A cuatro días de la fecha pautada para el comienzo del juicio, este jueves la Justicia determinó el sobreseimiento de Jorge Ríos, el jubilado de 71 años que mató a uno de los cinco ladrones que lo asaltaron en su casa en Quilmes en julio de 2020.
La resolución fue del Tribunal Oral en lo Criminal N°3 de Quilmes, que además del sobreseimiento de Ríos por el crimen de Franco Martín “Piolo” Moreyra, por haber actuado en legítima defensa; ordenó “dejar sin efecto el debate fijado para los días 12, 13, 14 y 15 de junio de 2023″ contra el jubilado.
Ríos estaba acusado de “homicidio agravado por el uso de arma de fuego” y la decisión del TOC N°3 llega luego de que este miércoles el fiscal del caso le diera la derecha a la defensa que, tras la presentación de una pericia oficial que lo beneficiaba, había solicitado la absolución. Se trata del material elaborado por un gabinete multidisciplinario de la Superintendencia de Policía Científica de la Policía de la Ciudad.
Tras el análisis de las pruebas, el juez a cargo de la causa detalló que el acusado “no efectuó disparos hacia Moreyra”.
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“Todo el caso debió centrarse en el peritaje de este video, que lamentablemente tardó en llegar, pero afortunadamente las partes pudieron realizar una valoración del mismo y solicitar en consecuencia, por distintos argumentos, el sobreseimiento”, se lee en el mismo.
Y añade: “(Ríos) está amparado por una causal de justificación que lo exime de responder penalmente (...) y corresponde dictar el sobreseimiento por haber actuado en legítima defensa”.
El pedido de sobreseer al jubilado había sido realizado en las últimas horas ante el Tribunal Oral en lo Criminal N°3 por el fiscal de la causa Andrés Nieva Woodgate, titular de la UFIJ N°18 de Quilmes. Este se sumó a la solicitud que ya habían emitido los abogados de Ríos -entre ellos Fernando Soto, quien también defendió al policía Luis Chocobar, Marino Cid Aparicio y Martín Luis Sarubbi- que presentaron un peritaje clave al que accedió Infobae.
Tras el sobreseimiento, Fernando Soto, abogado de Ríos, le dijo a Infobae: “Lo que sucedió es lo que debería haber sucedido. Nunca debería haber sido elevado a juicio oral Don Jorge. Las pruebas que ahora evalúa el fiscal estuvieron siempre. La pericia nueva, entre comillas, es la cuarta que dice lo mismo. Con más extensión, detalle y profundidad. Pero él insistió haciendo tres pericias más a la que ya estaba. Estamos muy degustados con la actuación de la Justicia”.
E insistió: “El juez está validando una vez más lo que hizo el fiscal, como si lo hubiera hecho bien, y es pésimo, es desastroso. Persiguieron a la víctima, lo declararon oficialmente víctima, y liberaron a los chorros. Están en libertad. Solo quedó uno preso porque tenía una causa por homicidio y, aún así, le dieron la libertad en pandemia por la resolución de casación que logramos revocar en la (Suprema) Corte de provincia”.
Soto adelantó que evalúan tomar “acciones”. Y cerró: “Está bien, se terminó el calvario para Don Jorge, pero no tendría que haber pasado nunca. No queremos esta justicia”.
Las pruebas que beneficiaron a Jorge Ríos
Este basó en un total de 42 archivos, conformados por las filmaciones de las cámaras de seguridad ubicadas en las inmediaciones de Ríos. El rango analizado por los expertos fue entre las 4:49 hasta las 4:59 del 17 de julio de 2020, día del hecho en el que cayó al suelo Moreyra.
De acuerdo con el informe, en ningún momento el jubilado efectuó un disparo en la vía pública. En los videos analizados, jamás se observó un fogonazo producto del supuesto tiro que hizo el acusado. En ese sentido, la pericia sostuvo que “no es posible determinar la existencia de signos compatibles con el disparo de un arma de fuego, en virtud de no poder visualizar elementos como destellos luminosos, cambios significativos de luminosidad o fogonazos, producto de la deflagración de la pólvora”.
Otra de las conclusiones de la pericia que benefició a Ríos es que los gestos que se observan en la filmación no dan cuenta de una persona que haya disparado un arma de fuego. Es decir, el acusado nunca empuño un arma.
En el caso de Moreyra, los peritos establecieron que tampoco el delincuente refleja movimientos corporales de alguien que haya recibido un tiro mientras trataba de escapar. “No se logra determinar de manera categórica el momento exacto en que los movimientos y gestualidades de Moreyra fueran compatibles con haber recibido disparos de arma de fuego”, reza el informe al que tuvo acceso este medio.
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En ese sentido, los expertos concluyeron que para entender mejor este punto, aconsejan la intervención de un psiquiatra forense. “No se puede concluir lugar y momento exacto en el que el señor Moreyra recibe las heridas producidas por el paso de proyectil de arma de fuego”. Finalmente, tampoco lograron establecer “la posición anatómica” de ninguno de los dos en el momento de los disparos que acabaron con la vida del ladrón. Se trata “de un hecho dinámico y no estático”, indicó.
“Las cuatro pericias requeridas por la Fiscalía indican, con total contundencia y en forma unánime, que no existe la más mínima prueba que permita sostener que ´Don Jorge´ haya efectuado ni un solo disparo contra Franco Martín Moreyra”, sostuvo el equipo de abogado comandado por Soto en su pedido.
Los letrados fueron particularmente críticos con el fiscal Nieva Woodgate y aseguraron que “la única razón por la que se llegó a este estado del proceso, (...) es el injustificado y absurdo empecinamiento del fiscal en perseguir penalmente a un hombre adulto mayor”, de quien sostuvieron que fue “seriamente afectado en su salud psicofísica, con temor a los asaltantes que irrumpieron en su vivienda tres veces seguidas en una misma noche, propinándole una feroz paliza” y “aplicándole una verdadera sesión de tortura”.
El asalto
Jorge Ríos fue asaltado por cinco ladrones que ingresaron a robar a su vivienda el 17 de julio de 2020. Mientras dormía, fue golpeado e intimidado con un destornillador por los asaltantes. Sin embargo, los delincuentes no pudieron lograr su objetivo, porque el dueño de casa extrajo una pistola Bersa Thunder calibre 9 milímetros y les efectuó varios disparos con los que los hizo huir. Él los siguió. Franco Martín Moreyra, tras ser baleado, fue alcanzado por el jubilado; golpeado y rematado en la calle, según la acusación de la Justicia. Poco después, atraparon al resto de la banda.
El jubilado asegura que se defendió del ataque de los delincuentes y que nunca tuvo intención de matar. Para sus abogados, se trata de un hecho de legítima defensa.
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Mientras tanto, un miembro de la banda había vuelto a la calle tras el ataque. El 31 de octubre pasado, el Tribunal Oral Criminal N°5 había ordenado la libertad condicional de Martín Ariel Salto, que había sido condenado a tres años y cuatro meses por tentativa de hurto agravado: las lesiones de Ríos no le fueron imputadas. Así, salió de la Unidad N°24 de Florencio Varela bajo caución juratoria. Fue liberado tras cumplir dos tercios de su condena, preso desde mediados de 2020, con una calificación de diez en los registros del Servicio Penitenciario Bonaerense.
Ante esto, el abogado de Ríos solicitó una perimetral para que Salto no pudiera acercarse al domicilio del jubilado a menos de 500 metros, lo mismo a la familia, que fue concedida.
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