La Justicia Federal de San Martín negó el beneficio de libertad condicional para uno de los condenados por el crimen de Matías Berardi, el adolescente de 16 años capturado en Escobar, mantenido en cautiverio en Tigre y ejecutado en Campana en 2010, al considerar que “aún no están dadas las condiciones para dicho régimen”, informaron fuentes judiciales.
“Nos genera tranquilidad, esperanza y también en que sirva de ejemplo para futuros pedidos. La sensación de impunidad, de desprotección que teníamos como familia era muy grande”, dijo María Inés Daverio, madre de la víctima, a la agencia Télam.
La medida denegada recayó sobre Elías Emanuel Vivas luego de que el Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOF) 3 de San Martín, entendió que, “al momento, no están dadas las condiciones para hacer lugar a la incorporación al régimen de libertad condicional”
“Con los nuevos informes arrimados al expediente interno se puede inferir que la evolución de Vivas continúa siendo favorable, sin perjuicio de lo cual, entiendo necesario adoptar una postura expectante por un período de tiempo prudencial, ya que resulta ineludible evaluar su comportamiento de forma escalonada, pues las particulares circunstancias del caso no me permiten considerar de manera seria y certera la conveniencia de hacer lugar, de momento, al beneficio impetrado”, agrega la resolución judicial.
El TOF 3 sostuvo que “el nombrado fue incorporado al régimen de salidas transitorias el 17 de marzo 2023, usufructuando, al momento, tres egresos bajo tuición penitenciaria. Esta circunstancia exige, para poder alcanzar un buen resultado a futuro, un avance previo en el marco del régimen de salidas transitorias dirigido por su propio esfuerzo y compromiso, que le permita alcanzar marcos de regulación atenuadas y demostrar que adquirió herramientas funcionales para su posible y futura reinserción social”.
Lo que entiende la justicia es que con solo tres salidas transitoria no es lo suficiente para dicho beneficio solicitado por el defensor público de Vivas.
“En efecto, los egresos potencian los vínculos familiares del condenado y contribuyen al proceso de reencuentro con el medio libre, y ello se produce de forma paulatina”, continuó el Tribunal.
“Por último, para decidir de tal modo, pondero, en el caso, el alto monto de pena de la condena recaída, en función del lapso temporal que le queda por delante para el agotamiento de la sanción penal impuesta, etapa que, a la luz de lo pedido, deberá evaluarse con particular atención en función de la dinámica del cumplimiento progresivo y positivo de los requisitos que en términos de la ley de Ejecución Penal se impongan a futuro”, finalizó.
La resolución denegada a Vivas llevó la firma del juez de Cámara Walter Antonio Venditti y de José Luis Espósito, secretario de ese tribunal.
Vivas fue condenado a 18 años de cárcel en el juicio llevado adelante en 2013, cuya pena vence el 1 de octubre del 2028, tras ser declarado culpable de ser uno de los captores de Berardi.
“Estamos muy agradecidos con el trabajo de nuestros abogados que no bajaron los brazos. Por nuestra parte vamos a seguir pidiendo siempre que cumplan su condena en la cárcel. Por nuestros otros hijos, por la paz de todos pero también por la memoria de Matías”, expresó su mamá.
Matías Berardi (16) fue secuestrado la madrugada del 28 de septiembre de 2010 cuando regresaba de una fiesta de egresados en la Capital Federal y se bajó de una combi en Panamericana y Ruta 26 para volver a su casa en ese partido del norte del conurbano.
Mientras lo mantenían cautivo en una casa de Benavídez, los secuestradores llamaron a sus padres para exigirles un rescate de 30.000 pesos.
En un momento el adolescente escapó, salió a la calle y pidió ayuda a los vecinos, a quienes les dijo que lo tenían secuestrado, aunque no logró que nadie lo refugiara y la banda lo recapturó y decidió asesinarlo de un tiro, tras lo cual dejó el cuerpo abandonado en inmediaciones de la ruta 6, en Campana.
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