
El fiscal mayor de la ciudad de Río Grande, Martín Bramatti, rechazó el pedido de libertad presentado por Ramón Ángel Abregú (70), el hombre que mató a balazos a su esposa embarazada en enero de 2000, se fugó de la cárcel unos meses después y se mantuvo desde entonces al margen de la Justicia hasta que reapareció en los últimos días para solicitar la prescripción de la causa, al considerar que su condena a 20 años de prisión ya fue cumplida.
Para Bramatti, esa condena quedó interrumpida cuando Abregú escapó de prisión. “La sentencia no estaba firme en el momento de la fuga y, cuando la confirmó el Superior Tribunal, Abregú seguía fugado y nunca pudo tomar conocimiento de esa condena firme”, dijo a la agencia de noticias Télam.
Según la visión del fiscal, este tecnicismo lo lleva a entender que “ni la acción ni la pena se encuentran prescriptas”. “Durante todo el tiempo que duró su evasión y su estado de prófugo, la prescripción del delito de homicidio previo se fue interrumpiendo”, sostuvo.
Abregú está detenido hace 11 días y el representante del Ministerio Público pidió que continúe bajo arresto -vale aclarar que por su edad el hombre de 70 años está en condiciones de solicitar la prisión domiciliaria-, ya que a su parecer debería purgar los años restantes de la pena por el crimen. Pero además, Bramatti considera que el delito de la evasión del homicida tampoco se encuentra prescripto porque “tuvo efecto permanente hasta su detención”, por lo que solicitó que el imputado afronte un nuevo proceso y se le tome declaración indagatoria.
Por el contrario, el abogado defensor de Abregú, Alejandro De la Riva, planteó: “El plazo de prescripción son 20 años, que es el tiempo en que (su cliente) logró mantenerse prófugo viviendo en la clandestinidad. Estar escondido es otra forma de cumplir una condena”.
El Tribunal de Juicio en lo Criminal de Río Grande será ahora quien resuelva el futuro del condenado.
El caso
Abregú asesinó de cuatro balazos a su esposa, Eva Azulina Falcón. En ese entonces, la mujer cursaba el séptimo mes de embarazo y la pareja se encontraba distanciada. En la reconstrucción de los hechos, se estableció que el hombre fue hasta el domicilio de ella y la atacó con un arma calibre 9 milímetros.
La víctima pudo huir a pie y buscó refugio dentro de un consultorio de la clínica Cemep de Río Grande. Pero el agresor la alcanzó y la remató. Fue el 23 de enero de 2000. Ocho meses después lo condenaron.

Por aquella época, el paradigma judicial no contemplaba la visión de género respecto del homicidio en perjuicio de una mujer mediando una situación de violencia, y tampoco se consideró el agravante por el vínculo entre el victimario y la víctima. Por eso, la condena fue por el delito de homicidio simple y no por femicidio, figura que aplicaría en la actualidad.
Abregú fue alojado en una celda de una penitenciaria ubicada en el barrio Margen Sur. Sin embargo, el 15 de febrero de 2001 logró fugarse aprovechándose de las deficiencias de seguridad del establecimiento carcelario llamado “Puesto 1″, donde por entonces había solo tres policías que custodiaban a 23 internos. Posteriormente, abandonó la provincia sureña escondido en un camión.
De la Riva contó que su defendido vivió durante todo este tiempo en una zona de monte del Norte argentino y reveló que regresó a Tierra del Fuego el pasado 15 de octubre. Dijo que lo hizo “de manera furtiva”, también escondido dentro de un camión y sin documentación personal. Así superó los cuatro pasos fronterizos: dos argentinos y dos chilenos.
El letrado agregó que su cliente ya había tenido la intención de presentarse ante las autoridades, pero en su momento “le dijeron que hasta que no se venga personalmente no se le iba a proveer la eximición de prisión”. Cabe recordar que la condena fue confirmada el 1 de marzo de 2001, por lo que la fecha de prescripción se fijó para el 1 de marzo de 2021, exactamente 20 años después.
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