Hoy por la mañana, la Justicia accedió a los resultados de la pericia realizada por la Dirección de Criminalística y Estudios Forenses de Gendarmería Nacional a una serie de objetos incautados en el departamento de Francisco Sáenz Valiente, el empresario procesado por el homicidio culposo de Emmily Rodrigues, la joven que asistió a una fiesta de consumo de drogas en el lugar el 30 de marzo pasado y perdió la vida al caer seis pisos al vacío.
El objeto del estudio fue encontrar estupefacientes en los distintos ítems, entre ellos una botella de vodka Grey Goose, otra de agua tónica y -principalmente- una jeringa de 20 mililitros con “vestigios de una sustancia líquida incolora”. Todos los objetos analizados mediante un cromatógrafo gaseoso combinado con un espectrómetro dieron negativo, excepto la jeringa.
De acuerdo al análisis al que accedió Infobae, el estudio encontró rastros de ketamina en la jeringa.
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El cuerpo de Emmily reveló rastros de esa misma droga de acuerdo al análisis toxicológico practicado tras su muerte. Sin embargo, la vía intravenosa parece altamente improbable. Fuentes con acceso al expediente aseguran que Emmily pudo haberla consumido en un medio de una mezcla del euforizante tuci. Sáenz Valiente, por otra parte, no dio positivo en su test de drogas por ketamina, a pesar de que compró y consumió ese euforizante.
La autopsia aporta un dato todavía más importante: el reporte posterior al análisis del cuerpo de Emmily no habla de ninguna marca compatible con una inyección.
La defensa, que participó con el perito Ángel Martín en el análisis, sospecha de la posibilidad de una contaminación en el estudio. El consumo intravenoso de ketamina es sumamente infrecuente en Argentina. Más todavía, con la sustancia dentro de la jeringa misma, que sería vaselina.
Sáenz Valiente fue procesado por la Sala VI de la Cámara Criminal y Correccional la semana pasada. La letra de la calificación fue la clave. Los fiscales del caso, Santiago Vismara y Mariela Labozzetta, tras apelar la falta de mérito dictada por el juez Martín del Viso, habían retirado su planteo de femicidio y pidieron que el empresario de la minería y el agro sea procesado por abandono de persona seguida de muerte, con una pena de 25 años.
Finalmente, la Sala VI decidió procesarlo sin prisión preventiva “en calidad de autor en orden al delito de suministro gratuito de estupefacientes, en concurso ideal con facilitación de un lugar para su consumo, en concurso ideal con homicidio culposo, en concurso real con el de tenencia ilegítima de un arma de uso civil condicional”, según el fallo al que accedió Infobae.
Sobre el abandono de persona, los jueces Magdalena Laiño Dondiz, Ricardo Pinto e Ignacio Rodríguez Varela razonaron que las pruebas, como la llamada de Sáenz Valiente al 911, refutaban esa teoría.
Así, le prohibieron al empresario salir del país y ordenaron que se le instale una tobillera electrónica para monitorearlo. La imputación por el arma apunta a la escopeta marca Escort hallada en los allanamientos.
Hoy, el abogado Facundo Orazi, uno de los defensores del empresario, planteó la excepción de incompetencia del expediente ante la Cámara. El punto es. precisamente, el delito de facilitación de estupefacientes.
Así, Orazi pidió que la causa sea remitida al fuero federal. La Cámara misma abierto la puerta para este planteo en su fallo de la semana pasada, cuando en su decisión aseguró que “conforme esta calificación, y sin perjuicio del grado concursal por la íntima vinculación con los otros delitos investigados cometidos en un mismo ámbito de espacio y tiempo, deberá el Juzgado expedirse en relación a la cuestión de competencia material en el sumario”.
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