Este lunes, un hombre fue condenado en Tartagal, en el norte salteño, a la pena de 11 años de prisión por el delito de abuso sexual con acceso carnal agravado en perjuicio de su hija, de 13 años, cometido en la ciudad de Embarcación, durante 2020.
Según informaron fuentes judiciales, el juez Ricardo Hugo Martoccia, que es vocal de la Sala I del Tribunal de Juicio de Tartagal, consideró al acusado, de 33 años, autor del delito de abuso sexual con acceso carnal calificado por la convivencia preexistente y la minoría de edad de la víctima, en dos hechos, en concurso real.
A su vez, los voceros detallaron que Martoccia lo condenó a la pena de 11 años de prisión efectiva, y en el mismo fallo ordenó la extracción de muestras genéticas para su inscripción en los registros correspondientes.
El acusado fue declarado reincidente por primera vez debido a sus antecedentes condenatorios, y se dispuso su traslado hacia la cárcel local.
Durante el juicio se indicó que el ahora condenado es el padre de la víctima, una niña de 13 años, detallaron las fuentes, que además señalaron que los hechos ocurrieron durante 2020, en una vivienda del barrio San Cayetano, situada a 270 kilómetros al norte de la capital salteña.
Según informó Télam, la madre de la adolescente la llevaba a ese lugar, a pasar tiempo con su progenitor –de quien se encontraba separada-, y él aprovechaba esos momentos para abusar de la adolescente.
A fines del mes de septiembre en la localidad puntana de Villa Mercedes, otro hombre fue condenado a una pena de 18 años de prisión por el tribunal local, acusado de abusar sexualmente de su hijastra y de su hija biológica.
El veredicto fue emitido por el tribunal compuesto por Virna Eguinoa, Sebastián Cadelago Filippi y Mauro Germán D’Agata Henriquez.
El hombre enfrentaba acusaciones por delitos relacionados con la integridad sexual en perjuicio de dos víctimas y cumple su condena en las instalaciones del Servicio Penitenciario Provincial.
La denuncia contra el acusado se realizó el 27 de diciembre de 2022, y la imputación se llevó a cabo este año. La fiscalía de instrucción solicitó una pena de 30 años de prisión, el fiscal de juicio, Ernesto Lutens, pidió 19 años, mientras que la defensa solicitó 10 años.
Finalmente, el tribunal determinó la calificación legal del caso y declaró al acusado como penalmente responsable de los delitos de abuso sexual simple agravado por ser cometido por un ascendiente en perjuicio de una menor de edad, aprovechando la situación de convivencia preexistente, en relación a una de las víctimas.
También se le acusó de abuso sexual con acceso carnal agravado por ser cometido por un ascendiente en perjuicio de una menor de edad, con aprovechamiento de la situación de convivencia preexistente en concurso ideal con corrupción de menores agravada, en el caso de la otra víctima.
Durante el juicio, y según informó la agencia de noticias, el fiscal consideró como atenuantes la falta de antecedentes del acusado y como agravantes la prolongación en el tiempo, la cronicidad, la pluralidad de las víctimas, la mayor vulnerabilidad, la gravedad y perversión de los actos cometidos.
La Defensora de Niñez y Adolescencia también tuvo en cuenta la falta de antecedentes como atenuante y consideró como agravantes la extrema vulnerabilidad, el riesgo para la integridad física, la extensión del daño, la conducta, el medio empleado y el impacto psíquico de las víctimas al solicitar una pena de 19 años de prisión efectiva.
La defensa del acusado, por su parte, solicitó una pena de 10 años, teniendo en cuenta factores como los atenuantes, la edad, el nivel de educación y la posibilidad de reinserción.
Y antes de dictar el veredicto, el tribunal recibió los alegatos y consideró como pruebas fundamentales los testimonios de las víctimas obtenidos a través de la Cámara Gesell, así como el informe de la psicóloga que las entrevistó.
Con información de Télam