El crimen de Lucio Dupuy: abrieron un jury por mal desempeño contra la jueza que entregó el chico a sus asesinas

Se trata de Ana Clara Peréz Ballester, magistrada del fuero de familia, niños, niñas y adolescentes de General Pico. Junto a la asesora Elisa Alajandra Catán, será investigada por mal desempeño de sus funciones

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Lucio Dupuy, la víctima
Lucio Dupuy, la víctima

El jurado de enjuiciamiento de La Pampa ordenó la conformación de una causa contra la jueza de familia, niños, niñas y adolescentes de General Pico, Ana Clara Pérez Ballester, y la asesora de niños, niñas y adolescentes Elisa Alejandra Catán, por presunto mal desempeño de sus funciones en la tramitación del expediente de Lucio Dupuy, el nene de 5 años asesinado por su madre y su novia.

Por otra parte, le corresponde al procurador general, Mario Oscar Bongianino, definir si corresponde formular una acusación contra ambas para que vayan a juicio oral y público, indicaron fuentes judiciales a Infobae.

El tribunal interno que juzgará a la magistrada estará integrado por el ministro del Superior Tribunal de Justicia Fabricio Luis Losi; las diputadas María Silvia Larreta y María Andrea Valderrama Calvo; y las abogadas María Natalia Gaccio y Silvina María Garro.

La jueza Ana Clara Pérez Ballester
La jueza Ana Clara Pérez Ballester

Bongianino tiene un plazo de seis días hábiles para formular la acusación. Si no lo hace, el expediente se cerrará; en cambio, si el procurador acusa, se les dará vista a la jueza y la asesora para que en 10 días hábiles para exponer sus defensas.

Luego, ambas partes ofrecerán las pruebas que presentarán en el debate. Para ello tendrán un plazo no mayor a 15 días. La normativa pampeana indica que el jurado podrá denegar las pruebas que considere “inconducentes” y que sus resoluciones no podrán ser apeladas.

La ley estipula que el presidente del jury –en este caso Losi– “podrá practicar, con citación a los interesados, a petición de ellas o de oficio, las diligencias que fuere imposible cumplir en la audiencia y recibir declaración o informe de las personas que no puedan presumiblemente concurrir al juicio”.

Por último, se fijaría el día del inicio del juicio, con un intervalo no menor a seis días. Las audiencias serán orales y públicas, aunque el jury tiene facultades para realizarlas –parcialmente o totalmente a puertas cerradas–, “cuando así convenga por razones de moralidad u orden público”, según expresa la ley 313.

Magdalena Espósito Valenti y Abigaíl Paéz, condenadas por la muerte y el abuso sexual de Lucio
Magdalena Espósito Valenti y Abigaíl Paéz, condenadas por la muerte y el abuso sexual de Lucio

El caso y la nueva imputación a las asesinas

Este martes, el Tribunal de Impugnación Penal de La Pampa confirmó las condenas a prisión perpetua para la madre de Lucio, Magdalena Espósito Valenti, y su pareja, Abigail Páez por el crimen de Lucio. A su vez, le agregó a la madre del niño de 5 años el delito de abuso sexual. Además, agravó la calificación legal de ese delito al sumarle la figura de gravemente ultrajante.

De esta manera, Espósito Valenti debe cumplir prisión perpetua por homicidio triplemente calificado por el vínculo, alevosía y ensañamiento en concurso real con abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de realización, con acceso carnal vía anal con un objeto fálico; agravado por haber sido cometido por la ascendiente, con el concurso de dos personas y aprovechando la convivencia con la víctima menor de 18 años; todo como delito continuado.

En tanto, su novia fue condenada por homicidio doblemente calificado por alevosía y ensañamiento, en concurso con el delito de abuso sexual gravemente ultrajante.

Lucio fue asesinado el 26 de noviembre de 2021 en la casa de la calle Allan Kardec al 2300, en Santa Rosa, donde vivía con la madre y su pareja. De acuerdo a las pericias, el niño de 5 años murió a causa de una brutal paliza.

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