechada por el grupo abusador para llevar adelante sus machistas prácticas libidinosas”.

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