Este viernes, cuando se cumplieron dos décadas de la autopsia donde se descubrió que a María Marta García Belsunce la habían matado de cinco tiros en la cabeza, Nicolás Pachelo fue absuelvo por mayoría por el crimen ocurrido en el country Carmel el 27 de octubre de 2002, en un fallo que había trascendido días atrás, y el homicidio quedó impune. Pero, ¿cuáles fueron las razones para ese veredicto?
Para los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal N°4 de San Isidro Esteban Andrejin y Osvaldo Rossi existió una “alta duda” sobre su responsabilidad en el asesinato de la socióloga, e incluso solapadamente con giros hacia la familia de la víctima, que ya zanjó sus temas en la justicia. Sin embargo, para el presidente del TOC Federico Ecke había sobradas razones para condenar al ex vecino, y cerró su voto en disidencia con una sugestiva cita de William Shakespeare de la obra Hamlet, que a lo largo de la historia en el terreno político se usa para hablar de corrupción: “Pareciera que la pregunta ¿quién la mató?, a mi pesar, mantendrá su suspenso. Como anillo al dedo viene la expresión, ‘algo huele mal en Dinamarca’”.
Lo cierto es que fue el juez Andrejin quien encabezó el fallo, con las pautas de por qué a su entender Pachelo no debía ser condenado por el crimen. “Las pruebas de cargo reunidas no permiten sostener un grado de certeza suficiente para definir la situación del justiciable por sentido de la condena”, escribió y agregó: “Persiste un cuadro de alta duda que, indiscutiblemente, desvanece el estado de certidumbre necesario para considerarlo culpable del acometimiento letal, a la par de siquiera haberse desechado otra hipótesis alternativa del hecho”.
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Antes de llegar a esa conclusión, que tuvo la adhesión de Rossi, aunque con más críticas a la Fiscalía, comenzó analizando los pilares de la acusación. El primer punto fueron los tres testigos, adolescentes por entonces, hoy de 34 años; que pusieron al acusado a metros de la víctima en dirección a la casa de los García Belsunce-Carrascosa minutos antes del asesinato: Pedro Miguel Aspiroz, Santiago Asorey y Marco Cristiani.
Sobre ellos destacó que “guardan relación personal o pertenencia al grupo de amistad que los vinculaba con los sobrinos del matrimonio Carrascosa-García Belsunce y con el ahijado de esta pareja, los Bártoli y los Taylor”. Y, en particular, sobre Aspiroz, dijo que su testimonio “carece de confianza en su credibilidad”. Durante el juicio, en cambio, bajo juramento de decir verdad, no dudó: “Primero dobló Pachelo y luego María Marta, y no fui por ahí, pese a que era más corto para ir a mi casa, porque le tenía miedo. No me lo quería cruzar. Estaban en la misma cuadra él y la señora García Belsunce. Hice el camino más largo para no cruzarme con el señor. Uno a esa edad no tiene tanto para defenderse, y era bastante miedoso”, declaró.
En la teoría de la fiscalía, el móvil de Pachelo fue el odio a María Marta, ya que ella quería echarlo porque le robó el perro Tom, y también el robo de una caja metálica con valores de la fundación Las Damas del Pilar. El juez Andrejin entendió que “ninguna de estas dos hipótesis, consideradas de manera alternativas o conjuntas, resultaron por sí mismas concluyentes, conforme a la prueba reunida, y mucho menos para edificar un indicador de culpabilidad contra el acusado”. Y explicó sobre la desaparición del cofre: “Subsiste la chance de un destino incierto respecto de la caja metálica y su contenido, que no resulte atribuible a su efectivo apoderamiento por el agresor letal de la víctima”. Mientras que en relación a la desaparición del perro, dijo que hubo “evidencia tan contrapuesta e inconsistente, afincada en rumores”.
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Nunca apareció el cofre, tampoco la bicicleta de María Marta, la que usó el día en que la mataron. “Ningún testimonio en este juicio arrimó recuerdo de Pachelo pedaleando o llevando en caminata a la par una bicicleta... Si se tratara de establecer un conducto de escape por detrás de las casas, debe reseñarse que el personal empleado por Cazadores y los residentes en Carmel fueron contestes en poner de relieve la imposibilidad de unir lotes por los sectores traseros”.
