En el primero de los alegatos de la acusación durante el segundo juicio que se lleva a cabo en Mar del Plata por la muerte de Lucía Pérez, de 16 años, ocurrida el 8 de octubre de 2016, el fiscal Leandro Arévalo pidió al Tribunal Oral N°2 de Mar del Plata que se castigue con pena de prisión perpetua al principal acusado por el crimen, Matías Farías (29), a quien consideró autor del delito de “abuso sexual con acceso carnal agravado por la muerte, por el suministro de estupefacientes y en el contexto de violencia de género en concurso con femicidio”.
Durante una exposición que superó las dos horas, Arévalo detalló el rol de Farías -que al momento de los hechos tenía 23 años- para abusar sexualmente de Lucía Pérez desde un día antes del desenlace fatal, cuando le vendió drogas en la puerta de su escuela, y remarcó la participación secundaria de Juan Pablo Offidani (47) para concretar el delito, por lo que pidió para este acusado la pena de 20 años de prisión, ya que lo considera partícipe secundario del crimen.
Este es el segundo juicio contra Farías y Offidani luego de que el Tribunal Oral N°1 de Mar del Plata los absolviera en 2018 y la Cámara de Casación anulara ese fallo por considerarlo carente de imparcialidad al punto de que se abrió un juicio político contra los tres jueces.
Los acusados están detenidos desde aquel momento por el delito de venta de drogas agravado por ser en la puerta de un colegio, lo que les valió la pena de ocho años de prisión. Ambos delincuentes siguieron por videoconferencia el segundo debate oral desde sus respectivas unidades penales y nunca asistieron a los Tribunales de Mar del Plata.
Arévalo reclamó desde los primeros minutos de su alegato que no existan prejuicios de género en el Tribunal, integrado por Gustavo Fissore, Roberto Falcone y Alexis Simaz, a la hora de dictar sentencia, cuya fecha no ha sido comunicada. Sólo se sabe que el juicio continuará el martes 28 de febrero con los alegatos de las defensas.
“Cuando se habla de estudiar el caso con perspectiva de género es un dato que viene dado desde una visión que en el común de la gente tiene un punto de vista distinto. La mirada de género exige percibir la intención de los distintos géneros con sus fuerzas y debilidades y en el marco de ese concepto y analizando en perspectiva cómo se encuentran uno y otro en interacción dictaminar al respecto”, dijo el fiscal y remarcó el concepto con una pregunta retórica: “¿Cómo vamos a hablar que son iguales una persona que tiene 16 años con una de 23?”
Arévalo intentó poner blanco sobre negro en la disparidad que existía entre Farías, un joven que se dedicaba al narcomenudeo en la zona sur de Mar del Plata, y Pérez Montero, una chica que cursaba la escuela secundaria, al momento de encontrarse ese sábado 8 de octubre.
Se habían conocido un día antes por intermedio de una amiga de ella. Lucía buscaba alguien que le vendiera drogas. Farías, según el fiscal, buscó en todo momento ejercer su poder sobre la chica para abusar sexualmente en una relación sobre la cual, a criterio de la acusador, no hubo consentimiento (el Código Penal acepta el consentimiento a partir de los 16 años).
“Lucía era consumidora y en ese contexto claramente no está en igualdad de condiciones con aquel que se dedica a vender estupefacientes y que fue condenado por eso. Tampoco están equiparados si nos ponemos a pensar que en el encuentro, en esas cuatro horas que duró la llegada de Lucía al lugar, llega teniendo una deuda dineraria con Farías. Él era acreedor, uno bastante particular. Él había fiado, lo que no es una práctica habitual que hace el vendedor de drogas”, argumentó Arévalo.
El fiscal explicó que Pérez Montero y Farías cruzaron 75 mensajes de whatsapp entre las 00 y las 10 del 8 de octubre. “Una insistencia permanente de Farías por querer estar con ella. Deja su intención y la busca y las respuestas son evasivas. El objetivo estaba claro”, dijo Arévalo y remarcó que la adolescente tenía una deuda con el transa barrial de 200 pesos.
“A las 8.27 am Lucía le propone pagarle, él la invita a la casa y ella le pone que está bien, ese fue todo el aporte, el ‘consentimiento’. Hasta acá Lucía iba a pagar y Farías tenía otro plan pergeñado”, insistió el representante del Ministerio Público Fiscal, quien concluye: “El chat culmina a las 10.18 y no se sabe más nada, no chateó más. Esto es demostrativo. Porque desapareció del universo donde viven los adolescentes, que es el teléfono”.
Para Arévalo, hubo indicios que confirman la finalidad de Farías. “La idea de tener sexo emerge de un chat con audio de las 18.26 del 7 de octubre. Él le dice ‘yo quería estar con vos’. A una nena de 16 años. Era el comportamiento habitual de Farías”.
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Sobre sus ventas en las escuelas, el fiscal consideró que los imputados “no iban a buscar clientes”, sino que “iban a buscar nenas”, con las cuales trataban de “tener sexo por la vía que fuera posible”.
Según el fiscal el abuso fue brusco y violento y hay lesiones constatadas y Farías le suministró “cantidades indeterminadas de cocaína para quebrantar su voluntad”. Y explicó que se constató que la sustancia hallada en poder del imputado era del 92% de pureza.
“Las relaciones no fueron consentidas, para dar pauta de falta de consentimiento, no encontramos en la vida de Lucía indicador que tuvo interés en Farías como novio, amante o pareja”, detalló y remarcó: “Hubo de todo menos consentimiento”.
El fiscal destacó que “no necesariamente tiene que haber signos de abuso o violencia para que haya habido abuso” y explicó que la víctima no estaba en condiciones de decir que no quería, en un contexto de intenso consumo de cocaína. “Esa es la condición que les pido que tengan cuando les reclamo que haya perspectiva de género”, insistió el Arévalo.
“Farías siempre fue a por más: quiso disfrazar como disminución del riesgo haberle querido salvar la vida y quedarse apostado ante la presencia del personal policial”, explicó sobre uno de los argumentos esenciales de la defensa, que es la supuesta colaboración de Farías cuando llevó a la adolescente, desvanecida, a la Unidad Sanitaria de Playa Serena y luego acompañó a la Policía a su propia casa a buscar las pertenencias de la víctima.
El rol de Juan Pablo Offidani
El fiscal Arévalo considera que Offidani es partícipe secundario del delito que se le imputa a Farías. Esto quiere decir que su colaboración para cometer el crimen fue importante pero no trascendental para lograr la muerte de la víctima. Por eso pidió 20 años de prisión como castigo.
“El aporte de Offidani no era desinteresado. Sabía lo que iba a hacer, y tengo para mi que él esperaba sumarse, como voyeurista, como aplaudidor, Farías era el ‘semental’ y él lo vanagloriaba”, argumentó el fiscal.
Para Arévalo Offidani sabía perfectamente que Farías vendía cocaína, que se la había vendido a Lucía porque “fue en el interior de su camioneta, en sus narices” y porque a las 22.31 del 7 de octubre, le escribió a su amigo “¿y la vista a Lucía?”.
“¿Qué más conocía Offidani? Que Lucía había llegado o que estaba en malas condiciones. Él lo dijo. La vio que estaba cansada, sabía que Farías quería tener relaciones con ella, sabía que le iba a ofrecer tomar estupefacientes. Fue una colaboración”, destacó el fiscal.
El alegato de las abogadas de la familia de Lucía
Florencia Piermarini y Verónica Heredia, las abogadas que representan a Guillermo Pérez y Marta Montero, papá y mamá de Lucía, también pidieron reclusión perpetua para Matías Gabriel Farías.
Luego de media hora de cuarto intermedio, acompañadas por la familia Pérez Montero, las abogadas se turnaron para argumentar su posición acusatoria. “Más allá de toda duda razonable hemos probado que Lucía no pudo consentir ninguna relación sexual. Lucía tenía 16 años y Matías era un transa de 23 años. Fue Farías quien le dio la cocaína. Está comprobado que Lucía quería pagar la deuda que tenía con él”, comentó Piermarini, que se dedicó a exponer sobre el rol del principal acusado, mientras su compañera de trabajo lo enfocó su alegato en la participación de Offidani, quien, a diferencia de lo que consideró el fiscal, para ellas tuvo una participación primaria, es decir, que su aporte fue fundamental para concretar el abuso y la muerte de Lucía.
