La clave del veredicto del caso Báez Sosa será la calificación elegida por los jueces: a qué se enfrentan los rugbiers

Cuáles son las posibilidades y cuánto tiempo podrían pasar en prisión los imputados en caso de ser condenados. ¿Qué dice la ley? Lo explican dos especialistas

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Desde la izquierda: Ciro Pertossi, Matías Benicelli, Blas Cinalli, Lucas Pertossi, Ayrton Viollaz, Máximo Thomsen, Enzo Comelli y Luciano Pertossi (Foto/Télam)
Desde la izquierda: Ciro Pertossi, Matías Benicelli, Blas Cinalli, Lucas Pertossi, Ayrton Viollaz, Máximo Thomsen, Enzo Comelli y Luciano Pertossi (Foto/Télam)

Después de 1.113 días detenidos, finalmente este lunes 6 de febrero, los ocho acusados por el crimen de Fernando Báez Sosa se sentarán frente al Tribunal Oral en lo Criminal N°1 de Dolores para escuchar el veredicto. A partir de las 13 comenzará la audiencia de clausura del debate oral en la que los jueces María Claudia Castro, Christian Rabaia y Emiliano Lázzari resolverán si Máximo Thomsen, Enzo Comelli, Matías Benicelli, Ayrton Viollaz, Blas Cinalli, Luciano, Lucas y Ciro Pertossi son “culpables” o “no culpables” del delito de “homicidio doblemente agravado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas”.

En la primera de las dos jornadas de los alegatos, el Ministerio Público Fiscal y los abogados de la familia de la víctima pidieron que se los condene a los ocho como coautores del crimen. “Todos hicieron todo. Todos se pusieron de acuerdo para matar a Fernando. Todos lo golpearon. Todos se turnaban”, coincidieron. Y solicitaron la pena que prevé prisión perpetua.

La defensa, en tanto, pidió la absolución, aunque planteó que, en caso de no ser concedida, se tenga en cuenta el homicidio simple con dolo eventual, el homicidio preterintencional o el homicidio en riña.

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Entonces, ¿a qué se enfrentan los rugbiers? ¿Cuáles son los posibles escenarios y cuánto tiempo podrían pasar en prisión de ser condenados?

Los integrantes del TOC N°1: Emiliano Javier Lázzari, María Claudia Castro (Presidenta) y Christian Ariel Rabaia (Crédito: Télam)
Los integrantes del TOC N°1: Emiliano Javier Lázzari, María Claudia Castro (Presidenta) y Christian Ariel Rabaia (Crédito: Télam)

1° Homicidio agravado

Días atrás, en una trasmisión en vivo que hizo desde su cuenta de Instagram, el abogado Fernando Burlando —a cargo de la representación de los Báez Sosa— explicó, ante las reiteradas preguntas de distintos usuarios, a cuántos años de cárcel equivalía la pena de prisión perpetua solicitada para los rugbiers. “Perpetua es prisión para toda la vida”, dijo.

Ahora bien, ¿qué dice el Código Penal (Ley 11.179)? En Argentina, la perpetua tiene 35 años de condena. Al cumplir dos tercios de ese período, de acuerdo con el artículo 13, el condenado puede solicitar la libertad condicional “previo a un informe de la dirección del establecimiento e informe de peritos que pronostique en forma individualizada y favorable su reinserción social”. Sin embargo, tras una reforma efectuada en 2017, el Código Penal también establece, en su artículo 14, que hay algunos delitos, entre ellos el “homicidio agravado” (el que se les imputa a los rugbiers) que no habilitan dicha posibilidad.

Sin embargo, un tribunal posterior podría considerar inconstitucional ese artículo.

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En comunicación con Infobae, el abogado Miguel Ángel Pierri sostuvo que si se trata de una sentencia “justa”, “no tendrían que darle perpetua a los ocho”. Además, hizo referencia a condenas “diferenciales”.