Un sostén de la acusación fue que “Pachelo robaba a sus vecinos, amigos y conocidos, en terreno que no le era ajeno” y que en ese contexto un ataque en la casa de los Carrascosa era plausible. En este punto, según el fallo, “no se evidenció igualdad, similitud o identificación total ni parcial entre la modalidad comisiva de unos -delitos contra la propiedad certeramente atribuibles a Pachelo- y el homicidio en juzgamiento”. Aunque se destacó que sí “se verificó un denominador común en los hechos de hurtos o robos que damnificaron a personas del círculo de amistades frecuentadas por Pachelo y su pareja”. Por caso, lo condenaron a 9 años y medio de prisión por seis hechos ocurrido entre la Semana Santa de 2017 y la de 2018, por los que está preso: podría tener una libertad condicional, aproximadamente, dentro de 2 años y 8 meses.
Otro punto que descartó el fallo fue la teoría de la fiscalía de la similitud entre el ataque a María Marta y el que sufrió la madre del mejor amigo de Pachelo, Marta María, a quien un delincuente sorprendió en su casa, la encañonó y la encerró en el baño. El ex vecino fue condenado como partícipe necesario, siempre negó haber sido el perpetrador: al hijo de la víctima le confesó que mandó a otro. Así, en el fallo se lee: “Tampoco es que el episodio... contiene similitudes propias reconocibles en sintonía con el caso García Belsunce”.
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Para el juez Andrejin, “no se determinó, pues, dimensión similar entre la calidad de actividades delictuales verificadas en cabeza de Pachelo, con la hipótesis de una ejecución de robo con desenlace mortal que mantuviera a Pachelo”. Según el fallo, “el atacante ni bien accedió al domicilio fue en búsqueda de quien se encontraba en el baño -no se reportó desorden o rastros relevantes en el resto de la casa-, lugar que coincidió con los disparos, entonces, caracterizable el agente activo como nada paciente si ante las exigencias a la víctima de develar la localización de dinero o valores de importancia, recibió un no como respuesta, de inmediato, descerrajó seis tiros”.
También se criticó la teoría de la familia sobre el accidente doméstico que hubiera sufrido María Marta y que recién con la autopsia hecha 36 días después se resquebrajó ante la evidencia de un crimen. Así, reza en el fallo: “Lo peculiar del caso, en este sentido, es que en cuanto al depósito del cadáver hasta torso superior dentro de la bañadera, no advierto que derive natural ni necesariamente para sus ulteriores descubridores, en interpretación unívoca o exclusiva de un resbalón y/o golpe fatal contra una viga o contra el intercambiador de la ducha, o contra ambos, sufrido por la infortunada (o como algunos dijeron durante el juicio, torpe) víctima”. Para ello, reseño la inspección ocular en la casa de Carmel donde mataron a la socióloga: “No aportó misma conclusión inmediata”. No se refirió a las modificaciones que se hicieron en estos años en el lugar y que distan de cómo estaba el baño de los Carrascosa en 2002.
Párrafo aparte para una comparación con los juicio previos contra la familia: “La duda ha favorecido a quienes fueron entonces sus acusados... Por cuanto en las conductas de los ya absueltos subyace todavía prueba de una deliberada simulación favorecedora del ocultamiento de la realidad conocida, o al menos su posibilidad -pues, no se alcanzó siquiera certeza negativa que excluya las chances-”. Más referencias a la teoría clausada sobre las responsabilidad de la familia: “Desde el domicilio donde fue hallada muerta... se dispuso el directo descarte de prendas de vestir de personas del entorno de la occisa, con excusa de estar ensangrentadas”. Hubo testigos que dieron cuenta del por qué de ese “descarte” en el juicio.
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Así, para concluir, se desmereció la cámara oculta al empleado de la tosquera de la familia Pachelo que ponía la idea del acusado con un arma en la mano: “No evidenció tales manifestaciones adjudicadas a (Mario) Rivero, al menos, no aquellas de relevancia”. También se dejó asentado que “no es posible arrancar evidencia acerca de un indicador de potencial homicida en Pachelo a partir de las especulaciones sobre la muerte de su padre en el año 1996″.
Y se desestimó connivencia de los vigiladores, con una crítica a cómo trabajaban los guardias de seguridad de Carmel: “No ha surgido... premisa alguna que brinde apreciación positiva de un armado complotista por parte del personal de vigilancia para asegurar a Pachelo accesos a viviendas de vecinos; más bien, una mera falta de contracción al trabajo por mano de obra no calificada, mal paga y carente de incentivos”. Como también se dejaron de lado las escuchas telefónicas “siquiera atrajo sospecha cuantificable alguna”.
La conclusión de la mayoría: “Las pruebas de cargo reunidas no permiten sostener un grado de certeza suficiente para definir la situación del justiciable por sentido de la condena.... persiste un cuadro de alta duda que indiscutiblemente desvanece el estado de certidumbre necesario para considerarlo culpable del acometimiento letal”.
Y, como corolario, lo ponen en el mismo lugar sospechoso que a la familia o a cualquiera que haya estado ese 27 de octubre en el country: “Por mismo imperio del postulado in dubio pro reo (en este juicio, por mandato constitucional, nunca resolverse contra el acusado) el rango horario que se emplaza entre 18:07 y 19:00, deja todavía a Pachelo en pie de igualdad con Carrascosa, Bártoli y tantos otros posibles ingresantes a Carmel sin asentada identificación en guardia, no sólo en la posibilidad de sus presencias fuera de los domicilios en que estaban al finalizar el superclásico, sino en plena cercanía de tiempo y lugar del ataque armado contra María Marta”.
El voto condenatorio
Mientras el voto absolutorio del juez Rossi, que adhirió a Andrejin, le sumó una crítica velada punto por punto al alegato fiscal; el presidente del tribunal, Federico Ecke, se desmarcó de sus colegas con una actitud contrapuesta de principio a fin. Incluso, ensalsó el trabajo de la acusación: “El excelso esquema presentado por la fiscalía, en cabeza del Dr. Ferrari, sin ningún tipo de fragmentaciones, y mucho menos de resquebrajamiento del mismo, en un contexto global, y sopesado en su conjunto, me llevan de la mano a refrendar su postura. Esto es que, sólo, y únicamente, Pachelo Ryan Nicolás Roberto, pudo haber ejecutado, sin miramientos y sin escrúpulos, el ilícito que afectó los bienes jurídicos ‘vida y propiedad’”.
El juez Ecke fue consciene de que los votos del tribunal “no serán los definitivos, ni sellarán la suerte del juicio, ello por existir instancias superiores revisoras, como ha ocurrido en los juicios anteriores, conexos a este”. Y remarcó que “los requisitos de validez, eficacia y existencia de la prueba indiciaria se han acreditado con firmeza”.
Luego de explicar que fue “vencido” por las posturas de sus dos colegas, fue categórico: “La justicia está representada por una mujer con sus ojos vendados, en una mano una balanza y en la otra una espada. La mujer, inspirada en la diosa griega ‘Temis’ que significa orden. Los ojos vendados, con el fin de destacar que la justicia solo mira a las personas, es decir, imparcial. La balanza, igualdad con que la Justicia trata a todos... La espada, simboliza la fuerza inflexible de la letra de la ley, ‘dura lex sed lex’. En ese orden, en un plato de la balanza, se encuentran las diversas declaraciones vertidas por Pachelo (sin obligación de decir verdad), mientras que, en el otro, aquellas vertidas por la cuantiosa cantidad de testigos que ... (se) han mantenido, en lo esencial, incólumes a través de los años, entonces, ¿porqué el peso debería recaer en favor del imputado? Elijo confiar en el peso de la ley, en lo expuesto por aquellas personas que han declarado bajo juramento de decir verdad”.
Para finalizar con una sugestiva frase final: “Pareciera que la pregunta ¿quién la mató?, a mi pesar, mantendrá su suspenso. Como anillo al dedo, viene la expresión, ‘algo huele mal en Dinamarca’ -William Shakespeare, obra Hamlet-”.
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