La Justicia dictó en las últimas horas el sobreseimiento del jugador de básquet Theo Metzger, quien había sido acusado por el delito de abuso sexual. Así lo resolvió la Sala 7 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional tras no encontrar pruebas que sustenten la denuncia realizada por una mujer de 20 años.
Metzger y la denunciante se conocieron hace poco más de dos años. Una noche de diciembre de 2020, se encontraron en el departamento que ocupaba él, en el barrio porteño de Caballito, y mantuvieron relaciones consentidas, tal cual aseguró el basquetbolista. Incluso, dijo que ella fue quien le preguntó si tenía preservativos antes del acto sexual. “No hicimos nada que no acordáramos y que quisiéramos hacer los dos”, sostuvo. Ambos se despidieron con normalidad a la mañana siguiente y continuaron charlando durante varios días hasta que ella lo bloqueó en WhatsApp e Instagram.
Luego llegó la denuncia que enfrentó a Metzger y su familia a un proceso judicial de dos años. En todo este tiempo la causa tuvo varias idas y vueltas hasta llegar al sobreseimiento. Dos jueces dictaron la falta de mérito por no encontrar las pruebas suficientes para culpar al acusado y devolvieron el expediente a la fiscalía, que insistió ante la Cámara del Crimen. Los vaivenes del expediente derivaron en el procesamiento del jugador en abril pasado. No obstante, esa resolución se revocó un mes más tarde. Finalmente, los jueces Mariano Scotto y Juan Esteban Cicciaro sobreseyeron al basquetbolista.
“Las constancias ponderadas no acreditan la ausencia del consentimiento de la denunciante en el encuentro aludido y consecuentemente la invasión a su esfera de reserva sexual, no se ha superado el cuadro probatorio que analizó esta Cámara en la resolución anterior, y agotada como se encuentra la pesquisa, corresponde revocar la resolución apelada y sobreseer a Theo Metzger, de conformidad con lo establecido por el artículo 336, inciso 2°, del Código Procesal Penal de la Nación”, se lee en el fallo.
Los jueces consideraron los testimonios y mensajes, entre otras cosas, que avalaron el relato de Metzger. Una de las pruebas más contundentes fue la evaluación de la psicóloga del Cuerpo Médico Forense que entrevistó a la denunciante y que al respecto concluyó que “se advirtieron algunas inconsistencias puntuales” en el relato de la misma.
“Asimismo, en torno a la ausencia ‘de sintomatología compatible con estrés postraumático y/o indicadores compatibles con victimización sexual’, la experta puntualizó que al momento en que la evaluó ‘no había ningún cuadro psicopatológico, yo no pude objetivar ningún cuadro de estrés postraumático, signos de victimización sexual, inhibición social, nada de esto se pudo evaluar porque no estaba presente’”, se agrega en el fallo.
Por otra parte, respecto de Metzger se dictaminó que “no se advierte ‘sintomatología compatible con un cuadro de desestructuración psicótica que implique la alteración o pérdida del criterio de realidad’ ni ‘indicadores vinculados con la tendencia a descargar la responsabilidad de los hechos por completo en el otro’”.
Tampoco se evidenciaron “‘alteraciones patológicas en los modos de vincularse con los otros’ ni elementos ‘que dieran cuenta de tendencias a querer imponer su propia subjetividad por encima de la del entrevistador’, determinando la ausencia de ‘correlación lineal y causal entre la presencia de trastornos en la esfera psicosexual y la presencia de conductas desajustadas factibles de ser punibles’”.
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