El juez Gabriel Castro, titular del Juzgado de Garantías N°2 de Moreno, denegó el pedido de excarcelación que hizo la defensa de L-Gante, antes de que el músico decidiera cambiar de abogado. Sin embargo, el magistrado sí le dio la derecha de forma parcial a la solicitud del letrado Alejandro Cipolla de modificar la calificación legal por la que el músico se encuentra preso en la DDI de Quilmes.
Hay que recordar que L-Gante se encuentra preso por secuestrar y amenazar a dos personas por un conflicto que tuvieron sus amigos en General Rodríguez.
Tras ser detenido en su casa del Banco Provincia, del partido de Moreno, en donde encontraron tres armas de juguete y drogas, el cantante quedó imputado de los delitos de privación ilegal de la libertad en concurso ideal con amenazas coactivas agravadas por el uso de arma de fuego (en dos hechos) y por perpetrarse contra un miembro de un poder público (un hecho) y tenencia simple de estupefacientes.
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El juez Castro, en una resolución de 15 páginas a la que accedió Infobae, dispuso atenuar los cargos que enfrenta L-Gante. Así, le quitó al delito de amenazas los agravantes de haberse cometido con arma de fuego y contra un miembro de un poder público.
Para el magistrado, “al tratarse de una mera réplica y no poder cumplir con la función propia del aditamento que pretendía emular, a lo cual he de sumar que tampoco fue utilizada en forma impropia, no se advierte motivo para señalar que estamos ante el concepto de ‘arma’”.
El juez Castro entendió que estuvo bien el planteo de Cipolla -quien ya no representa a L-Gante-: “No basta con que el sujeto pasivo de las amenazas se trate de una persona parte de un poder público (en este caso Delegado del obrador municipal) sino que también... debe contar con ‘posibilidad de resolución o de otorgar lo que se le exige’”.
Así, consideró que “la víctima no poseía capacidad de realizar tal acción y disponer unilateralmente de las conductas de los preventores de la guardia urbana municipal, y que, de contar efectivamente con influencias,... no está probado en el expediente”.
El juez no varió la acusación de la privación ilegal de la libertad y explicó que, tras la atenuación de los agravantes, “la calificación legal a aplicar resulta de menor gravedad a la que la Fiscalía le ha endilgado a Valenzuela en un primer momento”.
Sin embargo, detalló el peso del delito de la privación ilegítima de la libertad, que “trae aparejada una pena en expectativa de 5 a 15 años de prisión, cuyo eventual cumplimiento no sería de ejecución condicional” y eso desterró “la excarcelación ordinaria”.
Además, el magistrado se aferró “a las circunstancias favorables que mencionó la defensa sobre el riesgo procesal” del representante de la cumbia 420 y “la posibilidad de influencia en testigos”.
En ese contexto, el juez Castro entendió que el delito que mejor le calza a L-Gante en este caso es el de privación ilegal de la libertad en concurso ideal con amenazas (coactivas en un hecho, simples en el otro) y tenencia simple de estupefacientes.
Párrafo aparte para el pedido de excarcelación extraordinaria que había pedido Cipolla como subsidiaria. El juez invitó al nuevo abogado del músico, Juan Pablo Merlo, a que -previo a decidir sobre el tema- se “pronuncie sobre los argumentos formulados por quien lo precedió en la defensa y aporte un domicilio constatable en el cual habitaría su asistido ante el eventual caso de un resultado favorable”.
Hay que recordar que Cipolla dejó de defender a L-Gante hace muy poco. “Informo que no me encuentro ejerciendo más la defensa del señor Elián Valenzuela”, decía el escueto comunicado publicado el viernes pasado en su cuenta de Instagram.
Cabe recordar que Merlo es querellante en otras causas que tiene L-Gante. De hecho, es el mismo abogado que representó a Tamara Báez, ex pareja del cantante y madre de Jamaica, la hija que tienen en común, durante el conflicto judicial que mantuvieron por la cuota alimentaria que el músico debía pasarle a la mujer.
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