Caso Lucio Dupuy: la fiscalía y la querella pidieron que la madre de la víctima también sea condenada por abuso sexual

Este viernes se realizó la audiencia de debate sobre las apelaciones al fallo de febrero pasado. El abogado de la familia Dupuy, además, solicitó que se incluya al odio de género como agravante para ambas condenadas

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Lucio fue asesinado en noviembre de 2021 (Gastón Taylor)
Lucio fue asesinado en noviembre de 2021 (Gastón Taylor)

Los jueces del Tribunal de Impugnación Penal (TIP) de La Pampa encabezaron este viernes la audiencia de debate de las impugnaciones presentadas contra el fallo por el crimen de Lucio Dupuy, el nene de 5 años que fue asesinado en noviembre de 2021 por su madre, Magdalena Espósito Valenti, y la pareja de ella, Abigail Páez.

En la sala 7 del Centro Judicial de Santa Rosa y ante los magistrados Mauricio Piombi y María Eugenia Schijvarger, las partes expusieron sus argumentos para modificar la sentencia dictada a mediados de febrero pasado, cuando las imputadas fueron declaradas autoras materiales del homicidio y condenadas a prisión perpetua.

Lo que buscaron hoy la fiscalía y la querella fue agravar la imputación de las asesinas del niño, mientras que las defensas concurrieron con el objetivo de aliviar el peso de las penas contra Espósito Valenti y Páez, quienes siguieron la audiencia, vía Zoom, desde el Complejo Penitenciario N°1 de San Luis, donde permanecen detenidas.

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Al tomar la palabra en primer turno, las fiscales María Mónica Rivero y Verónica Ferrero cuestionaron y solicitaron que se revoque la absolución de la madre de Lucio en relación a la acusación por abuso sexual.

Cabe recordar que Espósito Valenti fue hallada culpable del delito de homicidio triplemente calificado por el vínculo, alevosía y ensañamiento. Diferente fue el caso de Páez, quien fue declarada autora material y penalmente responsable del delito de homicidio doblemente calificado por alevosía y ensañamiento, en concurso real con abuso sexual con acceso carnal, agravado por tratarse de la guardadora y por haberse cometido contra un menor de 18 años de edad, aprovechando la situación de convivencia preexistente.

Magdalena Espósito Valenti y Abigaíl Paéz
Magdalena Espósito Valenti y Abigaíl Paéz

En ese marco, las representantes del Ministerio Público Fiscal señalaron que, si los jueces dieron por acreditado que Lucio sufrió lesiones por los abusos sexuales padecidos en el ámbito intrafamiliar, “sería ilógico pensar” que la madre desconocía esos hechos.

El querellante particular, José Mario Aguerrido —en nombre del padre de Lucio, Christian Dupuy, quien estuvo a su lado—, acompañó el planteo y, además, reiteró su pedido de que a los tres agravantes del homicidio se la agregue el de odio de género. En tal sentido, habló de una “animadversión patológica” y remarcó que “si una (de las condenadas) hacía, la otra permitía”. Así, insistió en que las dos fueron responsables de todos los delitos, haya sido por acción u omisión.

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A continuación, expusieron las defensoras oficiales María Silvina Blanco Gómez y Alejandra Moyano González. La primera, en representación de Páez, solicitó que a su defendida se le revoque la condena a prisión perpetua y la autoría de abuso sexual con acceso carnal agravado. Sostuvo que los agravantes del homicidio “no fueron debidamente fundados” y que la sentencia ofreció “una interpretación forzada y descontextualizada” de los hechos.

“No hubo ensañamiento, ni alevosía, ni odio de género; lo que hubo fue un delito odioso”, dijo la letrada y deslizó la hipótesis de la influencia de los medios hasta arribar a la condena. Por eso pidió que la mujer sea condenada por homicidio preterintencional –o sea, que no tuvo intención de matar–; y subsidiariamente por homicidio simple, que está sancionado con una pena máxima de 25 años.

La audiencia se desarrolló en el Centro Judicial de Santa Rosa (Gastón Taylor)
La audiencia se desarrolló en el Centro Judicial de Santa Rosa (Gastón Taylor)

En tanto, Moyano manifestó que “la que golpeaba a Lucio era Abigail, y siempre lo golpeaba cuando Magdalena no estaba”. En función de eso afirmó que “no hay pruebas para decir que ella mató a su hijo o que haya estado cuando se le produjeron las lesiones que desembocaron en su muerte”.

En este contexto, requirió que el TIP haga lugar a la actividad procesal defectuosa y que absuelva a Espósito Valenti o, eventualmente, que reciba la pena mínima del homicidio preterintencional, un año.

La jornada, que se extendió durante casi cinco horas, concluyó con un interrogatorio a Espósito Valenti y Páez sobre cuestiones personales (estudios cursos, si reciben visitas en la cárcel, donde habían trabajado, etc.). Ahora se espera que el TIP comunique la fecha de lectura del fallo.

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