Crimen de Joaquín Paredes: para los jueces, no se probó un plan previo para reprimir y matar

El Tribunal de Cruz del Eje, que el mes pasado condenó a prisión perpetua a Maykel Mercedes López, argumentó la absolución de los cinco policías. Fundamentó las decisiones por la muerte del adolescente de 15 años, ocurrida en 2020 mientras regía el aislamiento social por la pandemia de covid

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Joaquín Paredes fue asesinado en
Joaquín Paredes fue asesinado en octubre de 2020

El Tribunal de Cruz del Eje, compuesto por los jueces Ángel Francisco Andreu, Javier Rojo y Ricardo Arístides, dio a conocer este jueves los fundamentos de su sentencia en el caso del crimen de Joaquín Paredes, el adolescente de 15 años que fue asesinado en octubre de 2020, en la localidad cordobesa de Paso Viejo, tras discutir con un grupo de policías mientras regía el aislamiento social por la pandemia de coronavirus. El fallo del pasado 16 de agosto condenó a prisión perpetua a Maykel Mercedes López (25), mientras que otros cinco efectivos fueron absueltos. Para la Justicia no se probó que hayan colaborado en la muerte del joven.

El caso, que fue llevado a juicio por un jurado popular, involucraba a un total de seis efectivos policiales. Según fuentes judiciales, el tribunal sostuvo que no se pudo demostrar que los efectivos absueltos, identificados como Iván Alexis Luna (26), Enzo Ricardo Alvarado (29), Jorge Luis Gómez (34), Alberto Daniel Sosa Gallardo (43) y Fernández Aliendro (27), hayan tenido un acuerdo previo para reprimir a los jóvenes o hayan colaborado con López en la comisión del delito. “No se probó que hubo una decisión previa de los acusados para ir a reprimir a los jóvenes, no se probó que hubo un acuerdo entre los acusados para entrar todos a matar o intentar matar a los jóvenes”, indicaron.

En cambio, si se probó que López fue el autor material del disparo que ocasionó la muerte de Paredes, y que también hirió e intentó matar a otros jóvenes que eran parte del grupo.

“No se probó que los otros policías acusados ayudaron a López a cometer los delitos, no hubo prueba que demostrara que la Policía como institución, es decir, los jefes policiales y otros policías que no estuvieron presentes en el homicidio hayan dado indicaciones o hayan tenido conductas que buscaran ocultar la verdad de lo que pasó”, alegaron.

El fallo llegó luego de una fase de alegatos intensa en la que la fiscal del caso, Fabiana Pochettino, y los defensores de la familia de la víctima habían solicitado prisión perpetua para todos los efectivos involucrados, excepto para Sosa Gallardo, para quien se esperaba una pena de dos años. Los abogados de López, por su parte, pidieron su absolución, argumentando que actuó en legítima defensa.

La madre de la víctima
La madre de la víctima reclamó justicia y que todos los efectivos reciban prisión perpetua (Foto: Facebook Justicia por Joaquín - Mesa de la Memoria Cruz del Eje)

Según la investigación, la madrugada del 25 de octubre los efectivos se trasladaron a la plaza de Paso Viejo, una localidad de aproximadamente mil habitantes, tras recibir una denuncia sobre una reunión de jóvenes que violaba las medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO), vigentes en ese momento debido a la pandemia de COVID-19. Al llegar al lugar, se produjo una discusión que derivó en una balacera. Las pericias concluyeron que el disparo efectuado por López impactó en la espalda de Paredes, causándole la muerte.

Tras la sentencia de la Justicia, Soledad Paredes, madre de la víctima, expresó su disconformidad con el fallo, sosteniendo que “no solo López”, sino “todos deberían haber recibido la condena perpetua”. “No estoy conforme. No se hizo justicia”, denunció la mujer durante una entrevista para el noticiero de El Doce al expresar: “Pensé que iba a ser distinto, pensé que todos iban a tener perpetua”. Asimismo, apuntó que va a “seguir luchando porque todos deberían tener perpetua”, mientras que el abogado querellante, Claudio Orosz, había anticipado que recurrirá a “las instancias que correspondan” después de repudiar el fallo.

El juzgado estableció un plazo de 15 días hábiles para que, si se considera que se cometió algún error en la sentencia, se pueda solicitar la corrección ante el Tribunal Superior.

Con información de Agencia Télam.

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