Luego de que un jurado popular hallara culpables a los cuatro policías que llegaron a juicio por la Masacre de Monte, dos por el homicidio y otros dos por el intento de asesinato, los particulares damnificados y la defensa solicitaron este viernes las penas de reclusión perpetua y de 20 años de cárcel para los condenados.
El pedido fue realizado en la audiencia de cesura realizada este viernes ante la jueza Carolina Crispiani, a cargo del Tribunal Oral en lo Criminal 4 (TOC) de La Plata, quien pasó a un cuarto intermedio hasta el próximo 9 de junio al mediodía, cuando se conocerá la sentencia.
La jornada había comenzado a las 10:30 en los tribunales situados sobre la calle 8, entre 56 y 57, en la capital bonaerense, adonde las partes fueron convocadas con el fin de resolver las condenas que deberán cumplir los agentes Rubén García, Leandro Ecilapé, Manuel Monreal y Mariano Ibáñez.
Todos ellos llegaron al juicio detenidos e imputados por causar las muertes de Camila López (13), Danilo Sansone (13), Gonzalo Domínguez (14) y Aníbal Suárez (22); y de herir de gravedad a Rocío Quagliarello (17), en ese entonces de 13 años.
Te puede interesar: “Mi corazón encontró un poquito de alivio”: el mensaje de Rocío, la sobreviviente de la Masacre de Monte, tras el veredicto
“En esta audiencia las partes proponen atenuantes y/o agravantes y alegaron para que se aplique una determinada pena, dentro de la escala que corresponde al delito por el cual fueron condenados”, explicaron fuentes judiciales a Infobae.
De acuerdo con el veredicto dictado el pasado 17 de mayo, los policías García y Ecilapé —que provocaron la colisión del auto en plena persecución— fueron considerados por unanimidad coautores del delito de “homicidio agravado por el abuso de la función policial y por ser cometido mediante el empleo de arma de fuego”, que prevé la pena en expectativa de perpetua. Este viernes se deberá definir si les corresponde prisión o reclusión perpetua.
En tanto, por mayoría de 10 de los miembros del jurado, Monreal e Ibáñez fueron declarados culpables del delito de “tentativa de homicidio agravado por el abuso de la función policial y por ser cometido mediante el empleo de arma de fuego”, al participar del operativo cerrojo previo que les hicieron a las víctimas. Por ese delito, esperan una pena de entre 10 y 15 años prisión.
Te puede interesar: Masacre de Monte: las dos secuencias que consideraron los jurados para diferenciar las culpas de los policías
“En esta audiencia las partes también pueden presentar testigos para declarar en torno a los agravantes o atenuantes presentados. En este caso, habrá algunos por cada lado. La acusación los presentará para demostrar la extensión del daño causado, una de ellas es una maestra de la víctima sobreviviente. Por la defensa, serán testigos para acreditar la falta de antecedentes”, ampliaron fuentes judiciales a este medio.
Además, los cuatro policías de la provincia de Buenos Aires fueron considerados culpables de la “tentativa de homicidio agravado por su condición de miembros de una fuerza de seguridad” de la única sobreviviente de la masacre.
La audiencia será difundida por el canal de Youtube de la Suprema Corte de Justicia Provincia de Buenos Aires y será la primera de este tipo que podrá seguirse de manera online en la historia judicial de la provincia de Buenos Aires, informaron las fuentes consultadas. En tanto, la jueza Crispiani dará a conocer la sentencia final el próximo 9 de junio.
Te puede interesar: “Era muy difícil que les dieran la misma condena a todos”, dijo el hermano de una víctima de la Masacre de Monte
El caso
La “Masacre de Monte” ocurrió la madrugada del 20 de mayo de 2019, cuando el auto Fiat 147 en el que circulaban las víctimas impactó en la colectora de la ruta 3 contra un acoplado de un camión, tras una persecución a los tiros por parte de la Policía.
“Al Fiat 147 lo intercepta un primer móvil policial (en el que circulaban García y Ecilapé) y comienza una persecución. Luego, realiza el operativo cerrojo otro móvil en el que iban (los policías) Monreal e Ibáñez, y uno de ellos efectúa los primeros disparos, uno de los cuales se aloja en la pelvis de Gonzalo (Domínguez). Lo que dice el jurado popular, es que ese hecho es considerado una tentativa de homicidio”, explicó a la agencia de noticias Télam el fiscal del juicio, Mariano Sibuet.
Según se determinó en el debate oral, Ibáñez era quien manejaba un móvil policial y le cruzaron el paso al automóvil en el que iban las víctimas en Chubut y Caseros, donde Monreal realizó un disparo con su pistola calibre 9 milímetros que hirió a Domínguez, pero el Fiat 147 continuó con la fuga hacia la colectora de la ruta 3, perseguido por el otro patrullero, en el que circulaban García y Ecilapé.
Ibáñez y Monreal quedaron en esa esquina porque el móvil en el que se movilizaban funcionaba mal, es decir que su participación en el hecho culminó allí. Sibuet explicó que el jurado entendió que en ese momento comenzó una segunda secuencia “en la que el patrullero (al mando de Ecilapé) persigue al auto que termina impactando contra el acoplado de un camión que se hallaba detenido”.
En el marco del juicio se determinó que durante la persecución García efectuó disparos con su arma reglamentaria, pero no se logró establecer si Ecilapé también lo hizo.
En tanto, todavía resta resolverse otra causa vinculada al encubrimiento policial de la “Masacre de Monte” en la que otros 19 policías bonaerenses irán a otro juicio -en este caso sin jurado popular- “por encubrimiento agravado, incumplimiento y violación de los deberes de funcionario público”, aunque todavía no fue estipulada una fecha para el comienzo de ese debate.
Seguir leyendo: