Será el próximo miércoles cuando se conocerá la sentencia contra Rodrigo Canstatt (26) y Sergio Montenegro (34), los dos policías de la Bonaerense hallados culpables por un jurado popular de asesinar al músico Diego Cagliero durante una persecución en mayo de 2019 en Martín Coronado, partido de Tres de Febrero. Por lo pronto, este jueves la fiscalía pidió que ambos imputados sean condenados a la pena de 6 años y 8 meses de prisión.
Fuentes judiciales aseguraron a la agencia de noticias Télam que el pedido de la fiscal María Fernanda Billone, fue acompañado por el abogado del particular damnificado, Fernando Sicilia, y los representantes del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), quienes solicitaron la misma pena para los acusados.
El veredicto del jurado contra los policías se había conocido a última hora del miércoles 15 de febrero en el Tribunal N°1 de San Martín, tras una deliberación de cuatro horas y nueve audiencias de un debate que tuvo momentos muy intensos. Fue una votación 10 a 12 y resolvieron endilgarles delitos más leves que los que habían pedido los acusadores.
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Así, Canstatt fue declarado culpable por el delito de “homicidio culposo” por negligencia, imprudencia e impericia, contrario a lo que pedía la acusación y el CELS, querellante de Emmanuel Albelo y Alfonso Roldán, dos de los jóvenes que viajaban en la Fiat Ducato junto a Cagliero: homicidio agravado con una pena de prisión perpetua.
Canstatt ya lleva cumplidos 3 años y nueve meses de prisión y no posee antecedentes penales. Respecto a Montenegro, que era acusado por una tentativa de homicidio agravado por ser funcionario policial, el jurado popular consideró que es culpable del delito de tentativa de homicidio, pero por exceso del cumplimiento del deber. En cuanto a la pena, es similar al homicidio culposo, pero en grado de tentativa, lo cual se reduce según la escala penal.
Durante los alegatos finales, en tanto, las defensas de los responsables de la muerte del músico habían considerado que fue un caso de “legítima defensa” y, subsidiariamente, solicitaron que los jurados se decidan por un “exceso en legítima defensa” o un “homicidio culposo”.
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También plantearon que el hecho fuera encuadrado como un “error de prohibición invencible”, es decir, que ambos sabían lo que hacían, pero creyeron erróneamente que estaría permitido, por lo que quedarían excluidos de culpabilidad.
El caso
Todo se remonta al domingo 19 de mayo de 2019 en la localidad de Martín Coronado, en el partido bonaerense de Tres de Febrero. Era pasado el mediodía y Cagliero, acompañado de sus amigos —Ángel, Damián, Rodrigo, Jonathan, Emmanuel, Mauro y Alfonso— volvían juntos del velatorio de un amigo en común. Para hacer más ameno ese duro momento decidieron hacer un asado: juntaron dinero y se dirigieron a un supermercado de la zona. Una vez en el comercio, algunos de ellos tomaron productos indebidamente, los escondieron entre sus ropas y se fueron sin pagar.
Al ser descubiertos por los empleados del local el grupo de amigos devolvió varias cosas, pero uno de ellos alcanzó a llevarse algunos productos. Esto provocó la indignación de los trabajadores, que salieron a buscar a la Policía para recuperar la mercadería. En el camino se cruzaron con un patrullero y denunciaron lo ocurrido, dándoles como seña que el grupo se movía en una camioneta tipo furgón, una Fiat Ducato. A partir de ese momento, comenzaría una persecución que terminó con el peor desenlace.
De acuerdo con el seguimiento de las audiencias del juicio realizado por el CELS, los efectivos de la Policía Bonaerense que viajaban en el patrullero dieron aviso por radio para solicitar apoyo de otras unidades. El despliegue policial finalizó en la esquina de la avenida Márquez y Campo de Mayo, de Martín Coronado, a una cuadra y media de la Comisaría 5° de Eufrasio Álvarez, donde seis patrulleros encerraron a la camioneta mientras esperaba que el semáforo cambiara a verde.
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Asustado e incrédulo por lo que ocurría, Ángel, uno de los amigos de Diego Cagliero que conducía la Fiat Ducato, atinó a dar un volantazo y avanzó unos pocos metros pero a muy baja velocidad. La respuesta de los efectivos fue una balacera que no le dejó otra opción al conductor que detener la marcha.
Dos de los disparos impactaron en Mauro Tedesco, que ya gritaba de dolor, y Cagliero, quien ya estaba convulsionando. En ese momento, los ocupantes del vehículo comprendieron que los golpes que escucharon sobre los laterales de la camioneta eran disparos de arma de fuego.
Los policías aseguraron que escucharon tiros y los repelieron con disparos, uno de los cuales le dio en el pecho a Cagliero.
Sin embargo, en el juicio los peritos de Gendarmería Nacional Argentina (GNA) no hallaron pruebas de que hubo disparos hacia los efectivos desde el interior del vehículo en la que viajaba la víctima.
El perito oficial, Mauro Gómez Foresta, explicó que las marcas características impresas en el plomo que mató a Diego “pertenecen a una de las pistolas peritadas”, y el juez Machado leyó que el 19 de mayo de 2019 pertenecía “al oficial Rodrigo Canstatt”, informó el CELS en un comunicado.
La testigo Balbina de Jesús Cristaldo, alférez de la GNA, licenciada en criminalística en la División Balística del Laboratorio de Criminalística de esa fuerza, confirmó lo dicho por su colega y determinó que el oficial Montenegro hirió a Tedesco con un disparo en la zona púbica.
Gómez Foresta, perito oficial en el Instituto de Ciencias Forenses de Lomas de Zamora, especialista en balística, analizó también las armas “plantadas” por la policía y confirmó que el revólver calibre .32 tenía sus cartuchos intactos y que el arma réplica de aire comprimido, por su funcionamiento, no puede dejar residuos de disparo bajo ninguna circunstancia.
También confirmó que toda la evidencia balística analizada corresponde al calibre 9 milímetros, compatible con las armas policiales.
*Con información de Télam
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