Este jueves se conoció el veredicto del segundo juicio por el crimen de Lucía Pérez (16). El Tribunal Oral en lo Criminal N°2 de Mar del Plata condenó a Matías Gabriel Farías (29) a la pena de prisión perpetua al considerarlo autor del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el suministro de estupefacientes en concurso real con femicidio. En tanto, el otro culpable, Juan Pablo Offidani (48), recibió la pena única de 15 años de prisión como partícipe secundario en el ataque ocurrido el 8 octubre de 2016.
En el primer juicio, Farías y Offidani, hoy presos en distintos penales bonaerenses, habían sido condenados a finales de 2018 a ocho años de prisión por la venta de drogas en la puerta de la escuela a la que asistía Lucía, pero habían sido absueltos del resto de los cargos, incluido el del abuso sexual y la muerte de la menor, lo que provocó que la Cámara de Casación anulara en 2021 el primer debate y pidiera hacerlo otra vez, con las mismas pruebas, sin abrir el expediente a nuevas evidencias.
Tras la resolución de esta tarde, varias referentes y figuras del ambiente político hicieron referencia al fallo de los jueces Gustavo Fissore, Roberto Falcone y Alexis Simaz. La Portavoz de la Presidencia, Gabriela Cerruti, se expresó a través de su cuenta de Twitter: “A Lucía Pérez la mató la violencia machista. La condena a Matías Farías por considerarlo autor del femicidio es una conquista de su familia y del feminismo en busca de justicia reparadora”.
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También se hizo eco la titular de la Cámara de Diputados, Cecilia Moreau, quien escribió en la misma red social: “¡FUE FEMICIDIO! Tras años de dolor e injusticias, condenaron a prisión perpetua a Matías Farías por violación seguida de muerte y a 15 años a Juan Pablo Offidani por ser partícipe necesario del femicidio de #LuciaPerez. Un fuerte abrazo a Marta y a todos sus seres queridos”.
Para la diputada nacional del Frente de Todos Mónica Macha, la sentencia “es una victoria del movimiento feminista y un acto de justicia reparadora para su familia”. “El machismo mata”, cerró su mensaje. Otra legisladora del oficialismo, Natalia Souto, fue una de las primeras en expresarse. “Finalmente, llegó la justicia para Lucía y su familia, que peleó durante tantos años contra el poder judicial patriarcal”, dijo.
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Por su parte, la diputada nacional del Frente de Izquierda, Romina Del Plá, destacó a la resolución como “un paso adelante en la lucha de las mujeres contra los femicidios y la impunidad de un narcoestado”. Mientras que diputada provincial de Santa Fe Lucila Di Ponti valoró que haya “un poquito de justicia para su familia que tanto luchó para revertir la vergüenza del fallo en el primer juicio. Que sea justicia por todas!!”.
El caso
La muerte de Lucía ocurrió después del mediodía del sábado 8 de octubre de 2016 durante un encuentro con Farías en la pequeña casa que este dealer marginal alquilaba en el barrio Alfar.
Según se pudo comprobar, durante esa mañana, Pérez tomó cocaína y fue abusada por el principal acusado. Murió allí mismo, en la cama, aunque luego los imputados la llevaron hasta una sala de atención primaria del barrio, donde un médico constató su fallecimiento.
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Los jueces adhirieron a la hipótesis planteada por la parte acusadora, el fiscal Leandro Arévalo, y las abogadas que representan a la familia de Lucía, Verónica Heredia y Florencia Piermarini, que sostuvieron durante todo el debate oral, desarrollado durante febrero pasado, que la chica fue víctima de un abuso.
A diferencia del tribunal anterior y de lo que planteó la defensa de los imputados (que probablemente presente sus respectivas apelaciones) es evidente que estos magistrados decidieron darle un enfoque al caso desde la perspectiva de género que reclamó la familia de Lucía, las partes acusadoras y un amplio sector del colectivo feminista, y personalidades importantes de los gobiernos nacional y provincial, incluido el propio presidente de la Nación, Alberto Fernández.
Por eso, ambas partes habían solicitado que Farías sea castigado con una pena de reclusión perpetua por el delito de “abuso sexual con acceso carnal agravado por resultar la muerte de la persona ofendida, por el suministro de estupefacientes y en el marco de un contexto de violencia de género, en concurso ideal con femicidio”.
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