“El Ministerio Público Fiscal no pudo acreditar el dolo o la intención de matar. Tampoco la premeditación del crimen. En ese sentido, el tribunal tendría que pensar que de los ocho acusados, por lo menos tres, deben ser observados de otra manera”, explicó Pierri en referencia a Ayrton Viollaz, Lucas y Luciano Pertossi quienes, en la calificación original de la causa, no estaban marcados como golpeadores de Fernando sino de sus amigos. “Responderán por el delito de lesiones”, apuntó.

En sus alegatos, Fernando Burlando marcó uno por uno a los imputados en los videos de la pelea
En sus alegatos, Fernando Burlando marcó uno por uno a los imputados en los videos de la pelea

2° Homicidio simple con dolo eventual

Es otra de las posibles calificaciones que podría caer sobre los acusados. “Esta caracterización quiere decir que los imputados debieron haberse representado que, con su accionar, podían darle muerte a Fernando Báez Sosa, y que, sin embargo, continuaron”, detalló el abogado Mauricio D´Alessandro ante Infobae.

Sobre el dolo, en sus alegatos, el fiscal Gustavo García destacó la condición de “deportistas” de varios de los imputados e hizo hincapié en Máximo Thomsen. “Un deportista tiene un poder al patear. Si pega una patada en la cabeza, o varias, hay una intención de matar: tiene que saberlo. Y si continúa haciéndolo, no hay duda de que la intención fue de matar. La patada produce lesiones internas que son irreversibles”.

Esa figura penal contempla una pena de 8 a 25 años de prisión. Sin embargo, en este caso, D’Alessandro sostuvo que “de considerarse acreditado alguno de los agravantes, como por ejemplo la alevosía (el golpe a traición por la espalda), la condena sería a prisión perpetua”.

Video: la golpiza inicial a Fernando Báez Sosa

3° Homicidio preterintencional

Si se confirma que hubo un homicidio preterintencional, los ocho imputados podrían recibir penas de entre 3 y 6 años. “Esto quiere decir que los agresores actuaron con la intención de causar un daño en el cuerpo o en la salud y, en cambio, se produjo la muerte; pero los medios usados para ello no debían llevar a ese resultado”, apuntó D’Alessandro.

En ese punto, el letrado trajo a colación el testimonio de Ciro Pertossi, que negó haber pateado a Fernando. “Esa patada no la hice, cuando me doy cuenta de que el chico estaba en el piso la frenamos”, dijo el acusado ante el TOC N°1. Según D’Alessandro, “esa frase de Pertossi terminó de condenar a Máximo Thomsen”.

4° Homicidio en riña

Esta calificación, según el Código Penal vigente, tiene una pena de 6 años como máximo y 2 de mínimo. Los rugbiers llevan cumplidos tres años en prisión preventiva. En ese sentido: una pena intermedia significaría la excarcelación inmediata.

En efecto, el artículo 95 de la normativa vigente dice: “Cuando en riña o agresión en que tomaren parte más de dos personas, resultare muerte o lesiones de las determinadas en los artículos 90 y 91, sin que constare quiénes las causaron, se tendrá por autores a todos los que ejercieron violencia sobre la persona del ofendido y se aplicará reclusión o prisión de dos a seis años en caso de muerte y de uno a cuatro en caso de lesión”.

“La clave para un homicidio en riña es que no se pueda determinar quien dio el golpe mortal en una agresión de muchas personas”, explicó D’Alessandro a Infobae. Sin embargo, durante el juicio quedó acreditado por distintos testimonios y por las pruebas de ADN de sus zapatillas que Máximo Thomsen pateó en la cabeza a Fernando. Según la autopsia, murió por un paro cardiorrespiratorio tras un shock neurogénico. Es decir, una lesión importante en el cerebro.

Por lo pronto, la última palabra la tendrán los integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal N°1 de Dolores: el veredicto se conocerá el próximo 6 de febrero a las 13.

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