“¿De qué consentimiento estamos hablando? ¿Del de una niña, de una mujer de 16 años drogada por un dealer? ¿Del consentimiento drogada, violada, en forma brusca intensa mientras se estaba muriendo? No se puede concluir lo que Lucía Pérez no dijo expresamente. Sin consentimiento la actividad sexual es una agresión sexual, cualquiera sea el modo. Drogada y en un proceso de muerte, no hay consentimiento”, remarcó Piermarini.
Es que la defensa de los imputados sostendrá en su alegato, tal como lo hizo en el juicio anterior y en la rueda de testigos de este debate, que hubo consentimiento para tener relaciones, a partir de los chats entre Lucía y Farías y la supuesta colaboración que el imputado tuvo a partir de que la adolescente se desvaneció.
“Lucía no tenía plan de tener sexo con Farías. Estamos ante un caso de violencia sexual por suministro de cocaína. El suministro que le dio Farías fue lo que provocó un estado de indefensión, hubo planificación y decisión consciente. El primer día mediante la venta de estupefacientes, fue insistente con que fuera a su casa y ante la evasiva de Lucía se molestó. El sábado después de pasarla a buscar la llevó a su casa y le dio cocaína y la sometió de forma brusca”, describió la abogada.
Luego, remató: “Nos resulta repudiable pensar que las lesiones constatadas en la zona vaginal y anal hayan sido su responsabilidad. Es un razonamiento ilegal y anticonstitucional. Más respudiable que se insinue que la muerte haya sido su responsabilidad”.
Sobre la “colaboración” de Farías, Piermarini aportó estadísticas oficiales. “Su conducta lo ubica en la conducta esperable por parte de un varón violento. Afirmar que la conducta posterior lo desincrimina contrasta con los números de la Procuración de la Suprema Corte bonaerense de 2021: casi el 25% de los femicidas ocultó su autoría porque tergiversó los hechos o modificó la escena del femicidio o bien porque pidió ayuda, asistió a la víctima o se contactó con el servicio de emergencia”.
Heredia, en tanto, alegó sobre la participación de Offidani. “Estuvo todo el tiempo mientras Farías drogaba y violaba a Lucía. Puso el elemento indispensable para trasladar a Lucía, que es el vehículo, luego estuvo pendiente, de campana, y realizó este plan como colaborador primario, yendo a la casa de Farías, permaneció ahí 40 minutos hasta trasladar a Lucía a la salita y la dejó tirada en la puerta”, enumeró la abogada.
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Y concluyó: “Estamos discutiendo si Lucía, al ser una jovencita de 16 años que quiere ejercer libremente su sexualidad y probar drogas, merece morir. No estamos pidiendo nada raro, estamos pidiendo que reconozcan esta desigualdad estructural entre el varón y la mujer, que se condena a Farías en calidad de autor y a Offidani como partícipe necesario en relación con el abuso sexual y la muerte agravada”.
Críticas del fiscal a su colega en la instrucción
Al principio de su alegato el fiscal Arévalo hizo un pedido de disculpas al considerar que estaban realizando un segundo juicio de un caso que ocurrió hace casi siete años como consecuencia, entre otras razones, del mal desempeño de la fiscal de instrucción, María Isabel Sánchez, aquella que pocas horas después de la muerte de Lucía divulgó la noticia falsa de que la adolescente había sido empalada.
“Se impone hacer un pedido de disculpas desde el Ministerio Público Fiscal (MPF) por los errores que tuvimos que lidiar y solucionar en el juicio y derivaron en un perjuicio para el conocimiento del hecho”, dijo el fiscal y siguió: “El MPF tuvo sus falencias y estas falencias derivaron en un perjuicio para las pretensiones de la familia de la víctima: hoy en 2023 estamos con un hecho que ocurrió en 2016″.
Arévalo detalló “falencias estructurales y significativas” en muchas instancias. Criticó que Sánchez no estuvo ni directa ni indirectamente en la escena del crimen ni cerca de los imputados y que tampoco asistió a la unidad sanitaria donde se constató la muerte de la chica. “Esa falta de presencia derivó en pérdida de elementos en prueba”, remarcó.
“Hay un acta inicial, pero no se labró acta para obtener las pertenencias de Lucía, ni de la presencia de Farías, y se le permitió al imputado regresar a su casa, solo le dijeron que ‘no toque nada’. Farías duerme y pasa la noche en su domicilio sin recaudo tendiente a evitar la pérdida de prueba”, destacó y también criticó que no se hayan hecho test toxicológicos a Farías y Offidani apenas constatada la muerte de Lucía.
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